Super Bowl Be Safe and Free

Tampa Florida Personal Injury Attorney/Lawyer

Avoid a Super Bowl DUI Tampa

Where to go to Increase the Odds of a DUI Arrest 


 Here are the top DUI locations for Tampa.


 

“Next time you visit some of the area’s more popular bars, make sure you arrange a ride home if you plan on partaking in more than one or two alcoholic beverages.’

TBO.com


 

1-MacDinton’s

2- The Kennedy

3- Hyde Park Cafe

4- Seminole Hard Rock Casino

5- Peabody’s

6- The Lodge

7- Blue Martini

8- CDB Pizza

9- The Drynk

10- Gaspar’s Grotto

Source: https://tbo.com/news/crime/where-did-dui-drivers-have-their-last-drink-hillsborough-deputies-know-20141121/


How to avoid a DUI
Link to Interactive Map: https://www.google.com/maps/d/edit?mid=zWwaTmFIBMis.k6pwIUV3dnNM


If you are charged with a DUI, call a lawyer ASAP Call (813) 222-2220. Before you even start drinking decide how you will get back home. Then you are thinking clearly and you can choose your best option: designate one person to take everyone home, use tow-to-go, take a taxi, use Uber, Lyft maybe even staying where you are.

 

Avoid DUI: Fun & The Super Bowl

 

DUI | DWI | Traffic Offenses | BUI

How Can a Driving Under the Influence Attorney Help?



DUI and Traffic Offenses can be quite challenging. You a friend or a loved may need a Tampa DUI Lawyer. The police are often the main witnesses. Scientific evidence from vehicle speed detection, accident reconstruction, the breath test and/or the blood tests are being presented against you. Damaging evidence against you may also include: the breath test (like the  I-8000 / Intoxilyzer 8000), the officer’s testimony, and Standard Field Sobriety Tests.


Infographic: How to Save Your Driver’s License


Keep Your License Impress Your Friends DUI Tampa Attorney

Keep Your License Impress Your Friends


Video: How To Save Your License After a DUI Arrest?


Transcript of Video:  How To Save Your License After a DUI Arrest Within 10 days of your arrest, you have got to either challenge the suspension or make an application for a hardship license. Most people who have not had a prior DUI conviction can get a business purposes license and get back on the road.


A Board Certified Criminal Trial Lawyer, like Casey Ebsary, a Tampa DUI – DWI and traffic attorney has knowledge of these issues and can establish your defense against these charges. If you are searching for help from a Tampa Driving Under the Influence Attorney – your search is complete.


Casey Can Fight For You

Tampa DUI Lawyer DUI Attorney Lawyer

DUI Lawyer


Free Book Attorney Guide “The People’s Guide To Fighting Like An Expert” Here.

Free DUI Defense Book

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Video: DUI and Drugs

 

More Information on DUI and Controlled Substances

DUI Attorney on Drugs and DUI Charges


What Happens When Someone is Charged a DUI for Drugs?


Video Transcript: Drugs and DUI charges. Many times people will be stopped for DUI, take a breath test, and show no evidence of impairment due to alcohol. At that point law enforcement officers will seek another alternative chemical test – a blood test or a urine test.

Blood tests usually require serious bodily injury or consent of the driver. A urine test does not. failure to comply with a request for a chemical test usually results in a suspension of your driver’s license.

Another consideration is even though the police may have a positive drug test is that enough to convict you of DUI? In most cases it is not. The presence of a controlled substance in a driver’s system does not confirm that they were impaired or were affected by the drugs that were detected driver’s system. The drivers license office usually will suspend your driver’s license if you failed to comply with the test, but a positive test does not guarantee a conviction or the suspension of your driver’s license.


Case May Be Handled In Your Absence


 

Much of your Florida DUI Defense may be handled in your absence. This is especially true for out of state clients. 316.193, F.S. – DUI (Driving Under the Influence of Alcoholic Beverages, Chemical Substances or Controlled Substances) In Florida, DUI is proved by impairment of normal faculties or unlawful blood alcohol or breath alcohol level of .08 or above. (Source: Florida Department of Highway Safety and Motor Vehicles) There are two distinct cases which must be fought for each case. Call 813.222.2220 today, one has a window of opportunity of 10 days from the arrest.

 


WARNING!

 

If you refuse to take a breath, blood, or urine test after being arrested for DUI, or if results of your breath test were .08% or above, your license will be suspended unless a written demand for an administrative hearing is filed within 10 days after arrest.


Questions and Answers  –  Some Common Questions


 

  • How do I save my license?
    Were you arrested within the last 10 days? Then you can apply for an administrative hearing and may get a 30 – 45 day permit. Here is the form  DHSMVHearingRequest


  • Will my car have an interlock?
    If convicted, Second DUI – Yes. Over .15 Maybe.


  • Will I go to jail?
    Second DUI Within 5 years – Yes 10 days. 3d DUI within 10 years? Yes 30 days. First, you must be convicted.


  • Will my boss find out?
    If the DHSMV hearing is won, it is kept of the publicly recorded driving record and the chances are greatly reduced.


  • Should I fight the case?
    You will certainly lose if you plead guilty. If there are problems with the case, we will find them and you may avoid a DUI Conviction.


  • Will my out-of-state license be suspended for a Florida DUI?
    Probably – as soon as the State of Florida transmits the computer data regarding the refusal to take a breath test or blowing over a .08 the home state usually will honor what the State of Florida has done.


  • Will my car be impounded?
    Only if you are convicted.


  • Do I have to attend the DUI School?
    You must enroll, but not necessarily complete, if you lose you Administrative Suspension hearing before the case is resolved. The DUI School enrollment is a pre-condition to getting a Business Purposes Only license. If convicted of DUI, then DUI School is mandatory.

More Questions and Answers


Under Florida DUI Laws, Can the Court eliminate a DUI suspension imposed by the Bureau of Administrative Reviews – The Florida Department of Highway Safety and Motor Vehicles – DHSMV?


 

Questions and Answers

Questions and Answers


 

Under Florida DUI laws / traffic laws sections 316.656 and 322.2615 trial judges in county or circuit courts cannot alter the administrative suspension and / or revocation periods. On an equally important note, courts are prohibited from withholding adjudication in DUI cases; or from reducing a DUI charge if the defendant’s blood alcohol was over .20 . The only way to have an impact on the ability to drive after a DUI traffic stop, an arrest for DUI, a refusal to submit to a chemical test, or a breath result above .08 is to immediately take advantage of the procedures available via the Department of Highway Safety and Motor Vehicles (DHSMV) Bureau of Administrative Reviews (BAR).


Why should I hire a DUI Lawyer?

 

When stopped and arrested for DUI you may need to set a court hearing. Sometimes the hearing dates are set automatically. One reason to hire a competent DUI attorney is to find out the benefits that may be gained by investigating possible defenses, the risks of conviction, and what sentence may be imposed. Sometimes prosecutors make specific offers, but it is tough for defendants to reach out and personally discuss the case without making statements that the State can use against the driver.


What would be the advantage of hiring a Criminal Defense Attorney?

 

Sometimes drivers consider contacting the Office of the State Attorney or the Prosecutor in their own DUI case. The defense attorney can help with the initial administrative license suspension that will occur, if not challenged, within 10 days of the traffic stop and arrest. The lawyer may be able to help get a driving permit for work or business purposes.  This short time period (less than two-weeks) will come and go long before the police, the clerk of courts, the Judge and prosecuting authorities ever even open a case file and set a court date. That is why many people hire private lawyers to find out if an arrest was improper. If the right questions are asked during the defense attorney’s investigation, the lawyer may be able to get the case dismissed. A lawyer may be able to get a better plea arrangement, keep you on the road, and out of jail.


What is the Legal Limit under Florida DUI Law?

 

Since an arrest for DUI can be made if an officer thinks a driver’s normal faculties are impaired, there is no legal limit. In Florida, a person can be arrested and convicted of DUI after consuming any amount of alcohol, even if the results are below a .08. Sometimes drivers are arrested and submit to other chemical tests and the results will not be available for weeks after the arrest.


What does .08 mean under Florida DUI Laws?

What does .08 mean under Florida DUI Laws?


What does a .08 mean?

 

Frequently a .08 is referred to as the legal limit. In Florida this is not entirely accurate. Under Florida Law, .08 BAC is a presumptive level for impairment. In other words, if you reach a .08 BAC, you are automatically considered impaired and a jury will be told to presume you are impaired if all procedures have been followed using an accurate breath testing machine. The judge’s instructions given to jurors can be found here. 


What if a Florida Driver is below .08 BAC?

A driver can still be convicted of DUI even if under .08 BAC. This seems unusual and it is. In Florida, if a Prosecutor can convince a Judge and Jury that driving ability was impaired, a conviction and virtually permanent entry on a driver ‘s record will follow.By the way, drivers are already under arrest before even given a breath test in Florida.

Florida DUI Adjudication and Sentencing

 

Under the DUI Laws in this state, and based upon the Florida Statutes sections  316.656 and 322.2615 a conviction or plea agreement to a driving under the influence charge results in an adjudication which is the legal term for conviction. Upon the closing of a DUI case as charged (without a reduced charge of reckless driving) drivers become convicted criminals and an entry is made on the official driver’s license record. The law states, “no court may suspend, defer, or withhold adjudication of guilt or imposition of sentence for any violation of s. 316.193 . . . .”

There are also minimum sentences including license suspension, fines, court costs and attendance at an approved alcohol traffic education course commonly referred to as the DUI School. The law provides, “If the suspension of the driver’s license of the person relating to unlawful blood-alcohol level or breath-alcohol level of 0.08 or higher is sustained, the person is not eligible to receive a license for business or employment purposes only pursuant to s. 322.271 until 30 days have elapsed after the expiration of the last temporary permit issued. ” Furthermore, “If the suspension of the driver’s license of the person for failure to submit to a breath, urine, or blood test is sustained, the person is not eligible to receive a license for business or employment purposes only, pursuant to s. 322.271, until 90 days have elapsed after the expiration of the last temporary permit issued.”


DUI Fine Schedule F.S. 316.193(2)(a)-(b)


 

1st Conviction: Not less than $250, or more than $500. With Blood/Breath Alcohol Level (BAL) of .20 or higher or minor in the vehicle: Not less than $500, or more than $1,000.

2nd Conviction: Not less than $500, or more than $1,000. With BAL of .20 or higher or minor in the vehicle: Not less than $1,000, or more than $2,000.

3rd Conviction More Than 10 Years: Not less than $1,000, or more than $2,500. With BAL of .20 or higher or minor in the vehicle: Not less than $2,000.

3rd Conviction Within 10 Years: Not more than $5,000. With BAL of .20 or higher or minor in the vehicle. Not less than $2,000.

4th or Subsequent Conviction: Not less than $1,000. With BAL of .20 or higher or minor in the vehicle. Not less than $2,000.


How can your license be reinstated after a DUI in Hillsborough County by an Attorney?


How do I reinstate my license after a conviction for Driving Under the Influence (DUI)?

1st DUI, 2nd DUI, 3rd DUI, 4th DUI, DUI Manslaughter (single conviction)DUI Manslaughter (in conjunction with any other DUI conviction)Driving with an unlawful blood alcohol level


How do I reinstate my license after a suspension for refusal to submit to a breath/urine/blood test?

Free License Check on the status of your Florida Drivers License.

 

The Bureau of Driver Education and DUI Programs provides the oversight for 26 licensed programs. The Bureau administers Rule 15A-10, F.A.C., including instructor certification and training, investigating complaints, processing client appeals, conducting site visits, maintaining quality assurance, coordinating trust fund, and evaluating programs’ effectiveness. The DUI programs are private and professional non-profit organizations that are required to provide education, a psychosocial evaluation and treatment referral services to DUI offenders to satisfy judicial and driver licensing requirements. Two educational services are offered – Level I for first-time offenders and Level II for multiple offenders. The Level I course is to be a minimum of 12 hours of classroom instruction and incorporates didactic and interactive educational techniques. The Level II course is a minimum of 21 hours of classroom time using primarily interactive educational techniques in a group setting. The average class size is not to exceed 15 students for Level II. This course focuses on the problems of the repeat offender and treatment readiness as the majority of students are referred to treatment. In no case is placement in Level II used in lieu of treatment.


Hillsborough County Florida Licensed DUI Program

PROGRAM NAME: DUI Counterattack Hillsborough, Inc.
ADDRESS: 4711 North Hubert Avenue, Tampa, FL 33614
CONTACT INFORMATION: 813-875-6201
Fax: 813-876-0648
Website: www.drivesafetampa.com

Hillsborough County Bureau of Administrative Reviews

Under Suspension – Need Driver License for Work/Hardship License

2814 E. Hillsborough Ave. Tampa, FL 33610

Map to location

Phone: 813-276-5795

Hours of Operation: Monday – Friday 8:00 am – 5:00 pm


Pasco County Florida Licensed DUI Programs

Pride Integrated Services, Inc. of Pasco County

  • Address: 7064 Ft. King Road, Zephyrhills, FL 33541
  • Phone: 813-780-8282
  • Fax: 813-788-1912
  • Website: www.aboutpride.org

Pride Integrated Services, Inc. of Pasco County

  • Address: 7619 Little Road, Suite 350, New Port Richey, FL 34654
  • Phone: 727-847-3411
  • Fax: 727-847-3513
  • Website: www.aboutpride.org

Pasco County Bureau of Administrative Reviews

  • Clearwater Location
    • Address: 4585 140th Ave. N., Suite #1002, Clearwater, FL 33762
    • Phone: 727-507-4405
    • Hours: Mon – Fri, 8:00 am – 5:00 pm

Pinellas County Florida Licensed DUI Programs

Suncoast Safety Council, Inc.

  • Address: 1145 Court Street, Clearwater, FL 33756
  • Phone: 727-442-0233
  • Fax: 727-447-1677
  • Website: www.safety.org

Pinellas County Bureau of Administrative Reviews

  • Clearwater Location
    • Address: 4585 140th Ave. N., Suite #1002, Clearwater, FL 33762
    • Phone: 727-507-4405
    • Hours: Mon – Fri, 8:00 am – 5:00 pm

DUI Checkpoints in Tampa Bay Area

 

Tampa DUI and Hillsborough County DUI law-enforcement officers usually conduct a series of DUI drunken-driving missions through the holidays. Most agencies conduct DUI patrols at night between 11 p.m. and 3 a.m. Previously, Sheriff’s officials want people who intend to drink to make arrangements to get home safely, using a designated driver, public transportation or a taxi.

Law enforcement usually conduct several DUI roadblocks during each major holiday. Local municipalities often will have roving patrols look for impaired drivers.
Hillsborough County Florida DUI Checkpoints are Listed Here.



Need a Hillsborough Drug Defense Attorney?

 

You can have a  Free Phone Consultation about your Drug Charges in Florida with Board Certified Criminal Defense Lawyer / Attorney W.F. ”Casey” Ebsary, Jr.

(813)222-2220


W F Casey Ebsary a Board Certified Criminal Trial Lawyer. Casey defends drug charges and can help with drug treatment programs. Sometimes a treatment option avoids jail or prison. Serious charges deserve a serious defense. Get some help today.  We note there have been huge prescription drug roundups by police in Tampa, Hillsborough County, Florida. One day we saw police had made or attempted to make 50 arrests in a single day, May 13, 2010. One day we also observed there were 135 arrest warrants and in cases involving over 5,000 pills. Frequently we see investigations of the alleged illicit distribution of Xanax, Oxycodone Oxycontin, and other prescription drugs.  Another frequent Investigation involves transactions near pain management clinics.


Learn More About

 

Tampa DUI Lawyer

Learn more about Casey Ebsary. He is a former Tampa DUI Assistant State Attorney and Board Certified Criminal Trial Lawyer. Casey has been attorney of record and Tampa DUI Lawyer in hundreds of DUI cases. He has represented clients in driving under the influence (DUI) and driving while intoxicated (DWI) cases in many Florida counties. These counties include: Hillsborough, Pasco, and Pinellas.  Casey has helped many people just like you with driving under the influence, drug charges, and Traffic Offenses. These charges can cause big headaches, We can provide relief. We also have a huge free fully searchable database of Florida D U I information. Feel free to review the latest news about these types of charges here: DUI News and Information – Call us today at 813.222.2220 for a free initial consultation. If it is more convenient for you, we respond quickly to your call for help via our Call For Help web submission. All inquiries are sent to us wirelessly 24/7/365, We are constantly checking and responding, and will quickly get back to you via telephone or email.

Please check our free fully searchable Florida DUI Database for information. There are dozens of frequently asked questions and hundreds of pages and articles for people charged with DUI and for lawyers who are seeking answers.


Court Locations in Pinellas

DUI and other Criminal misdemeanor charges that occur in Pinellas County, Florida are assigned to one of three courthouses. They are located in North, South and Central Pinellas County. DUI Cases from Clearwater, Florida can be assigned to the main criminal courthouse in Clearwater, Florida.

Brooksville DUI Drunk Driving Investigators in Hernando County,Florida sometimes use hand held or in-car video cameras. One of our recent Investigations included a visit to a DUI Checkpoint. 

Watch DUI Hillsborough Attorney Lawyer Checkpoint Video

Hernando County Courthouse in Brooksville, Florida Coordinates 27.059126,-81.5625

DUI Plant City Courthouse at 302 N. Michigan Ave, Plant City, Florida Coordinates 28.017452,-82.120701

Brandon Court Cases are held in the Plant City Florida Courthouse

 


Charged in Bartow Florida in Polk County? View complete

Drunk Driving Video Library.

Lakeland Court House Located at Coordinates 27.897455,-81.843298


Temple Terrace, Florida 

 

You can get professional affordable help from a Former DUI Prosecutor, W.F. “Casey” Ebsary, Jr., who was an Assistant State Attorney / DUI Prosecutor in the Hillsborough County State Attorney’s Office. Casey has prosecuted Temple Terrace defendants charged with DUI or BUI in Temple Terrace, Florida. Now he defends. When DUI troubles arise, Casey is there to help. Temple Terrace DUI Officers sometimes use Unmarked Vehicles to Patrol the city. The Temple Terrace Police Department has a zero-tolerance DUI policy and aggressively enforces the state’s DUI traffic laws

Temple Terrace Court Locations

 

DUI and other Criminal misdemeanor charges that occur in Temple Terrace, Hillsborough County, Florida are assigned to the main criminal courthouse in downtown Tampa, Florida. DUI Cases from Temple TerraceFlorida can be assigned to the main criminal courthouse in Downtown Tampa, Florida.


Winter Haven Drunk Driving Attorney

 

Florida DUI Officers receive rewards for DUI Arrests. Some officers travel to Tallahassee where they receive awards from Mother’s Against Drunk Driving (MADD). Casey has been covering these contests at his huge DUI news website. We have found awards including police equipment, police cars, and trips to Tallahassee, Florida. A few officers have made over a 1000 arrests.


Spring Hill Drunk Driving Attorney

 

 You can get professional affordable help from a Former DUI Drunk Driving Prosecutor, W.F. “Casey” Ebsary, Jr., who was an Assistant State Attorney / DUI Prosecutor in the Hillsborough County State Attorney’s Office. Casey has  prosecuted My practice covers  Florida DUI Officers receive rewards for DUI Arrests. Some officers travel to Tallahassee where they receive awards from Mother’s Against Drunk Driving (MADD). Casey has been covering these contests at his huge DUI news website . We have found awards that include police equipment, police cars, and trips to Tallahassee, Florida. A few officers have made over a 1000 arrests.  Spring Hill DUI charges are prosecuted in Brooksville. Hernando County Courthouse in Brooksville, Florida

Florida Driver Handbook

El Manual de Conductores de Florida


Check Out Our  Reviews


Florida Driver License and Motor Vehicle Service Centers –

Select the county below:


Alachua Franklin Lee Pinellas
Baker Gadsden Leon Polk
Bay Gilchrist Levy Putnam
Bradford Glades Liberty St. Johns
Brevard Gulf Madison St. Lucie
Broward Hamilton Manatee Santa Rosa
Calhoun Hardee Marion Sarasota
Charlotte Hendry Martin Seminole
Citrus Hernando Miami-Dade Sumter
Clay Highlands Monroe Suwannee
Collier Hillsborough Nassau Taylor
Columbia Holmes Okaloosa Union
Desoto Indian River Okeechobee Volusia
Dixie Jackson Orange Wakulla
Duval Jefferson Osceola Walton
Escambia Lafayette Palm Beach Washington
Flagler Lake Pasco Pinellas

 

Help is available in Tampa, Hillsborough County, Florida. Tampa is divided into these communities: West Tampa, East Tampa, South Tampa, New Tampa, Tampa Palms, Temple Terrace, Carrollwood, Town & Country, Oldsmar, Palma Ceia, Westchase, Stadium, Westshore, Carver City, Ybor City, Sunset Park, Hyde Park, SoHo, Citrus Park, Bayshore, Egypt Lake, Rocky Point, Sulphur Springs, Davis Island, Harbour Island, Seminole Heights, University Square, Drew Park, Jackson Heights, Tampa Heights, Riverside Heights, Port Tampa, Ballast Point, Belmar, and Lowry Park.

Some cities in The Tampa Bay Area are TampaSt PetersburgClearwaterLargoPinellas ParkLakeland, New Port Richey, SarasotaBradenton,  Spring Hill, and Weeki Wachee.


Boating Under the Influence BUI


Recently, a lucky boater fought a BUI Boating under the Influence case. Here is what the Court ruled.

25 Fla. L. Weekly Supp. 469aOnline Reference: FLWSUPP 2505MOON

The court looked at a Boating Under the Influence case and found that an Officer with Fish and Wildlife Commission lacked reasonable suspicion of criminal activity which would justify detaining defendant, who had been stopped for slow speed zone violation, beyond the time necessary for issuing citation. The Court granted a Motion to suppress evidence obtained by law enforcement as result of field sobriety exercises.

BUI Case Summary

In this case, an officer conducted field sobriety exercises (FSEs) based on suspicion arising from a boating violation, incoherent responses, a beer can presence, and slurred speech. However, upon careful consideration of the facts and testimony presented at the suppression hearing, the Court determined that there was no reasonable suspicion of criminal activity justifying detention beyond the boating violation citation. Notably, there was no evidence of alcohol odor, no concrete proof of alcohol consumption, and no other signs of impairment. The officer’s testimony was contradictory, with no clear indication of incoherence. The sole uncontested evidence was slurred speech, which lacked the necessary proof of impairment. As a result, the motion to suppress evidence was granted, rendering evidence from FSEs and the subsequent BUI arrest inadmissible.


Official Ruling in Boating Under the Influence Case

STATE OF FLORIDA v. XXXXXXX, Defendant. County Court, 7th Judicial Circuit in and for Volusia County. Case No. 2016-103309MMDL. July 20, 2017. Steven Henderson, Judge.

ORDER

This case came before the Court on Defendant’s Motion to Suppress for a hearing held on July 20, 2017, and this Court having heard testimony from witnesses and the arguments of counsel does find as follows:

FACTS

On June 4, 2016, Officer McKee of the Florida Fish and Wildlife Conservation Commission (FWCC) was on routine airboat patrol on Lake George in the St. Johns River near Marker 17. The officer was monitoring an area near that point that was marked as a slow speed zone, requiring operators of vessels to keep the bow of the boat in the water and to not create a wake. He observed a bass boat being operated by the Defendant proceeding through the zone in compliance with the no wake requirement. The officer testified that about 200 yards before the end of the slow speed zone, the Defendant accelerated his vessel, coming up on a plane and creating a wake in violation of the slow speed zone. The officer turned on his blue lights on his FWCC-marked airboat and proceeded to intercept the Defendant. The officer testified that the Defendant immediately complied with the officer’s directions to stop his boat and turn off his engine. The officer testified that he kept his boat about 10 feet away from the Defendant’s boat to avoid the boats colliding and causing any damage.


Attorney for Boating Under the Influence Charges in Tampa Bay BUI Lawyer

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The officer testified that initially he couldn’t hear what the Defendant was saying because the airboat engine was too loud. He also said that he could see an open beer container in the boat near the Defendant, but also conceded that he never touched the beer can and had no idea how long the beer can had been in the boat. He also never asked the Defendant who was drinking the beer or whether they had been drinking at all. There was no testimony that the can had condensation on it, nor was there any testimony that the can actually even contained any alcohol whatsoever. The officer testified that he asked the Defendant some routine, questions like if he knew where he was at, to which the Defendant replied he wasn’t familiar with that area of Volusia County since he is from Putnam County. The officer asked for life jackets and the Defendant complied with his request. He asked who owned the boat, and the Defendant stated it was his boat.

The officer testified at the hearing that the Defendant’s speech sounded slurred and his responses to questions were incoherent, but the officer also conceded that he doesn’t know the Defendant and isn’t familiar with how the Defendant normally speaks. The officer also could not elaborate on what he meant when he said the Defendant was incoherent, and conceded that the Defendant was able to answer his questions appropriately. He testified that the Defendant’s appearance was that of a normal fisherman and that his eyes seemed glassy from the wind.

The officer testified that there was a passenger in the boat who was being belligerent and cursing, which caused the officer to be concerned for his personal safety. He testified that the Defendant occupied himself with getting the passenger to be quiet and to stop cursing the officer, which he finally was able to do.

Officer McKee admitted on cross examination that the bulk of his in cident report was actually prepared 3 days after the initial contact and arrest was made, and that he had excluded from his report a number of details relating to the incident. He also admitted that given the passage of time since the arrest he could not recall all of the specifics relating to what exactly was said or done by the Defendant that seemed incoherent on the date of the arrest. He also admitted that it is not illegal to possess alcohol in a vessel in Volusia County, nor is it illegal to drink a beer on a boat.

Based on the presence of the beer can, the officer’s testimony that the Defendant’s speech sounded slurred, and his speeding in a no wake zone, the officer asked the Defendant to submit to field sobriety exercises (FSEs). The Defendant agreed and, at the officer’s request, stepped onto the officer’s boat to perform the exercises. There was no testimony that the Defendant had any difficulty with standing, walking, or jumping from one boat to the other. There was no testimony that the Defendant had any dexterity problems and there was no testimony that the Defendant had any odor of alcohol coming from his person. Furthermore, there was no testimony that the Defendant made any admissions or statements against interest relating to having consumed any alcohol prior to the request for the FSEs. Ultimately, the Defendant was arrested on suspicion of boating under the influence (BUI).

The defense filed this motion challenging the reasonable suspicion of the officer to detain the Defendant longer than reasonably necessary to issue him a citation for the speed zone violation and to begin conducting a BUI investigation.

LEGAL ANALYSIS

Whenever any law enforcement officer encounters any person under circumstances which reasonably indicate that the person has committed, is committing, or is about to commit a crime, the officer may temporarily detail such person for the purpose of investigating the possible criminal conduct. See section 901.151(2), Fla. Stat. (2017).

In order to detain a defendant beyond the time necessary to issue a citation or warning, the officer must have “reasonable suspicion based upon articulable facts that criminal activity may be afoot.” Cresswell v. State, 564 So.2d 480 (Fla. 1990). (emphasis added) When reviewing the factors involved in determining whether reasonable suspicion existed, the totality of the circumstances must be considered and “include: the time of day; the appearance and behavior of the suspect; the appearance and manner of operation of any vehicle involved; and anything incongruous or unusual in the situation as interpreted in light of the officer’s knowledge.” Grant v. State, 7l8 So.2d 238, 239 (Fla. 2d DCA 1998) [23 Fla. L. Weekly D1969a].

To justify temporary detention of a person, there must be a “founded” suspicion in the mind of the police officer that the person has committed, is committing, or is about to commit a crime. A “founded” suspicion is one which has some factual foundation in the circumstances observed by the officer when those circumstances are interpreted in light of the officer’s knowledge. “Mere suspicion . . . is . . . random selection, sheer guesswork, or a hunch; it has no objective justification.” Elliott v. State, 597 So.2d 916, 917-18 (Fla. 4th DCA 1992). “Both the founded suspicion standard and the probable cause standard require the officer to interpret a factual foundation in light of the officer’s knowledge and experience. The difference between the two lies in the degree of probability.” Id. at 918.

Absent an articulable suspicion of criminal activity, the time an officer takes to issue a citation should last no longer than is necessary to make any required license or registration checks and to write the citation. See Maxwell v. State, 785 So.2d 1277 (Fla. 5th DCA 2001) [26 Fla. L. Weekly D1445b].

CONCLUSION

In the case at bar, the basis for the officer’s request to perform FSEs was the boating violation, the incoherent answers, the presence of the beer can, and the slurred speech. However, given the specific facts of this case viewed in light of the testimony presented at the suppression hearing, this Court finds that there was no reasonable suspicion of criminal activity to justify the detention beyond issuing the citation for the boating violation. There was no testimony of an odor of alcohol on the Defendant’s person, there was no evidence of alcohol consumption by the Defendant beyond the mere suspicions of the officer due to the presence of the beer can that may or may not have even contained any alcohol, and there was no evidence of any other indicators of impairment like glassy, bloodshot eyes due to intoxication, flushed face, poor balance, or anything of like nature. According to the testimony, there was nothing inherently dangerous or incongruous about how the Defendant was operating his vessel.

In this Court’s opinion, the testimony provided by the officer was contradictory. At first he testified that the Defendant was incoherent, but then he clarified and said he meant he couldn’t hear the Defendant due to the engine noise from the airboat. He then testified that the Defendant was incoherent when responding to other questions but couldn’t provide any specific examples of what he meant. At the same time he testified that the Defendant appeared to know where he was at, was able to provide proof of lifejackets immediately upon request, was able to answer questions about who owned the boat, was able to deal with the unruly passenger in an appropriate manner, and was able to move about both boats without any signs of impairment.

The only competent, uncontradicted evidence that was presented to the Court was that the Defendant had slurred speech. Without some additional evidence that the slurred speech was due to impairment by drugs or alcohol, this Court finds that to be insufficient evidence of impairment to establish the necessary reasonable suspicion of BUI to justify the continued detention of the Defendant.

WHEREFORE, based on the foregoing, Defendant’s motion to suppress unlawfully obtained evidence is hereby GRANTED. All evidence obtained by law enforcement as a result of the field sobriety exercises and the Defendant’s subsequent arrest for BUI are hereby suppressed as the fruits of the poison tree.

 

Drug Crimes Stories From Google+ 2 Million Views and over a 1000 Followers Cant be Wrong.

DUI Stories and Videos

Traffic Ticket Stories From Google+
2 Million Views and over a
1000 Followers Can’t be Wrong.

These are all of the DWI stories we had  on our  Google Plus page.

It contains years of curious and, at times, odd  stories that were posted.



Safe and Sound on Floriduh Beach

Glad our Indian Shores Police Officer is safe tonite after last night’s shooting. First I can ever remember in our small town.

https://dui2go.com/safe-and-sound-on-floriduh-beach/

Safe and Sound on Floriduh Beach | Indian Shores Florida | Expert  Defense | 813.222.2220
Safe and Sound on Floriduh Beach | Indian Shores Florida | Expert DUI Defense | 813.222.2220

Request For Medical Records Denied | Blood Test Subpoena

Court denied issuance of a subpoena and ruled In a blood test “burden arises from the Constitutional right to privacy in one’s medical records, which requires the State to demonstrate a compelling interest in the disclosure.” A burden that in a rare case was NOT met. These subpoenas are routinely rubber-stamped and almost always issued.

 

/dui-subpoena-medical-records-blood-test-denied/

/dui-subpoena-medical-records-blood-test-denied/

Request For Medical Records Denied | Blood test Subpoena
Request For Medical Records Denied | Blood test Subpoena

Reducing Impaired Driving Recidivism – RIDR

First timers can avoid a driving under the influence conviction. This change in policy is important for drivers charged with their 1st driving while impaired. According to Florida law, pretrial intervention programs can are available for a first time driving while intoxicated driver as long as they have spoken with a lawyer, agrees to complete the program.

https://dui2go.com/reducing-impaired-driving-recidivism-ridr/

Law Office of W.F. “Casey” Ebsary Jr

Reducing Impaired Driving Recidivism - RIDR | DUI2GO.com Expert DUI Defense | 813.222.2220

Reducing Impaired Driving Recidivism – RIDR

 Video – Sober Driver Arrested

 

This is how you can be arrested for driving while intoxicated even if you’re sober.

Sober Driver Arrested Video

 

Sober Driver Arrested for DUI

Sober Driver Arrested

This person was arrested for driving while intoxicated — even though they were completely sober


Another Way to Get Arrested – Florida Man Does Cartwheel During Sobriety Test

In #Floriduh Cape Coral man showed off his cartwheel skills during a sobriety test. A police officer’s body camera recorded the man’s #Shenanigans .

Florida Man Does Cartwheel During Sobriety Test

Checkpoint Aimed at Keeping Roadways Safe

Checkpoint East Sligh Avenue and North Branch Street from 10 p.m. – 1 a.m. #Tampa https://www.tampagov.net/news/checkpoint-aimed-keeping-roadways-safe
Checkpoint Aimed at Keeping Roadways Safe
Checkpoint Aimed at Keeping Roadways Safe

tampagov.net


Tesla’s Latest Crash Reveals Issue with Autopilot

Over the weekend, a driver in Tesla Model S sedan was arrested and charged with driving while intoxicated when he was found passed out behind the wheel on San Francisco’s Bay Bridge. His blood alcohol content was two times the legal limit. He told the California Highway Patrol officers it was OK: The car was on autopilot.

https://www.wired.com/story/tesla-autopilot-crash-dui

Tesla’s Latest Crash and driving while intoxicated Incident Reveal the Issue with Autopilot | WIRED
Tesla’s Latest Crash and DUI Incident Reveal the Issue with Autopilot | WIRED

wired.com


St Petersburg Will Try to Seize Vehicles in Driving Under the Influence Cases

Can St Petersburg Seize Vehicles in DWI Cases? YES

“There does not appear to be any legal impediment to adding driving under the influence as a basis for vehicle seizure . . .” said the Attorney for the City of St Petersburg.

St Petersburg DUI Vehicle Seizure

St Petersburg Driving While Impaired Vehicle Seizure

One Florida town will join a few others in allowing police to seize the vehicle of a driving under the influence suspect and sell it back to him/her for around $500.00.

The language used by the St. Petersburg City Attorney is, “vehicle seizure and impoundment with a companion administrative fine. ”

https://dui2go.com/dui-st-petersburg-attorney-813-222-2220-lawyer/

St Petersburg Will Try to Seize Vehicles in driving under the influence Cases

Are Traffic Ticket Quotas Legal in Florida?

Think #quotas for #tickets R #bad, how about arresting drivers 4 fun & profit Contests 4 #arrests since 2009 Bad!

/traffic-ticket-quota-arrest-contests-florida/

Are Traffic Ticket Quotas Legal in Florida? – Contests – Arrests and Traffic Tickets in Florida
Are Traffic Ticket Quotas Legal in Florida? - Contests - Arrests and Traffic Tickets in Florida - Law Office of W.F. ''Casey'' Ebsary Jr

centrallaw.com


What Happens if You Are Confused and Refused a Breathalyzer Test in Florida?

Aug 5, 2017

What happens if you are confused and refused a #Breathalyzer test in #Florida?

/confused-refuse-breath-test-breathalyzer-tampa/

What happens if you are confused and refused a Breathalyzer test in Florida? Refuse Breath Test
What happens if you are confused and refused a DUI Breathalyzer test in Florida? Refuse Breath Test - Law Office of W.F. ''Casey'' Ebsary Jr

Video in  Case Does Not Lie – So Says the Florida Supreme Court

The Florida Supreme Court loves television and so do we. #TV #CopsGoneWild

https://www.dui2go.com/video-dui-Florida.html

DUI Video Florida

Drunk Driving  Video Florida

Video in Drunk Driving  Case Does Not Lie – So Says the Florida Supreme Court

20,000 Drunk Driving  Cases Called Into Question

#CopsGoneWild
20,000 Drunk Driving  cases called into question in NJ: Is yours one of them?
20,000 DWI cases called into question in NJ: Is yours one of them?

nj1015.com


Jose Fernandez Video

Oct 29, 2016

Pitcher was .147 with Cocaine in Boat Crash

#Marlins #JoseFernandez Boating Under Influence BUI FL Coroner BAC .147 & cocaine. No news who was driving .https://www.dui2go.com/2016/10/jose-fernandez-florida-baseball-BUI.html

Attorney for Boating Under the Influence Charges in Tampa Bay BUI Lawyer

Boating Under the Influence Charges

Jose Fernandez Video – Florida Baseball Star – Drunk in Boating Crash

Jose Fernandez Video – Florida Baseball Star – Drunk in Boating Crash

Tampa Bay Drunk Driving  Convictions and Dismissals by the Numbers

Hillsborough DUI, Pinellas DUI, Pasco DUI, Conviction Rate

Hillsborough DUI, Pinellas DUI, Pasco DUI, Conviction Rate

Surprising data on Tampa Bay DUI Conviction rates. Raw Data and Spreadsheet data shows Hillsborough County Florida with highest conviction rate.

Tampa Bay DUI Convictions and Dismissals by the Numbers

Tampa Bay Drunk Driving  Convictions and Dismissals by the Numbers

Michael Phelps – Drunk Driving

Michael Phelps - Miracles Happen - From Addiction to Gold Medals

Michael Phelps – Miracles Happen – From Addiction to Gold Medals

The Recovery of Michael Phelps from 2 DWI charges to “Greatest Olympian of All Time” was a long journey that began with his first Drunk Driving  charge in 2004. The miracle began Less than 2 years before his historic run at the 2016 Olympic Games in Rio.

The Recovery of Michael Phelps – DUI

The Recovery of Michael Phelps – DUI

 


Florida Can Punish Refusal to Submit to a Breath Test

 

DUI-Refusal-Submit-Breath Punish Refusal to Submit to a Breath Test

Punish Refusal to Submit to a Breath Test

 

Supreme Court on Refusal to Submit to a Breath Test

Three Reasons Court Used to Justify Punishment of a Breath Test Refusal

Why does the search-incident-to-arrest doctrine apply to breath and blood tests?

  • “First, the physical intrusion is almost negligible. Breath tests “do not require piercing the skin” and entail “a minimum of inconvenience.”
  • “Second, breath tests are capable of revealing only one bit of information, the amount of alcohol in the subject’s breath.”
  • “Finally, participation in a breath test is not an experience that is likely to cause any great enhancement in the embarrassment that is inherent in any arrest.”

Florida and Other States Can Punish Refusal to Submit to a Breath Test

Florida and Other States Can Punish Refusal to Submit to a Breath Test


 St. Pete Pride, DUI, and Law Enforcement

St. Pete Pride

DUI Enforcement officers and other law enforcement will swarm St. Pete Pride as over 200,000 will gather this weekend to support and celebrate Florida’s LGBTQ community at the St. Pete Pride Parade.

St. Pete Pride Always A Busy Weekend For DUI And Law Enforcement

St. Pete Pride A busy weekend for DUI and Law Enforcement
St. Pete Pride A busy weekend for DUI and Law Enforcement

Florida Supreme Court Sets Arguments on DUI Breath Tests

Second Refusal Breath Test on Trial

Florida Supreme Court will hear arguments Sept. 1 in a challenge to the constitutionality of a state law that allows people to be prosecuted for refusing to take breath tests when suspected of drunken driving.

DUI-Refusal-Submit-Breath Punish Refusal to Submit to a Breath Test

Punish Refusal to Submit to a Breath Test

Justices issued an order Tuesday scheduling the arguments in the Volusia County case of William Williams, who was stopped in October 2013 on suspicion of driving under the influence. An arresting officer, who did not have a warrant, asked Williams to submit to a breath test to determine blood-alcohol content but Williams refused, according to court documents.

Florida Supreme Court sets arguments on DUI breath tests


 

An Impaired Driving Cases Guide for Law Enforcement Officers and Expert Witnesses

Originally shared by Law Office of W.F. ”Casey” Ebsary Jr

DUI Cops Are Instructed How to Testify

Notably, they are told not to demonstrate field sobriety tests that they themselves cannot perform. “Always demonstrate how you conducted field sobriety evaluations. Be certain, however, that you can do in court  all the evaluations you asked the defendant to perform

Review: The Criminal Justice System: A Guide for Law Enforcement Officers and Expert Witnesses in Impaired Driving Cases

Review: The Criminal Justice System: A Guide for Law Enforcement Officers and Expert Witnesses in Impaired Driving Cases
A Guide for Law Enforcement Officers and Expert Witnesses in Impaired Driving Cases

A Guide for Law Enforcement Officers and Expert Witnesses in Impaired Driving Cases


Field Sobriety Exercises Excluded

Epic Fail – Summary of the Field Sobriety Exercises Exclusion Ruling

Field sobriety exercises are inadmissible in this case unless the State of Florida demonstrates their reliability to the Court in a Daubert hearing. The State must show that field sobriety exercises were created using the same rigorous scientific method that is behind every theorem and postulate in science journals before field sobriety exercises can be admitted.

Field Sobriety Exercises Motion to Suppress Granted in Tampa

Field Sobriety Exercises Motion to Suppress Granted in Tampa
Field sobriety exercises are inadmissible in this case unless the State of Florida demonstrates their reliability to the Court in a Daubert hearing

Field sobriety exercises are inadmissible in this case unless the State of Florida demonstrates their reliability to the Court in a Daubert hearing


 

Pinellas Deputy Arrested for Attempted Manslaughter

Video cameras did not catch this or  were not running and then this happened at a DUI traffic stop.   #allegedly    “Instead of explaining what actually happened,” the sheriff said, “Deputy Virden made up facts that simply could not have occurred.”

https://www.fox13news.com/news/local-news/83291503-story

Pinellas deputy arrested for attempted manslaughter

fox13news.com


 Doctor on Drugs, Testing and Impairment of Drivers

Tons of interesting questions and surprising answers from a just completed interesting afternoon with a doctor on drugs and testing and impairment of drivers.

Drug DUI and Cannabis in the Courts

Drug DUI and Cannabis in the Courts

Drug DUI and Cannabis in the Courts

Miss USA Contestant Stripped of Her Crown for DUI

It is Only a Misdemeanor

 

DUI – It is only a misdemeanor thought a Miss USA contestant. She did not disclose a conviction, won the title, and then was stripped of her crown when pageant officials got wind of the case.

DUI Conviction Ruins Miss USA Contestant | Video

 Number One Traffic Charge for Jail in Hillsborough County, Florida TRAF6075

Get a Driver’s License

Of the 1656 ways to go to jail in Tampa, Florida, this is Number 1. TRAF6075 is number one of the top 50 ways to be arrested and placed in the Hillsborough County Jail in Tampa, Florida. There are 1656 ways to go to jail for criminal charges in Tampa. This is Numero Uno #1.

TRAF6075 DRIVING W/LICENSE CANC SUSP OR REVOKED

 TRAF6075 DRIVING W/LICENSE CANC SUSP OR REVOKED

1656 Ways to End Up in the Hillsborough County Jail

Law Office of W.F. ''Casey'' Ebsary Jr

Top 50 Ways to Go to Jail

Many of the Top 10 ways to go to jail in Tampa, Florida are traffic crimes. By the way there are about 1656 ways to end up in the Hillsborough County Jail.

/top-50-ways-hillsborough-county-jail/

/top-50-ways-hillsborough-county-jail/

Law Office of W.F. ”Casey” Ebsary Jr

Video – Drunk Driving on a Lawn Mower?

DUI Attorney Needed - Lawnmower Video

Floriduh Lawnmower Guy Video – dashcam,  nicely equipped lawnmower,  and catchy jazz soundtrack.

https://dui2go.com/can-you-get-a-dui-on-a-lawnmower-in-florida-dashcam-video/

https://www.dui2go.com/2012/08/dui-attorney-needed-lawnmower-video.html

Attorney Needed – Lawnmower Video


Can a Citizen Arrest a Driver for Driving While Impaired?

Driver detained by citizen and then arrested by cop for DWI.

What is required for a citizen to make a valid arrest for DUI? DUI Citizen’s Arrest

DUI Defense Attorney | Citizen's Arrest

Citizen’s Arrest

Complete List of 130 Florida Criminal Traffic Charges

130 ways to Go to Jail in Traffic Court

There are at least 130 ways to be charged with a criminal traffic crime under Florida law. This is a complete list of criminal traffic charges under Florida Statutes.

130 Florida Criminal Traffic Charges | Complete List

130 Florida Criminal Traffic Charges | Complete List

Second Refusal to Submit to a Chemical Test in Florida

 

The FLORIDA Supreme Court will review Florida Driving Under Influence  2nd Refusal  law and whether it is Constitutional to refuse to cooperate with cops in a second refusal to submit to chemical testing.

What Happens When There Is A Second Refusal To Submit To A Chemical Test In Florida?

DUI Second Refusal To Submit To A Chemical Test In Florida

DUI Second Refusal To Submit To A Chemical Test In Florida

 

Refusal to Submit to a Chemical Test

The US Supreme Court is reviewing the Constitutionality of three state laws like this one that criminalizes a second refusal to submit to breath test.
Form Code: TRAF1076 Florida Statute: 316.1939.1 Level: Misd (Misdemeanor) Degree: 1st Description: REFUSAL TO SUBMIT TO TESTING

Form Code: TRAF1076
Florida Statute: 316.1939.1
Level: Misd (Misdemeanor)
Degree: 1st
Description: REFUSAL TO SUBMIT TO TESTING

 

TRAF1076 REFUSAL TO SUBMIT TO TESTING 316.1939.1


Florida, Confessions and the Corpus Delicti Rule

“Corpus delicti is one of those not-so-glamorous topics that tends to fall through the academic cracks in many law schools. In fact, before having to focus on this subject as a novice prosecutor, my knowledge of it was limited to what my bar exam review instructor had taught me: Corpus delicti is always the wrong answer to an evidence question. ”

Florida, Confessions, DUI, and the Corpus Delicti Rule

Florida, Confessions, DUI, and the Corpus Delicti Rule

Florida, Confessions and the Corpus Delicti Rule

Officer Misses Hearing – Driver Gets License Back

How to Win a Hearing Cop skips hearing, despite court order – absence was unexplained or unexcused. Driver gets license back.

https://dui2go.com/dui-officer-misses-hearing-driver-gets-license-back/

DUI Officer Misses Hearing – Driver Gets License Back

DUI Officer Misses Hearing - Driver Gets License Back

Officer Misses Hearing – Driver Gets License Back

How to Become an “Expert” in a Couple of Weeks.

Florida Drug Recognition Experts DRE Video

Florida Drug Recognition DRE Experts – Five (5) Things to Know
Florida Drug Recognition DRE Experts - Five (5) Things to Know

FREE Drunk Driving Defense Book

 

86 page color illustrated drunk driving Defense book you can research the harsh punishment imposed under Florida’s strict driving under the influence laws. Journey from the arrest at the roadside, to the county jail, to a vehicle being seized.

/dui-defense-book/

Law Office of W.F. ”Casey” Ebsary, Jr.

Law Office of W.F. ''Casey'' Ebsary, Jr.
centrallaw.com
Jason Miller: “That looks like a very helpful book. I really like the cover.”
Law Office of W.F. ”Casey” Ebsary Jr: “Thanks for the comments. We are looking to expand it with the next edition. Be well. Leslie is a great friend. See you soon.”

Gasparilla BUI Attorney Lawyer Video – Possession of Alcohol Under 21

BUI BOAT 3054 Attorney Gasparilla Arrest
Possession of Alcohol Under 21 
MISC0112  
Tampa Criminal Defense BUI Attorney will be providing live Arrest Reports we will not be using names, but only the charges made, the time and location of the Gasparilla Arrests  from the Gasparilla Pirate Fest. We will have video and updates throughout the day. We will be monitoring several sources including the Hillsborough County Jail on Orient Road near Tampa Florida.


Boating Under the Influence Penalties for BOAT 3054 BUI Boating Under the Influence include jail time, fines up to $500.00 for 1st offenses, up to $1,000 for 2nd offenses, and completion of drug and/or  alcohol rehabilitation programs. 3rd or 4th convictions of BUI are often charged with a felony instead of a misdemeanor.Possession of Alcohol Under 21 MISC0112 was the most frequent charge for Gasparilla 2012 Arrests. It appears there were far fewer arrests this year than last year’s 359 arrests. Fox Tampa Bay reports, “Over 200 open container citations were issued and only 16 adults were arrested – 14 of those were misdemeanor charges.” These numbers are consistent with our reporter’s investigation and other sources we monitored.


Criminal Defense Attorney Needed?  Call 813-222-2220 .


While there were several DUI charges in the early morning, it was not until late afternoon that we saw a BUI  Boating Under the Influence Arrest BOAT 3054 in Garrison Channel. In 2010 there were 5 Gasparilla Pirate Fest BUI Boating Under the Influence Arrests. The Police, Sheriff’s Office, Coast Guard, and Florida Fish and Wildlife may be using a Mobile Facility this year to process arrests made on the water. Penalties for BUI – boating under the influence can include jail time, fines up to $500.00 for 1st offenses, fines up to $1,000 for 2nd offenses, and drug and alcohol rehabilitation programs. Those facing 3rd and 4th convictions of BUI are often charged with a felony instead of a misdemeanor.


 

Orient Road Jail Hillsborough County, Florida near Tampa
Orient Road Jail Hillsborough County, Florida near Tampa

 


Hourly Arrest Updates


11 pm Arrest UpdateNo Gasparilla arrest suspects were booked into the Orient Road Jail this hour. Hopefully it has quieted for the night and no one else will get in trouble. We will be working all weekend, so if anyone has questions call 813-222-2220.


10 pm Arrest Update


BUI Seddon Channel 5:45 pm
BUI Hookers Point 6:38 pm
Obstruct Kennedy 7:22 pm

9 pm Arrest Update


Obstruct Ashley St 2:30 pm
Obstruct Platt St 2:30 pm
BUI Hillsborough River 4:29 pm
Trespass Fielding St 4:45 pm
BUI Port of Tampa 5:25 pm
DUI Bay to Bay 5:45 pm
BUI Seddon Channel 5:53 pm

8 pm Gasparilla Arrest Update


Poss Alcohol Minor Bayshore 4:00 pm
Disorderly Conduct  Bayshore 4:16 pm

7 pm Gasparilla Arrest Update
 

BUI Garrison Channel 4:09 pm

 
6 pm Gasparilla Arrest Update



Theft Morrison 2:46 pm
Poss Ecstasy Bayshore 2:50 pm
Theft Morrison 3:10 pm
Disorderly Conduct Morrison 3:20 pm



5 pm Arrest Update


Trespass Bayshore 1:15 pm 
Minor Poss Alcohol Bayshore 1:55 pm 
Minor Poss Alcohol Howard 1:55 pm 
Minor Poss Alcohol Howard 2:00 pm 
False ID Howard 2:00 pm


 

 



















4 pm Gasparilla Arrest Update

 

While the early morning was busy at Ashley Drive and Kennedy Boulevard, has been quiet.

 
3 pm Gasparilla Arrest Update
 

All quiet . Makes me wonder if the arrests are being handled at a remote booking facility.

 
2 pm Gasparilla Arrest Update
 

All quiet at the Hillsborough County Jail

 
1 pm Gasparilla Arrest Update
 

All quiet on the Bayfront

 
Noon Gasparilla Arrest Update
 

After quite a bit of early morning DUI activity on Ashley and Kennedy early this morning – seems quiet now.

 
11 am Arrest Update



DUI Bayshore 12:00 Midnite
Battery Platt Street 1:44 am
DUI Kennedy 157 am
DUI Howard Ave 3:35 am
DUI Ashley 4:15 am
DUI Ashley 4:33 am
DUI Platt 4:36 am
DUI Kennedy 4:41am

Latitude 27.947500° N
Longitude 82.458611° W


Criminal Defense Attorney Needed?  Call 813-222-2220 .

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Gasparilla Zero Tolerance Policy includes:

Must be 21 or older to consume alcohol

No trespassing on private property

562.111 Possession of alcoholic beverages by persons under age 21 prohibited.

(1) It is unlawful for any person under the age of 21 years, except a person employed under the provisions of s. 562.13 acting in the scope of her or his employment, to have in her or his possession alcoholic beverages, except that nothing contained in this subsection shall preclude the employment of any person 18 years of age or older in the sale, preparation, or service of alcoholic beverages in licensed premises in any establishment licensed by the Division of Alcoholic Beverages and Tobacco or the Division of Hotels and Restaurants. Notwithstanding the provisions of s. 562.45, any person under the age of 21 who is convicted of a violation of this subsection is guilty of a misdemeanor of the second degree, punishable as provided in s. 775.082 or s. 775.083; however, any person under the age of 21 who has been convicted of a violation of this subsection and who is thereafter convicted of a further violation of this subsection is, upon conviction of the further offense, guilty of a misdemeanor of the first degree, punishable as provided in s. 775.082 or s. 775.083.

(3) In addition to any other penalty imposed for a violation of subsection (1), the court shall direct the Department of Highway Safety and Motor Vehicles to withhold issuance of, or suspend or revoke, the violator’s driver’s license or driving privilege, as provided in s. 322.056.

El Manual de Conductores de Florida

El Manual de Conductores de Florida

El Manual de Conductores de Florida DUI Hillsborough Attorney

Advertencia Capítulo 1: Su Licencia Clasificación de las Licencias de Conducir de la Florida Información para Obtener una Licencia Cómo Identificarse ¿Qué Cubren los Exámenes? Citas Renovación de la Licencia La Tarjeta de Identificación Costos El Programa de Donación de Organos

Capítulo 2: Su Privilegio de Conducir Revocación, Suspensión y Cancelación El Sistema de Puntos Conducir en Mal Estado La Leyes de Seguros Accidentes: ¿Cuáles Son Sus Responsabilidades?

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Capítulo 3: Conducir Conducir a la Defensiva Cinturones de Seguridad Protección de los Niños Límites de Velocidad Derecho de Vía Peatones Ciclistas Animales y Caballos Doblar Pasar Estacionar Al Conducir en las Autopistas Emergencias Al Compartir la Carretera con un Bicicleta Al Compartir la Carretera con un Camión”Zona de Peligro”

Capítulo 4: Señales, Letreros y Marcas en el Pavimento Señales de Control del Tráfico Letreros de Tráfico Letreros y Señales de Cruces de Ferrocarril Letreros Especiales Marcas en el Pavimento

Capítulo 5: Su Vehículo Normas del Equipo del Automóvil Frenos “Anti-Lock”Motocicletas Bicicletas Mopeds Licencias para los Vehículos Preguntas de Estudio

Capítulo 6: Licencia de Conducir Clase D ¿Quién Necesita una Licencia de Manejar de Clase D? Distancia al Seguir a Otro Vehículo Distancia para Parar Luces, Luces Marcadores Laterales y Reflectores Límitaciones de Remolque Límitaciones de Carga Directional Signal Requirements Requisitos de los Indicadores Direccionales Equipos de Advertencia Pesos Máximos Ancho, Altura y Largos Máximos Preguntas del Examen de Conducir la licencia Clase D Información sobre Primeros Auxilios Oficinas de Licencias de Manejar

 

Deslinde de Responsabilidades

Este Manual de Conductores de la Florida cubre muchos puntos resumidos y parafraseados de las leyes estatales de la Florida y provee consejos sobre la seguridad que no están contemplados en las leyes. Este manual no tiene fuerza legal y no debería citarse en una corte. El Manual de Conductores de la Florida se imprime en grandes volúmenes y las copias ya compradas no serán un reflejo de los cambios efectuados por la Legislación con respecto a aranceles o leyes dictadas con posterioridad a la fecha de revisión del mismo.

El Departamento de Seguridad en Carreteras y Vehículos Motorizados consta de los siguientes departamentos:

EL DEPARTAMENTO DE LICENCIAS DE CONDUCIR administra los exámenes que certifican a las personas para poder conducir en las carreteras de la Florida. Su misión principal es la de fomentar y mantener los estándares más elevados que sean posibles de aplicar en las calles y carreteras del Estado de la Florida y sacar de las mismas a los conductores que constituyan una amenaza para la seguridad.

EL DEPARTAMENTO DE PATRULLAJE DE LAS CARRETERAS DE LA FLORIDA hace cumplir todas las leyes estatales que tratan de vehículos motorizados, patrulla el sistema de carreteras del Estado para ayudar a garantizar la seguridad de todos los conductores e implementa los programas de seguridad referidos a la circulación de vehículos del Estado. Cada policía montado está siempre listo y deseoso de brindar ayuda al público automovilístico.

EL DEPARTAMENTO DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS regula la venta y distribución de todos los vehículos y buques a motor en la Florida. Administra la venta de chapas de licencia a través de los cobradores de impuestos del condado y de los agentes autorizados para todos los automóviles, buques, remolques, camiones, casas rodantes, vehículos remolcables para camping y motocicletas que se usan en las carreteras públicas. Además, el Departamento mantiene registros de todos los vehículos motorizados empadronados o inscritos en la Florida y hace cumplir las normas de construcción para las casas rodantes.

EL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS se encarga de las funciones de la nómina, empleados, compras, contabilidad y operaciones fiscales, así como del mantenimiento y reparación de equipos para los Departamentos operativos de la agencia.

LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SISTEMAS DE INFORMÁTICA se encarga del procesamiento de datos para los departamentos operativos de las agencias.

RECUERDE QUE EL CONDUCIR ES UN PRIVILEGIO Y NO UN DERECHO. PROTÉJASE A USTED MISMO Y A LOS DEMÁS CONOCIENDO LAS LEYES Y CONDUCIENDO CON CUIDADO.

Registros Públicos

Las leyes de la Florida y las buenas prácticas de administración de registros requieren la recopilación de cierta información personal durante el proceso de licenciamiento del conductor. Esta información personal identifica al individuo y se utiliza para fines de administración de registros, mejoramiento en la forma de conducir, responsabilidad financiera y a los efectos de la aplicación de la ley.

El no suministrar la información requerida dará como resultado que le nieguen la licencia de conducir o la tarjeta de identificación. La falsificación de información puede resultar en un enjuiciamiento. Las leyes de la Florida especifican que todos los documentos u otros materiales hechos o recibidos en relación con transacciones oficiales por cualquier agencia estatal son registros públicos. Además de todos los documentos, la información recopilada de los mismos está sujeta a que se revele al público de acuerdo con la ley de registros públicos del Estado. Esta información, excepto la información médica, que es legalmente confidencial, se da regularmente a las agencias policíacas, compañías de seguros, compañías de crédito, instituciones de préstamos y cualquier otra persona que desee obtener una copia y pagar el costo requerido.

El Departamento de Licencias de Conducir se esfuerza por asegurar la exactitud de la información obtenida durante el proceso de emitir las licencias y hace todos los esfuerzos posibles por corregir la información incorrecta contenida en sus registros. Se puede corregir la información incorrecta suministrando su nombre completo, la fecha de nacimiento, el número de la licencia de conducir y la información sobre la índole del error, así como las pruebas de que es un error a: Chief, Bureau of Driver License Records, Neil Kirkman Building, MS 89, Tallahassee, Florida 32399-0575, o llamando al (850) 922-0927. Cierta información, tal como los registros de condenas recibidos de una corte, sólo pueden corregirse una vez recibida la notificación de la corte de que el informe contenía errores.

La información sobre Seguro de Automóviles está exenta de la Ley sobre Registros Públicos. Dicha información será proporcionada a cualquiera de las partes que se vea involucrada en un choque cuando se reciba una solicitud escrita con una copia del informe del choque. Dicha información asimismo será proporcionada a agencias policíacas, oficiales de la corte y representantes tales como aseguradores y abogados de las partes involucradas en el choque, una vez recibida la solicitud escrita.

Advertencia

Según la Sección 322.212(5) de los Estatutos de la Florida, es un DELITO GRAVE de tercer grado el “usar un nombre falso o ficticio en la solicitud de una licencia de conducir o de una tarjeta de identificación, o hacer a sabiendas una declaración falsa, encubrir a sabiendas un hecho material o de algún otro modo cometer fraude en dicho tipo de solicitud.”

Quienes violen estas disposiciones corren el riesgo de ser arrestados inmediatamente, y, al recibir su condena, se les impondrá una multa de hasta $5.000 y hasta 5 años de prisión.

El Departamento suspenderá por un año el privilegio de conducir de cualquier persona que haga una solicitud fraudulenta para obtener una licencia de conducir de la Florida.

Según la Sección 322.36 de los Estatutos de la Florida, es ilegal autorizar o permitir a sabiendas que otro conduzca un vehículo motorizado o un moped sin una licencia válida de conducir.

Definiciones

BICICLETA: Todo vehículo impulsado exclusivamente por energía humana.

CANCELACIÓN: El acto de declarar nula y terminada la licencia de un conductor.

COPIA CERTIFICADA: Una copia que ha sido marcada de alguna manera oficial para mostrar que es una copia verdadera del documento original. Para obtener una copia certificada de un documento, debe ponerse en contacto con la agencia que emitió el documento original.

SUJETADORES DE NIÑOS: Los portadores de bebés o los asientos de auto desmontables especialmente diseñados para evitar que los bebés y los niños pequeños se lastimen en los choques automovilísticos. Se puede usar el cinturón del asiento para sujetar a los niños de cuatro años o mayores.

CONDENAS: Sentencias de culpabilidad emitidas por una corte. En el registro de un conductor, las sentencias suspendidas, la pérdida de un derecho por multa o confiscación y los alegatos no impugnados cuentan contra el conductor tal como lo hacen las condenas.

ENDOSO: Una autorización especial que permite al conductor conducir ciertos tipos de vehículos o transportar ciertos tipos de bienes o un cierto número de pasajeros.

DELITO GRAVE: Cualquier ofensa criminal que esté sujeta a castigo en virtud de las leyes de este Estado, o que estaría sujeta a un castigo si fuera cometida en este Estado, por medio de la pena de muerte o la prisión en una penitenciaría estatal. La expresión “Penitenciaría del Estado” incluye las instalaciones correccionales estatales.

DEPARTAMENTO: El Departamento de Seguridad de Carreteras y Vehículos Motorizados, Tallahassee, Florida.

DISTRITO COMERCIAL: Una zona donde el 50% o más del terreno al lado de la carretera tiene uso comercial.

DISTRITO RESIDENCIAL: Una zona donde la mayoría del terreno al lado de la carretera es para casas.

INTERSECCIÓN: Donde se cruzan dos calles.

PEATÓN: Cualquier persona que se traslade a pie.

RESIDENTE: Es aquella persona que tiene su domicilio principal en este Estado por un período de más de seis meses consecutivos, que se ha inscrito para votar, ha hecho una declaración de domicilio conforme a lo establecido en la sección 222.17 de los Estatutos de la Florida, o que ha obtenido la exención que le permite al dueño de una residencia que es su hogar tenerla a prueba de acreedores o de ciertos impuestos.

VEHÍCULO: Todo dispositivo, en, dentro de o mediante el cual, cualquier persona es o puede ser transportada o llevada por una carretera, excepto los dispositivos usados exclusivamente en rieles o vías ferroviarias.

VEHÍCULO MOTORIZADO: Cualquier vehículo que se impulsa por sí mismo, incluyendo una combinación de vehículo motorizado, que no anda sobre rieles ni vías estacionarias, excluyendo a los vehículos movidos exclusivamente por la fuerza humana, sillas de ruedas motorizadas, y bicicletas motorizadas tal como se definen en la sección 316.003 de los Estatutos de la Florida.

RESTRICCIÓN: Una prohibición contra la operación de ciertos tipos de vehículos motorizados o un requisito de que un conductor cumpla con ciertas condiciones cuando se halle conduciendo un vehículo motorizado.

REVOCACIÓN: La terminación del privilegio de conducir que gozaba un conductor con licencia.

SUSPENSIÓN: El retiro temporal que se le hace a un conductor con licencia del privilegio de conducir un vehículo motorizado.


Capítulo 1

Su Licencia

Clasificación de las Licencias de Conducir de la Florida

El Departamento de Seguridad de Carreteras y Vehículos Motorizados otorga actualmente las siguientes clases de licencias: Clase A, B, C, D y E. Las Clases A, B y C son para los conductores de vehículos motorizados comerciales, tales como camiones grandes y autobuses. Las Clases D y E son para los conductores de vehículos no comerciales. Hay otro manual titulado Manual para la Licencia de Conducir Comercial para Conductores de Camiones y Autobuses. Este manual está disponible en todas las oficinas de licencias de conducir. Si usted desea conducir un vehículo motorizado comercial, deberá ser debidamente examinado y obtener una licencia para hacerlo.

¿Quién La Necesita?

1. Si usted vive en Florida y quiere conducir un vehículo motorizado en las calles y carreteras públicas. 2. Si usted se muda a la Florida y tiene una licencia válida de otro Estado, deberá obtener una licencia de la Florida antes de transcurridos 30 días de hacerse residente. Se considera que usted es residente de la Florida si:

  • matricula a sus hijos en una escuela pública, o
  • se inscribe para votar, o
  • pide una exención de residencia inalienable, o
  • acepta un empleo, o
  • reside en Florida por más de seis meses consecutivos.

¿Quién No La Necesita?

Las siguientes personas pueden conducir en Florida sin tener una licencia de conducir de Florida si tienen una licencia válida de otro Estado o país:

  • Personas que no sean residentes y que tengan por lo menos 16 años.
  • Personas empleadas por el gobierno de los Estados Unidos que conduzcan un vehículo del gobierno federal en calidad oficial.
  • Cualquier persona que no sea residente y que trabaja para una empresa bajo contrato con el gobierno federal. (Esta exención es solamente por 60 días.)
  • Cualquier persona que no sea residente y que asiste a una universidad en la Florida.
  • Personas que solamente conduzcan vehículos como tractores agrícolas o maquinaria de carreteras temporalmente pueden conducir sin una licencia.
  • Un conductor con licencia que reside en otro Estado y que viaja regularmente entre su casa y su trabajo en la Florida.
  • Peones de granja inmigrantes que no sean residentes aunque tengan empleo o pongan a sus hijos en escuelas públicas, siempre y cuando tengan una licencia válida de su Estado de residencia.
  • Miembros de las Fuerzas Armadas destacados en la Florida y sus dependientes, con estas excepciones: a. Un militar o cónyuge que pide una exención de residencia inalienable (todos los conductores en la familia tienen que obtener licencias de la Florida). d. Un hijo que obtiene un empleo (solamente el hijo empleado que conduce tiene que obtener una licencia de la Florida). b. Un militar que obtiene un empleo (todos los conductores en la familia tienen que obtener licencias de la Florida). c. Un cónyuge que obtiene un empleo (el cónyuge y los hijos que conducen deben obtener licencias de la Florida). d. Un hijo que obtiene un empleo (solamente el hijo empleado que conduce tiene que obtener una licencia de la Florida).

Licencia de Conducir de Aprendiz

La persona que tiene una Licencia de conducir de Aprendiz debe ir acompañada de un conductor con licencia, que tenga 21 años o más, y que vaya ocupando el asiento delantero para el pasajero. A fin de ser elegible para una licencia Clase E, todos los conductores de 15 años de edad y menores de 18 años, deben tener una Licencia de Aprendiz por al menos 12 meses sin condenas o quien tiene una condena pero decide asistir a una escuela de tránsito, por lo cual dicha adjudicación debe ser retenida conforme a lo establecido en la sección 318.14 de los estatutos de la Florida. Los padres o su tutor legal deben asimismo certificar que el conductor tiene una experiencia de conducción de 50 horas, 10 de las cuales deben incluir el conducir de noche.

Los conductores sólo pueden conducir entre las 6 de la mañana y las 7 de la tarde durante los primeros tres meses desde la fecha de emisión original cuando va acompañado por un conductor con licencia, de 21 años o mayor, y que vaya ocupando el asiento delantero del pasajero.

Los conductores pueden operar un vehículo desde las 6 de la mañana hasta las 10 de la noche con un conductor con licencia, de 21 años de edad o mayor que ocupe el asiento delantero del pasajero, después de transcurridos los tres meses. Los conductores que poseen una licencia de aprendiz no son elegibles para un endoso de motocicleta.

NOTA: El tener una licencia de conducir de aprendiz no significa que usted puede conducir en otros Estados. Tendrá que asesorarse con respecto a las leyes de cada Estado.

Requisitos

  • Tener por lo menos 15 años de edad.
  • Pasar los exámenes de la vista, de las señales de la carretera y de las reglas de la carretera.
  • Obtener la firma de un padre (o tutor) en el formulario de consentimiento si es menor de 18 años de edad.
  • Terminar el Curso de Educación sobre las Leyes de Tránsito y el Abuso de Sustancias Controladas.
  • Tener dos formas de identificación (véase la sección Cómo Identificarse).
  • Número de Seguro Social.
  • Debe cumplir con la asistencia escolar.

Cómo Identificarse

Las leyes estatales exigen la identificación, constancia de la fecha de nacimiento, y número de la seguridad social antes de que se pueda emitir una licencia de conducir o tarjeta de identificación. La persona que solicite una licencia de conducir original o una tarjeta de identificación DEBERÁ presentar el original o una copia certificada de uno de los primeros cinco documentos mencionados, a menos que ya se haya establecido un registro de licencia de conducir o de tarjeta de identificación:

IDENTIFICACIÓN PRIMARIA

1. Partida de nacimiento de los Estados Unidos.
2. Pasaporte válido de los Estados Unidos.
3. Tarjeta de recibo de Inscripción de Extranjero, (Tarjeta verde, Formulario I-151).
4. Tarjeta de autorización de empleo emitida por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos (Formulario I688b).
5. Constancia de clasificación de no inmigrante provista por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos (Formulario I94).Y un documento secundario, que puede incluir uno de los siguientes documentos:

IDENTIFICACIÓN SECUNDARIA

6. Documentos escolares con la fecha de nacimiento que contengan la firma del funcionario de la institución.
7. La transcripción del registro de nacimiento registrado por un funcionario público a cargo del registro de certificados.
8. Una partida de bautismo que muestre la fecha de nacimiento y el lugar del bautismo.
9. Una póliza de seguro de vida del individuo que haya estado vigente por lo menos dos años y que tenga el día, mes y año del nacimiento.
10. Una tarjeta de identificación de militar o de dependiente de militar. Una licencia de conducir válida o vencida de la Florida o de otro Estado.
11. Una licencia de conducir válida o vencida de la Florida o de otro Estado.
12. Un registro de licencia de conducir o de tarjeta de identificación de la Florida.
13. Un Registro del Servicio Selectivo (Tarjeta de reclutamiento).
14. Un certificado de Registro de Vehículo de la Florida (HSMV 83399, la copia del dueño) obtenido en la oficina de recaudación de impuestos donde se registró el vehículo del cliente, el certificado de registro de la Florida o de otro Estado, si se indica el nombre y la fecha de nacimiento.
15. Tarjetas de identificación de personas que no son conductores de la Florida o de otro Estado (emitidas por el Estado).
16. Copia del recibo de su última licencia de conducir de la Florida.
17. Formulario de Inmigración I-571.
18. Formulario federal DD-214 (registro militar).
19. Un certificado de matrimonio.
20. Una orden judicial que incluya el nombre legal.
21. Una tarjeta de registro de votante de la Florida otorgada tres meses antes.
22. Identificación personal por un examinador o por una persona a quien el examinador conozca bien.
23. Tarjeta de Seguro Social.
24. Un registro del nacimiento en una Biblia de la familia o el anuncio del nacimiento en un álbum de bebé.
25. Formulario de Consentimiento del Padre/Madre (HSMV 71022).

Si ha cambiado su nombre legalmente debido al matrimonio o por orden judicial, deberá presentar también el original o una copia certificada de la partida de matrimonio o de la orden judicial. No se aceptarán fotocopias sin certificación de la autoridad emisora. Se exige una segunda identificación de la lista que aparece anteriormente. El Número del Seguro Social (si ha sido emitido) DEBE estar incluido en la solicitud de la licencia de conducir o de la tarjeta de identificación.

Educación sobre el Abuso de Sustancias Controladas

Si usted nunca ha tenido una licencia de conducir en ninguna jurisdicción (del Estado o país), se le requerirá que complete un curso de educación sobre las leyes de tránsito y sobre el abuso de sustancias controladas antes de que se le otorgue una licencia. Consulte la guía telefónica local por las direcciones pertenecientes a su zona.

El Consentimiento de los Padres para un Menor

Si usted es menor de 18 años y no está casado, su solicitud de una licencia de conducir tiene que estar firmada por uno de sus padres o por su tutor legal. LOS PADRASTROS NO PUEDEN FIRMAR PARA USTED SI NO LE HAN ADOPTADO LEGALMENTE. La solicitud tiene que ser firmada en presencia del examinador o ante un notario público. El firmante de su solicitud se compromete a asumir la responsabilidad por su acción de conducir. Si el firmante decide más tarde no aceptar dicha responsabilidad, su licencia será cancelada. Para cancelar la licencia, el firmante deberá escribir una carta al Departamento. La carta debe incluir el nombre completo y la fecha de nacimiento del conductor menor.

PADRES/TUTORES: El firmar este formulario constituye el consentimiento para que el menor de edad obtenga también una licencia para conducir a la edad de 16 años o mayor, a menos que usted notifique al Departamento que desea retirar este consentimiento. RECUERDE: EL FORMULARIO DE CONSENTIMIENTO DEBE CERTIFICARSE POR NOTARIO PÚBLICO O FIRMARSE EN PRESENCIA DEL EXAMINADOR.

Educación de Conductores

Los cursos de educación de conductores le ayudan a adquirir todas las habilidades que necesita para ser un buen conductor. Puede obtener más información al respecto consultando la guía telefónica bajo el título Instrucción para Conductores.

Examen de Conducir Administrado por Terceros

Muchos maestros de educación de conductores ayudan al Departamento de Seguridad de Carreteras y Vehículos Motorizados (DHSMV) a otorgar licencias a nuevos conductores. Los estudiantes que completen satisfactoriamente los cursos de Driver Education Licensing Assistance Program (DELAP) en las escuelas públicas y privadas participantes pueden recibir certificados de exención DHSMV de su instructor del curso de conducción. Estos certificados, al presentarse en la oficina local de licencias de conducir serán usados para reemplazar los exámenes escritos y/o prácticos de conducir para la emisión de una licencia de conducir de Aprendiz o licencia de Clase E. El DHSMV puede, sin embargo, examinar a cualquier estudiante elegido al azar antes de emitir una licencia de conducir. Los certificados de exención son válidos por un año a partir de la fecha original de emisión.

Códigos De Restricciones Y Endosos en Las Licencias De Conducir De La Florida

Códigos de Restricciones

A. LENTES DE CORRECCIÓN/CORRECTIVE LENSES – Quiere decir que una persona debe usar lentes de corrección en todo momento cuando conduce un vehículo. B. ESPEJO RETROVISOR EXTERIOR (Lado izquierdo)/OUTSIDE REARVIEW MIRROR – Quiere decir que el vehículo que la persona conduce debe tener un espejo retrovisor exterior del lado izquierdo. C. SÓLO PARA USO EN ASUNTOS PRIVADOS/BUSINESS PURPOSES ONLY – Quiere decir que la persona puede conducir solamente hasta el trabajo y estando en el trabajo, hasta la iglesia o por razones de educación y salud. D. SÓLO PARA USO AL TRABAJAR/EMPLOYMENT PURPOSES ONLY – Quiere decir que la persona sólo puede conducir hasta el trabajo y estando en el trabajo. E. SÓLO CON LUZ DIURNA/DAYLIGHT DRIVING ONLY – Quiere decir que la persona sólo puede conducir durante las horas de luz del día. F. TRANSMISIÓN AUTOMÁTICA/AUTOMATIC TRANSMISSION – Quiere decir que la persona sólo puede conducir un vehículo con transmisión automática. J. PERILLA EN EL VOLANTE/GRIP ON STEERING WHEEL – Quiere decir que el vehículo debe estar equipado con una perilla o un mango en el volante.Quiere decir que el vehículo debe estar equipado con una perilla o un mango en el volante. K. APARATO PARA SORDOS/HEARING AID – Quiere decir que la persona debe usar un aparato para sordos en todo momento cuando conduce. L. ALMOHADÓN/SEAT CUSHION – Quiere decir que la persona debe usar un almohadón en todo momento cuando conduce. M.CONTROLES MANUALES O EXTENSION DE PEDALES/HAND CONTROLS OR PEDAL EXTENSION – Quiere decir que el vehículo debe estar equipado con controles manuales o una extensión en los pedales. N. ACELERADOR PARA EL PIE IZQUIERDO/LEFT FOOT ACCELERATOR – Quiere decir que el vehículo debe estar equipado con un acelerador para el pie izquierdo. P. DISPOSITIVO PARA BLOQUEAR EL ARRANQUE – LIBERTAD CONDICIONAL/PROBATION-INTERLOCK DEVICE – Quiere decir que el vehículo tiene que estar equipado con un dispositivo que bloquee el arranque a determinadas horas especificadas por la corte que impone la restricción. S. OTRAS RESTRICCIONES/OTHER RESTRICTIONS – Quiere decir que hay otras restricciones impuestas en esta licencia. T. NINGÚN PASAJERO EN LA MOTOCICLETA/NO PASSENGERS ON MOTORCYCLE – Quiere decir que el individuo no puede transportar a ningún pasajero cuando conduzca una motocicleta. X. BRAZALETE DE ALERTA MEDICA/MEDICAL ALERT BRACELET – Quiere decir que la persona debe llevar un brazalete de alerta médica en todo momento cuando conduce. Y. SÓLO PARA FINES EDUCATIVOS/EDUCATIONAL PURPOSES ONLY – Quiere decir que la persona sólo puede conducir para fines de educación.

Códigos de las Restricciones que Aparecen Solamente en las Licencias de Conducir Comerciales

1. VEHICULOS SIN FRENOS DE AIRE/VEHICLES W/O AIR BRAKES – Otorgada a aquellos que no han aprobado los exámenes escrito y práctico requeridos para conducir vehículos con frenos de aire. 2. CDL-SÓLO INTRAESTATALES(CMV)/CDL-INTRASTATE ONLY (CMV) – Otorgada a aquellos que están autorizados a conducir vehículos motorizados comerciales solamente en Florida. 3. SOLO PARA AUTOBUS (CMV)/BUS ONLY (CMV) – Otorgada a las personas que tomaron los exámenes escrito y práctico que los autorizan a conducir vehículos de motor comerciales que sean autobuses solamente. 4. CMV <26,001 LBS. Valor del Peso Bruto del Vehículo 5. NO PARA TRACTORES/REMOLQUES 6. NO PARA VEHÍCULOS DE PASAJEROS CLASE A 7. NO PARA VEHÍCULOS DE PASAJEROS CLASE B

NOTA: A aquellas personas con restricciones en su licencia que no cumplan con los requisitos de las restricciones se les puede dar una citación por la violación de la restricción y pudiera ser suspendida. Ofensas de este tipo son infracciones de segundo grado, excepto las violaciones del código X.

Códigos de Endosos

Estos endosos están ubicados en las licencias de conducir comerciales de Clase A, B o C y en ciertas licencias de Clase D.

E. VEHÍCULOS DE EMERGENCIA/EMERGENCY VEHICLES – Otorgado a aquellos que conducen un vehículo de emergencia, que es un vehículo a motor comercial, pero que están exentos por ley de obtener una licencia de conducir comercial. F. CMV DE GRANJA/FARM CMV – otorgada a quienes conducen vehículos a motor comerciales del tipo de granja, pero que están exentos por ley de obtener una licencia de conducir comercial. H. MATERIALES PELIGROSOS CON LETRERO/PLACARDED HAZMAT – otorgada a aquellos que han pasado los exámenes escrito y práctico requeridos y que transportarán materiales peligrosos debidamente señalizados. N. VEHÍCULOS CISTERNA/TANK VEHICLES – otorgada a quienes hayan pasado el examen escrito y práctico exigidos y que conducirán vehículos cisterna. P. PASAJEROS/PASSENGERS – otorgada a quienes hayan pasado el examen escrito y práctico exigidos y que conducirán vehículos de pasajeros. T. REMOLQUES DOBLES/TRIPLES/DOUBLE/TRIPLE TRAILERS – otorgada a quienes hayan pasado el examen escrito y práctico exigidos y que conducirán vehículos que tiren de remolques dobles o triples. X. MATERIALES PELIGROSOS CON LETRERO & VEHÍCULOS CISTERNA/PLACARDED HAZMAT & TANK VEHICLES – otorgada a quienes califican para los endosos H y N.

Requisitos para Tomar el Examen

En la solicitud de la licencia para conducir tiene que enumerar todos los problemas físicos o mentales que podrían afectar su desempeño al conducir. Muchos de los problemas físicos se pueden resolver poniendo restricciones a su licencia. Si usted padece de epilepsia, desmayos, mareos, pérdida del conocimiento, o cualquier otra condición médica que pueda menoscabar su capacidad para conducir, se le puede exigir que su médico complete un formulario de informe médico. Puede solicitar uno de estos formularios a la oficina local de licencias de conducir y se le enviará directamente por correo. Su médico deberá completar el informe y presentarlo ante el Departamento antes de que pueda otorgársele la licencia de conducir.

Si usted es diabético y usa insulina, puede pedir que esto se indique en su licencia usando las palabras “Dependiente de la Insulina”.

El Propósito del Examen de la Licencia de Conducir

El propósito del examen es comprobar varias cosas:

a. ¿Puede usted leer y entender las señales de la carretera, los letreros de tráfico y las marcas en las carreteras? b. ¿Sabe usted las reglas de conducir en Florida? c. ¿Puede usted ver suficientemente bien para conducir con seguridad? d. ¿Tiene usted la competencia y experiencia para conducir con seguridad? e. ¿Tiene usted impedimentos físicos o mentales que pueden afectar su conducir?

Requisitos para Tomar el Examen*

Las personas que solicitan licencias originales de la Florida tendrán que tomar los siguientes exámenes:

  1. Licencia de Conducir de Aprendiz – vista, oído, señales de la carretera y normas de la carretera de la Clase E.
  2. Licencia Clase E – vista, oído, señales de la carretera, normas de la carretera de la Clase E y examen de conducir.
  3. Licencia Clase D – vista, oído, señales de la carretera, normas de la carretera Clase D y examen de conducir (no se requiere el examen de conducir si el solicitante tiene una licencia válida de conducir de la Florida, Clase E).NOTA: Las personas que tienen una licencia válida de otro Estado, posesiones en los Estados Unidos, Francia, o Canadá, sólo tendrán que tomar el examen de la vista, a menos que se dude de su habilidad para conducir. A las personas que posean una licencia de Alemania y Taiwan se les exige tomar un examen de la vista, del oído y un examen escrito, a menos que se dude de su habilidad para conducir.
  4. Endoso para motocicletas – Además de los exámenes mencionados, los solicitantes que soliciten un endoso para motocicletas tienen que aprobar el examen escrito sobre conocimientos de motocicletas y un examen de habilidad en la motocicleta (a menos que ya tengan un endoso para motocicletas en la licencia de otro Estado).
  5. Licencias de conducir comerciales – consulte el Manual para Conductores de Camiones y Autobuses de la Florida para ver cuáles son los exámenes requeridos. *Todos los vehículos usados en los exámenes de conducir o las motocicletas, serán inspeccionados por el examinador.

El Propósito del Examen para la Licencia de Conducir

El propósito del examen de la licencia de conducir es el de averiguar varias cosas:

  1. ¿Puede usted leer y comprender las señales de la carretera, señales de tránsito y marcas en el pavimento de las carreteras?
  2. ¿Conoce usted las normas para conducir de la Florida?
  3. ¿Puede ver lo suficientemente bien como para conducir con seguridad?
  4. ¿Posee la habilidad y experiencia como para conducir con seguridad?
  5. ¿Tiene alguna incapacidad física o mental que podría afectar su manera de conducir?

Información sobre los Exámenes

EXAMEN DE LA VISTA – evaluación estándar de la visión Lentes de Contacto o Anteojos:

  • Si usted necesita llevar anteojos o lentes de contacto para aprobar el examen, tendrá la restricción de llevar lentes correctivos cuando conduzca.
  • ·Anteojos con cristales telescópicos- no podrá ser elegible para obtener una licencia de conducir si usa lentes con cristales telescópicos.

Requisitos: Se podrá revocar su privilegio de conducir si no satisface las normas de la visión. A fin de poder pasar deberá satisfacer las siguientes normas de la visión con o sin lentes correctivos:

  • Tener una visión de 20/40 (o mejor) en cada uno y en ambos ojos, con o sin lentes de corrección.
  • Si tiene una visión de 20/200 (o peor) deberá tener 20/40 (o mejor) en el otro ojo, con o sin lentes de corrección.
  • Si tiene una visión de 20/70 (o mejor) en cualquier ojo por separado, o en ambos ojos juntos. El ojo peor debe tener una visión mejor que 20/200, con o sin lentes de corrección. Tal vez se le pida que vea a un optómetra.


EXAMEN DE LAS SEÑALES DE LA CARRETERA – Es un examen de múltiple opción que consiste en 20 señales de la carretera para que usted las identifique según sus colores, formas y significados.

EXAMEN DE LAS REGLAS DE LA CARRETERA – Es un examen de múltiple opción que consiste en 20 preguntas con respecto a las leyes de tránsito de la Florida.

INSPECCIÓN DEL VEHÍCULO – su vehículo será inspeccionado a fin de determinar si es seguro para el examen de conducir.

Muestra preliminar del examen de la vista

fig1

EXAMEN DE CONDUCIR ·

  • Usted debe traer su propio vehículo para tomar el examen de conducir.
  • Debe proporcionar una constancia de seguro de protección contra lesiones personales y un registro válido del vehículo en el que se tomará el examen.
  • Si no tiene una licencia válida, deberá ir acompañado de un conductor con licencia.
  • Las personas con licencia de aprendiz deben tener por lo menos 16 años de edad y haber tenido la licencia de aprendiz durante 12 meses.
  • Nadie puede acompañarlo a usted y al examinador durante el examen de conducir.

Durante el examen de conducir se esperará que pueda efectuar las siguientes maniobras: (Para mas información vea el Capítulo Tres):

  • Virar – Virar su automóvil en un espacio de 30 a 40 pies.
  • Cambiar Velocidades – Cambiar las velocidades suave y correctamente (si su automóvil es de transmisión manual).
  • Acercarse a una intersección – Ponerse en el carril apropiado y mirar en ambas direcciones. Cambiar las velocidades suave y correctamente (si su automóvil es de transmisión manual).
  • Respetar el derecho de vía – Permitir cruzar a los peatones, echarse a un lado y parar para vehículos de emergencia y no entrar en una intersección cuando estorbará el tráfico.
  • Estacionar al lado de otro automóvil – Estacionar su vehículo derecho en el espacio que tiene para estacionar. Cuando está correctamente estacionado, el vehículo debe estar centrado y dentro del espacio, sin que ninguna parte del vehículo sobresalga hacia el carril del tráfico. Esta maniobra da al examinador la oportunidad de observar su capacidad de: a) conducir el vehículo en sitios de poco espacio b) calcular las distancias c) mantener el control del vehículo al doblar para entrar en un espacio para estacionar.
  • Parar rápidamente – Conducir a 20 millas por hora y parar rápido y en forma segura cuando se lo diga el examinador.
  • Dar marcha atrás – Dar marcha atrás por una distancia de 50 pies a poca velocidad. No use el espejo retrovisor al dar marcha atrás. En su lugar, mire hacia atrás.
  • Obedecer las señales de parar (stop) -Dar las señales apropiadas si se va a doblar, acercarse por el carril apropiado, parar completamente antes de llegar al paso de peatones o línea de “stop”, y quedarse parado hasta que pueda proseguir en forma segura sin estorbar el tráfico de la intersección.
  • Obedecer las señales de tráfico – Ponerse en el carril apropiado y acercarse a la luz a una velocidad que le permita parar si la luz cambia. Cuando tenga que parar, pare antes del paso de peatones o la línea de “stop”. Cuando la luz cambie a verde, no avance hasta que los otros automóviles hayan salido de la intersección. Dé la señal correcta de parar y doblar. Esté atento a las señales de “no turn” (no doblar) y “one way” (de una sola dirección).
  • Señalar y doblar – Póngase en el carril apropiado y señale su intención de doblar por lo menos 100 pies antes de hacerlo. Usted puede usar señales de mano o señales mecánicas. Reduzca la velocidad antes de llegar al paso de peatones y doble en el carril apropiado.
  • Pasar – Siempre mire hacia adelante y hacia atrás para asegurarse de que puede pasar con seguridad. Pase por la izquierda, a menos que el automóvil adelante vaya a doblar a la izquierda o esté en el carril izquierdo en una calle con más de un carril en cada dirección. No pase por el andén(la orilla de la calle).
  • Mantenerse en el carril apropiado – Conduzca por el carril de la derecha excepto en una calle de una sola vía. No cambie de carril hasta que pueda hacerlo con seguridad.
  • Seguir a una distancia segura – No conduzca demasiado cerca detrás de otros automóviles. Aplique la Regla de Los Dos Segundos.
  • Usar una postura apropiada – Mantenga las dos manos en el volante y no apoye el codo en la ventanilla.

Después del examen, el examinador le explicará los errores que usted haya cometido. Si queda descalificado en el examen de conducir, se le pedirá que estudie o practique antes de volver para tomar otro examen. Se le pedirá que regrese otro día para tomar exámenes adicionales debido al volumen de los exámenes de conducir, que se llevan a cabo en cada sitio donde se otorgan las licencias de conducir. Si aprueba el examen, el examinador le cobrará el costo de la licencia y se la otorgará. Si tenía una licencia de conducir válida de aprendiz o un permiso de aprendiz, no se le cobrará ningún costo adicional por el reemplazo de la licencia de clase E al aprobar el examen de conducir.

NOTA: EXAMEN DE HABILIDAD EN LA MOTOCICLETA — Estudie el Manual de Conducir Motocicletas de la Florida para obtener un mayor conocimiento y saber cuáles son los procedimientos para examinar la capacidad de conducir una motocicleta.

Citas

Se recomiendan las citas, si bien no se exigen, para muchos de los servicios ofrecidos por las oficinas de licencias de conducir. Póngase en contacto con la oficina local de licencias de conducir a fin de determinar si es necesario concertar una cita para el tipo de servicio que usted necesita. Llame con anticipación para la cita y llegue por lo menos cinco minutos antes de la hora fijada. De todos modos, usted también puede presentarse en la oficina de licencias de conducir sin haber concertado previamente una cita; sin embargo, el servicio más rápido se otorga a través del sistema de citas.

Cambio de Dirección

Deberá obtener una nueva licencia que indique su nueva dirección antes de transcurridos 10 días del cambio. Puede efectuar el cambio de dirección de su licencia de conducir o de su tarjeta ID:

  1. Usando el teléfono de su casa haciendo una llamada por tono al 1-800-448-1002. Se cobra un arancel de $4 por el servicio más un arancel de $10 por la licencia.
  2. Por correo, asegurándose de incluir su nombre, nueva dirección, número de la licencia de conducir, y fecha de nacimiento. Envíelo por correo a División of Driver Licenses, Mail Stop 92, Post Office Box 5775, Tallahassee, Florida 32314-5775. Incluya un cheque por $10 o un giro bancario pagadero a DHSMV. Recibirá por correo las correcciones correspondientes. Deje pasar 30 días para su procesamiento.
  3. Visitando su oficina local de licencia de conducir.
  4. Por Internet en https://express.hsmv.state.fl.us. Se cobra un arancel de $3 por el servicio más un arancel de $10 por la licencia.
  5. Las leyes de la Florida exigen que destruya su vieja licencia cuando reciba la nueva.

Cambio de nombre

Como constancia del cambio de nombre tiene que presentar en la oficina de licencias de conducir una orden de la corte o una partida de matrimonio. Los documentos deben ser originales o copias certificadas.

Licencia Duplicada

Si su licencia de conducir se le pierde, se la roban o se destruye, solicite inmediatamente un duplicado. En la oficina de licencias de conducir usted deberá:

  • firmar una declaración indicando que ha perdido su licencia;
  • mostrar su identificación;
  • pagar el arancel por la licencia duplicada ($10).
  • si se presentó la denuncia policial por la licencia robada se le emitirá un duplicado “sin costo”.

Renovación De Su Licencia De Conducir

Las licencias de conducir son válidas por cuatro o seis años. Los solicitantes nuevos (primera vez) y los que renuevan, que tengan un expediente libre de condenas durante los últimos tres años, y ninguna suspensión ni revocación por los últimos siete años, pueden obtener una licencia de seis años.

Renovación en la Oficina de Licencias de Conducir

Antes de renovar su licencia, habrá una inspección de su expediente de conducir. Si no ha tenido ninguna condena por violaciones al conducir en los últimos tres años, o si tiene un expediente libre de suspensiones/revocaciones/descalificaciones por los últimos siete años, se le emitirá una licencia de seis años. Pueden pedirle que tome otras partes del examen si:

  1. El examinador tiene motivos para poner en duda su habilidad de conducir.
  2. Su licencia no puede renovarse si:Su licencia no puede renovarse si: a. No está calificado para recibir una licencia. b. No se presentó a una citación efectuada por motivo de una violación de tráfico. c. Su licencia de conducir es suspendida, revocada o cancelada.

Renovación por Correo, Internet o por Teléfono

Los conductores pueden renovar su licencia por correo en dos vencimientos consecutivos. Usted recibirá un aviso de renovación por correo aproximadamente 30 días antes de que venza su licencia. No se cobra ningún arancel adicional por la renovación efectuada por correo. Puede efectuar la renovación por Internet en https://express.hsmv.state.fl.us. Se le cobrará la suma de $3 en concepto de servicio prestado, sumado al arancel de renovación. Puede renovar por teléfono llamando al 1-800-448-1002. Se le cobrará un arancel de $4 por el servicio además del arancel por renovación. Después de que su solicitud haya sido procesada, recibirá un autoadhesivo de renovación de cuatro a seis años para pegarlo en el dorso de su licencia actual. Los conductores que tengan una licencia digital recibirán una licencia nueva. Las leyes de la Florida requieren que destruya su vieja licencia de conducir luego de recibir la nueva.

Renovación para Militares por Correo

Los miembros de las Fuerzas Armadas que están en servicio activo fuera de la Florida pueden renovar sus licencias por correo sin rendir examen. Sus cónyuges e hijos que viven con ellos pueden hacer lo mismo. Por lo menos 3 meses antes del vencimiento de su licencia, escriba a: División of Driver Licenses, 2900 Apalachee Parkway, MS 92, Tallahassee, Florida 32399-0575, o envíe su mensaje por correo electrónico a [email protected]. Debe dar su nombre tal como aparece en su licencia, el número de la licencia de conducir, su fecha de nacimiento y la dirección y el código postal de fuera del Estado. El Departamento le enviará más información por correo.

Los Veteranos

Cualquier veterano que haya sido dado de baja honorablemente de las Fuerzas Armadas y a quien se le haya otorgado una tarjeta de identificación válida de parte de División of Veteranos Affairs del Departamento de Administración, y que dicho Departamento haya determinado que tenga una incapacidad en relación al servicio de un 100% y que cumple con los requisitos para tener una licencia de conducir Clase E o Clase D, está exento de pagar los aranceles por la licencia inicial, de renovación y de endoso de motocicleta.

Tarjeta de Identificación

Si usted necesita una tarjeta de identificación, puede solicitar una en cualquier oficina de licencias de conducir. Para obtener la tarjeta de identificación, tiene que:

  1. 1. Tener 12 años o más. (Cualquier persona puede obtener una tarjeta de identificación si solicita un permiso de estacionamiento para discapacitados)
  2. Presentar su tarjeta oficial de Seguro Social que fue emitida por la Administración de Seguro Social; y
  3. Presentar otra identificación. Vea la sección bajo el título Cómo Identificarse.

La tarjeta contendrá una foto a color, el nombre completo, el sexo, la dirección, la fecha de nacimiento y demás datos que el Departamento considere necesarios. Las tarjetas de identificación son válidas por 4 años. Los ciudadanos que tengan 60 años o más reciben una tarjeta de identificación “vitalicia”.

Costos de la Licencia
Costo inicial para la primera licencia de la Florida, todos los tipos excepto licencias de conducir comerciales $20
Licencia de conducir de aprendiz 20
Renovación de la licencia Clase E 15
Renovación de la licencia Clase D 15
Licencia de conducir comercial 50
Licencia duplicada (si se pierde o se destruye) 10
Licencia robada – si hay una declaración oficial a la policía Gratis
Licencia reemplazo (tiene que entregar la licencia incorrecta) 10
Otro Costos
Endosos de licencias de conducir comerciales 5
Endoso de motocicleta 5
Tarjeta de identificación 3
Tarjeta de identificación duplicada (si se pierde o se destruye la tarjeta de identificación 2.50
Costo por mora (pagado si la licencia vence menos de 12 meses antes de la solicitud de renovación) 1



Costos de Servicio
Costo administrativo por ofensas relacionadas con el alcohol o las drogas (además de cualquier otro costo) 105
Después de haberse revocado la licencia 50
Después de haberse suspendido la licencia 25
Después de haberse descalificado la licencia 50



Costos por Suspensión de Seguros
Por no mantener en vigor el seguro PIP: (primera suspensión) 150
(segunda suspensión 250
(tercera suspensión) 500
Bajo la ley de Responsabilidad Financiera No tener seguros de responsabilidad financiera (Ley de Responsabilidad Financiera) 15
Nota: Si le suspenden la licencia bajo las leyes de PIP y responsabilidad financiera, tendrá que pagar por ambos costos de restauración.



Programa de Educación de Donantes de Órganos y Tejidos

A través del milagro del transplante, muchas personas de la Florida están llevando vidas saludables y productivas. Sin embargo, la necesidad de órganos y tejidos donados continúa siendo superior a la cantidad de donaciones recibidas. En este mismo momento, hay miles de personas que podrían recibir ayuda si más de nosotros nos convirtiéramos en donantes de órganos y tejidos.

La donación de órganos y tejidos nos proporciona a cada uno de nosotros una oportunidad especial de ayudar a los demás. La donación de órganos y tejidos vitales puede salvar vidas donde no existe ninguna otra esperanza. El transplante de corazón, hígado, pulmones y riñones salva vidas diariamente. Además, los transplantes de hueso, piel y de córnea a menudo restauran la vista y salvan a las víctimas de quemaduras.

¿Cómo Puede Ayudar?

1. Indique su deseo de donar órganos y tejidos en su licencia de conducir de la Florida o en su tarjeta de identificación. 2. Cuéntele a su pariente más cercano o tutor legal. 3. Done un mínimo de $1 para el fondo de educación de donantes de órganos y tejidos. 4. TODO LO ANTERIOR.

Contribuciones Voluntarias

Cuando solicita una licencia de conducir o una tarjeta de identificación, puede contribuir en forma voluntaria a los siguientes fondos fiduciarios especiales:

Campaña Electoral – (Election Campaign) un mínimo de $5 a ser transferidos a Election Campaign Financing Trust Fund.

Educación de Donantes de Órganos y Tejidos y Fondo Fiduciario de Procuración – (Florida Organ And Tissue Donor Education And Procurement Trust Fund) un mínimo de $1 para la educación de donantes de órganos y tejidos y para mantener el registro de donantes de órganos y tejidos.

Consejo de Ciegos de la Florida – (Florida Council of the Blind) un mínimo de $1 por ayudar a las personas a quienes ya se les ha diagnosticado ceguera.

Prevenga la Ceguera – (Prevent Blindness of Florida) un mínimo de $1 para prevenir la ceguera y preservar la vista de los residentes del Estado de la Florida.

Instituto de Investigación de la Audición – (Hearing Research Institute) un mínimo de $2 para evaluaciones auditivas en los niños de la Florida.

Fundación Internacional de la Diabetes en los Jóvenes – (Juvenile Diabetes Foundation International) una contribución mínima de $1.


Capítulo 2

Su Privilegio de Conducir

El conducir un vehículo de motor en la Florida es un privilegio que hay que ganar. No se puede obtener una licencia en la Florida en las siguientes condiciones:

  • Si su licencia es suspendida o revocada en otro Estado.
  • Si usted es adicto a las drogas o al alcohol.
  • Si usted no puede conducir en forma segura debido a problemas mentales o físicos; (La sordera por sí sola no constituye un impedimento para la emisión de una licencia)
  • Si tiene menos de la edad legal para recibir una licencia (15 años para la licencia de aprendiz o 16 años para la licencia Clase D o E).

Todo conductor que obtiene una licencia debe conducir con cuidado a fin de poder retenerla. Si usted infringe las leyes de tránsito o maneja de una manera peligrosa, se le quitará la licencia. La misma le puede ser suspendida, revocada o cancelada.

  • Su licencia puede ser SUSPENDIDA si usted:
  • Hace una solicitud fraudulenta para recibir una licencia.
  • Permite que se use su licencia para un propósito que está contra la ley.
  • Es declarado culpable en una corte de tráfico y la corte ordena la suspensión de su licencia.
  • Se niega a tomar un examen para determinar si está conduciendo bajo la influencia del alcohol o las drogas.
  • Usa indebidamente una licencia restringida.
  • Acumula cierto número de puntos por infracciones de tráfico en el sistema de puntos.
  • Viola una ley de tráfico y no paga la multa ni comparece ante la corte como le ordenaron.
  • Incumple en el pago de la pensión alimenticia de un hijo.
  • Incumple al no llevar el seguro en su vehículo.
  • No se detiene por un autobús escolar.
  • Uso de tabaco sin tener la edad suficiente.

Su licencia debe ser REVOCADA si es declarado culpable o los expedientes del Departamento indican que usted:

  • estaba conduciendo bajo la influencia del alcohol, drogas o de alguna otra sustancia controlada. · Cometió un delito grave en que se usó un vehículo de motor.
  • No se detuvo para prestar ayuda cuando el vehículo que usted conducía estuvo involucrado en un accidente que causó lesiones o muertes.
  • Mintió sobre la propiedad o la operación de vehículos de motor.
  • Estuvo involucrado en tres casos de conducir peligrosamente dentro de un año. El perder una fianza y no comparecer ante la corte para evitar una condena por conducir peligrosamente cuenta como una condena.
  • Un acto inmoral en que se usó un vehículo de motor.
  • Tres ofensas graves o 15 ofensas por las cuales recibe puntos en un período de 5 años.
  • Un delito grave por estar en posesión de drogas.
  • Tener una visión por debajo de los requisitos mínimos normales.

Una corte también puede ordenar que se revoque su licencia si cometió otras infracciones de tráfico. Su licencia será revocada por un mínimo de tres años si usted mata a alguien por conducir con imprudencia.

Cancelación

Su licencia será cancelada si se descubre que fue otorgada por error o fraude (dando información o identificación falsa). Si le revocan la licencia, se la quitan por un período de 6 meses o para siempre. En algunos casos, puede solicitar una nueva licencia después de cierto tiempo.

El Sistema de Puntos

puntos por violación*
Abandonar el lugar de un accidente que haya dado como resultó en daños a la propiedad por más de $50 6
Conducir a una velocidad no permitida que haya dado como resultado un accidente 6
Conducir imprudentemente 4
Cualquier infracción de movimiento que haya dado como resultado un accidente 4
Pasar un autobús de escolar que esté parado 4
Conducir durante horas restringidas 4
Velocidad ilegal – 16 MPH o más, por encima de la velocidad permitida e indicada 4
Velocidad ilegal – 15 MPH o menos , por debajo de la velocidad permitida e indicada 3
Las multas se duplican cuando las infracciones tienen lugar en una zona escolar o en construcción, con penas civiles que pueden llegar hasta $1.000 y pueden exigir al conductor que complete un curso para conducir.
Todas las otras infracciones de los movimientos(incluyendo el estacionar en la carretera fuera de los límites de las municipalidades) 3
Violación del toque de queda 2
(El conductor corrige los defectos dentro de 10 días de la fecha de la emisión de la citación) 0
Contenedor Abierto cuando conduce 3
Violación de los sujetadores para niños 3
*El conductor recibe el mismo número de puntos enumerados si la condena ocurre en otro Estado o en una corte federal.

Duración de la suspensión

No más de
12 puntos dentro de 12 meses 30 días
18 puntos dentro de 18 meses 3 meses
24 puntos dentro de 36 meses 1 año

Al computar los puntos y las suspensiones, se usan las fechas de las infracciones de todas las condenas. Se deducen tres puntos del expediente del conductor de cualquier persona cuyo privilegio de conducir haya sido suspendido solamente una vez bajo el sistema de puntos y haya sido restituido, si es que dicha persona ha cumplido con todos los demás requisitos. NOTA: El cumplir una suspensión por puntos no impide que estas condenas se utilicen para acumular suspensiones o revocaciones.

Restricción Obligatoria de Menores

Cualquier conductor menor de 18 años que acumule cuatro o más puntos en un período de 12 meses se le restringirá automáticamente su privilegio de conducir a un año a poder conducir SOLO con fines de negocios. Si se acumulan puntos adicionales la restricción se extenderá por 90 días por cada punto adicional recibido.

Restricciones de Tiempo

Un conductor con licencia que tenga menos de 17 años no puede operar un vehículo a motor después de las 11:00 p.m. y antes de las 6:00 a.m., a menos que vaya acompañado por un conductor que tenga 21 años o más y que posea una licencia de conducir válida, a menos que la persona se halle conduciendo hacia y desde el trabajo. Un conductor con licencia que tenga 17 años no puede operar un vehículo a motor después de la 1:00 a.m. a menos que vaya acompañado de un conductor que tenga 21 años o más y que posea una licencia de conducir válida, a menos que la persona se halle conduciendo hacia y desde el trabajo.

PROCEDIMIENTOS PARA RECOBRAR LA LICENCIA

Reintegro & Audiencias Administrativas

Si su privilegio de conducir se suspende o se revoca, usted puede ser elegible para solicitar una licencia o reintegro por dificultad. A fin de obtener información sobre su elegibilidad llame a la oficina de Revisiones Administrativas, a la oficina de Licencias de Conducir, o a la oficina de Servicio al Cliente de Tallahassee.

Usted tal vez sea acusado de conducir bajo la influencia del alcohol si se le descubre conduciendo o en control físico real de un vehículo motorizado estando bajo la influencia del alcohol o de sustancias controladas. Las sustancias controladas incluyen los narcóticos, barbitúricos, cola y otros tipos de estimulantes, ya sea que se ingieran, se huelan, se fumen, se inyecten o se tomen por otros medios. Recibirá una suspensión administrativa si tiene un nivel de alcohol en el aliento o en la sangre de .08 o más, o si se rehusa a someterse a un examen químico. Esta suspensión requiere un período obligatorio sin licencia.

Si desea apelar a esta suspensión deberá solicitar una audiencia formal o una revisión informal en el Departamento de Licencias de Conducir que corresponda, en la oficina de Revisiones Administrativas antes de transcurridos 10 días de la fecha de su arresto. Esta suspensión se suma a cualquier otra pena impuesta por la corte. Se mantendrá en su expediente la condena por conducir bajo la influencia del alcohol o drogas por 75 años.

Algunos de los efectos producidos por el consumo de alcohol y drogas son la disminución del buen juicio, reacciones lentas, visión pobre, y falta de concentración. El buen juicio de una persona es lo primero que se ve afectado luego de ingerir una bebida alcohólica.

Tolerancia Cero

A cualquier conductor menor de 21 años de edad que sea detenido por la policía y tenga un nivel de alcohol en el aliento o la sangre de .02 o más alto, se le suspenderá automáticamente su privilegio de conducir por 6 meses. Esta es una suspensión de tipo administrativa y no se refleja como un cargo de conducir bajo la influencia de alcohol o drogas (DUI) en el expediente del conductor. Si el conductor se niega a someterse a un examen, su privilegio de conducir se suspenderá automáticamente por un año.

Sanciones por DUI (incluyendo convicciones previas de DWI y DUBAL)

1a Convicción 2a Convicción 3a Convicción 4 o más Convicciones
Multa $250-500 Con nivel de alcohol en la sangre de .08 o más alto un menor en el vehículo, no menos de $500 ni más de $1000 $500-$1000 Con nivel de alcohol en la sangre de .08 o más alto un menor en el vehículo, no menos de $1000 ni más de $2000 $1,000-$2,500 Con nivel de alcohol en la sangre de .08 o más alto un menor en el vehículo, no menos de $2000 ni más de $5000 No menos de $1000
Servicio a la Comunidad Un mínimo de 50 horas
Encarcelamiento No más de 6 meses con nivel de alcohol en la sangre de.08 o más alto o un menor en el vehículo, no mas de 9 meses No más de 9 meses en la 2da convicción dentro de 5 años 10 días de cárcel , 48 horas de confinamiento deben ser consecutivos No más de 12 meses en la 3ra convicción dentro de 10 años, en cárcel, 30 días obligatorios, 48 horas de confinamiento deben ser consecutivos No más de 5 años
Revocación de la Licencia Un mínimo de 180 días Un mínimo de 180 días 2da convicción de 5 años revocación de 5 años Un mínimo de 180 días 3ra convicción de 10 años revocación de 10 años Revocación permanente
Escuela de DUI 12 horas 21 horas 21 horas
Requisito de la escuela de DUI Evaluación realizada para determinar la necesidad de tratamiento Tratamiento requerido Tratamiento requerido

Renuncia: Este resumen fue preparando por el Departamento de Seguridad de Carreteras y Vehículos Motorizados y sólo debe usarse como referencia de todo el texto de ley antes de llegar a conclusiones legales.

El Tomar y Conducir

El alcohol es la causa directa de cerca del 38% de los accidentes de tránsito en los cuales alguien muere. Si toma alcohol, aunque sea un poco, las probabilidades de que tenga un accidente son muchos mayores que si usted no toma nada de alcohol. Nadie puede tomar alcohol y conducir de manera segura al mismo tiempo, aun cuando usted sea un conductor experimentado. Los nuevos conductores se ven más afectados que los experimentados debido a que aún están aprendiendo a conducir. Debido a que el tomar alcohol y después conducir es tan peligroso, las penas que se aplican son muy severas. Las personas que conducen después de haber tomado alcohol se arriesgan a que se les apliquen multas severas, tasas de seguro más altas, pérdida de la licencia e incluso ser sentenciado a la cárcel.

El Peligro Que Representa el Tomar Y Conducir

El alcohol reduce todas las habilidades que son importantes y necesarias para conducir de manera segura, tales como el buen juicio, el tiempo de reacción, la visión y la concentración. El alcohol es absorbido por la pared del estómago y luego pasa directamente al torrente sanguíneo. El alcohol llega al cerebro pocos minutos después de haber sido ingerido y afecta las zonas de su cerebro que controlan el juicio y las habilidades físicas. Esta es una de las razones por las cuales el tomar alcohol es tan peligroso; afecta su juicio. El buen juicio es importante al conducir, pero en este caso el juicio le ayuda a saber cuándo debe dejar de tomar. El alcohol imposibilita la aplicación del buen juicio. Usted no sabe cuánto es tomar demasiado hasta que ya es demasiado tarde. Al igual que las quemaduras de sol, cuando las siente ya es demasiado tarde. El alcohol retarda sus reflejos y el tiempo de reacción, reduce su capacidad de ver con claridad y hace que usted esté menos alerta. A medida que la cantidad de alcohol en su organismo aumenta, su juicio empeora y sus habilidades disminuyen. Tendrá dificultad para juzgar las distancias, la velocidad y el movimiento de otros vehículos. También tendrá problemas para controlar su propio vehículo.

¡Si bebe, NO CONDUZCA!

El mejor consejo que podemos darle es que si bebe alcohol, no conduzca. Incluso un solo trago de alcohol puede afectar su manera de conducir. Con dos o más tragos en su torrente sanguíneo ya hay una alteración suficiente como para que pueda ser arrestado. A su organismo le lleva casi una hora el poder eliminar el alcohol ingerido en un solo trago. El paso del tiempo es lo único que le permitirá volver a estar sobrio. Hay diversas formas de encarar las situaciones sociales que se presentan. Haga los arreglos para ir acompañado de dos o más personas y pónganse de acuerdo en cuál de ustedes no va a beber alcohol. Pueden rotar dentro del grupo para ser el “conductor asignado”. Si es posible, puede usar el transporte público o tomar un taxi.

La Ley de Consentimiento Implícito

Si un policía sospecha que usted está conduciendo bajo la influencia del alcohol o de las drogas, le pedirá que se someta a un examen de sangre, de orina, o de respiración. Por ley, si usted tiene licencia emitida en la Florida, ha consentido a someterse a estos exámenes si se lo piden. Si usted se niega a someterse a los exámenes cuando se lo pidan, su licencia será suspendida por un año. Una segunda vez que se niegue le traerá una suspensión de dieciocho meses.

En los casos de DUI en que ocurra una muerte o lesión grave, pueden requerirle que se someta a un examen de sangre sin su consentimiento. La sangre tiene que ser extraída por un médico, enfermera u otro personal de salud designado.

Si usted ha perdido el conocimiento y no se puede negar al examen de sangre, la sangre le puede ser extraída. Los resultados del examen pueden usarse como evidencia, aun si usted se opone después de recobrar el conocimiento.

Otras Drogas y el Conducir

Además del alcohol, hay muchas otras drogas que pueden afectar la habilidad de una persona para conducir con seguridad. Dichas drogas pueden tener efectos similares al alcohol, o aun peores. Esto es cierto con muchas drogas dadas por prescripción médica, e incluso con muchas de las drogas que son de venta libre. Las drogas que se toman para aliviar el dolor de cabeza, los resfriados, la fiebre del heno u otras alergias, o las que se toman para calmar los nervios, pueden hacer que una persona se sienta soñolienta y afectar así su manera de conducir. Las píldoras para aumentar las energías llamadas “pep pills” o “uppers” y las píldoras de dieta pueden hacer que la persona esté nerviosa, aturdida, incapaz de concentrarse, y pueden también afectar la visión. Otras drogas dadas por prescripción médica pueden afectar sus reflejos, el juicio, la visión y el estado de alerta en formas similares al alcohol.

Si usted está conduciendo, lea la etiqueta antes de ingerir la droga para enterarse de las advertencias sobre los posibles efectos. Si no está seguro de que sea seguro tomar la droga y luego conducir, pregunte a su doctor o al farmacéutico sobre los efectos colaterales de dicha droga.

Nunca tome alcohol mientras esté tomando otras drogas. Estas drogas podrían multiplicar los efectos del alcohol o tener efectos adicionales por sí mismas. Dichos efectos no sólo podrían reducir su habilidad como un conductor seguro sino que podrían causar graves problemas de salud, o aun la muerte.

Las drogas ilegales no son buenas para su salud y afectan su habilidad para ser un buen conductor. Por ejemplo, se han hecho estudios que han demostrado que las personas que usan marihuana cometen más errores, tienen más dificultad para adaptarse a las luces intensas y son arrestados con más frecuencia por cometer violaciones de tránsito que otros conductores.

Las Emociones

Las emociones pueden tener un fuerte efecto en la forma en que usted conduce. Es probable que no pueda conducir bien si está demasiado preocupado, emocionado, temeroso, enfadado o deprimido.

  • Si está enfadado o emocionado, tómese un tiempo para tranquilizarse. Si fuera necesario, dé una caminata corta, pero no conduzca hasta que se haya tranquilizado.
  • Si está preocupado, deprimido o alterado por algo, trate de mantener su mente en lo que está haciendo mientras conduce. Algunas personas descubrieron que el escuchar la radio los ayuda.
  • Si está impaciente, tómese más tiempo para hacer su trayecto. Salga unos minutos más temprano. Si dispone de mucho tiempo, no será necesario que conduzca demasiado rápido ni que haga otras cosas que pudieran ocasionarle una multa o un accidente.
  • No sea impaciente, espere a que el tren pase primero. El pasar aún estando las barreras bajas, o el tratar de pasar primero que el tren, puede ser fatal.

Otras Infracciones Serias

Usted puede ser encarcelado o ser obligado a pagar una multa por las ofensas siguientes:

  • Alterar su licencia de cualquier manera. Todos los cambios tienen que ser hechos por el Departamento.
  • El uso ilegal de su licencia, incluyendo el permitir que otra persona la use.
  • Hacer una solicitud fraudulenta para obtener una licencia de conducir o una tarjeta de identificación.
  • Tener más de una licencia de conducir de la Florida.
  • Permitir que una persona sin licencia use su automóvil, o alquilar un vehículo de motor a alguien sin licencia.
  • Dar declaraciones falsas a un policía o en la corte.
  • Dar a sabiendas información falsa en informes de accidentes.
  • No reportar un accidente.

Las Leyes de Seguros para Vehículos de Motor en la Florida

Las Leyes de Seguros para Vehículos de Motor en la Florida

En la Florida hay dos leyes de seguros para vehículos de motor: la Ley de Responsabilidad Financiera y la Ley de No Culpabilidad. Es importante que usted entienda estas leyes porque si no tiene los seguros correspondientes, puede perder su licencia de conducir y la(s) chapa(s) y tendría que pagar costos altos para conseguirlas otra vez.

La Ley de Responsabilidad Financiera

El propósito de la Ley de Responsabilidad Financiera es el de requerir a los dueños y conductores de vehículos de motor que asuman la responsabilidad financiera por los daños o las lesiones que puedan causar a otras personas en un accidente automovilístico. Esta ley requiere que toda persona tenga un seguro de responsabilidad financiera en el momento de ocurrir los siguientes eventos:

  1. Un choque en el que usted tiene la culpa y han ocurrido lesiones.
  2. Una suspensión por tener demasiados puntos contra su licencia de conducir.
  3. Una citación por DUI que resulta en una revocación.
  4. Una revocación por ser Delincuente Habitual de Tráfico.
  5. Una revocación por cualquier delito serio cuando este Departamento se ve obligado a revocar su licencia.

Usted debe tener la siguiente cobertura mínima de seguro:

$10.000 Responsabilidad de Lesiones Corporales a una Persona (BIL)
$20.000 Responsabilidad de Lesiones Corporales a dos Personas o más
$10.000 Responsabilidad de Daños a la Propiedad (PDL),o
$30.000 Límites Individuales Combinados

Si usted se ve involucrado en cualquiera de las violaciones mencionadas más arriba y no tiene seguros para cumplir con la ley de responsabilidad financiera, serán suspendidas su licencia de conducir y/o sus chapas hasta por tres años. Tendrá que pagar un costo por reintegro de $15 y presentar en el Departamento pruebas certificadas de tener seguros completos de responsabilidad en el Formulario SR-22 por tres años desde la fecha original de la suspensión para tener otra vez su privilegio de conducir.

Además, si usted es el conductor o el dueño de un vehículo que tuvo un accidente por el cual usted tiene la culpa, este Departamento puede requerir que pague los daños antes de recobrar su privilegio de conducir. Según esta ley, a fin de protegerse a usted mismo y a otros, debe tener un seguro de responsabilidad financiera para todos los vehículos de motor que posee o usa, incluyendo motocicletas.

La Ley de No Culpabilidad

La Ley de No Culpabilidad de la Florida requiere que cualquier persona que posee o haya registrado un vehículo de motor de cuatro o más ruedas (excluyendo taxis y limosinas) y que haya estado en la Florida por al menos 90 días, o días no consecutivos durante los pasados 365 días, compre una póliza entregada o emitida para su entrega en este Estado. La cobertura mínima es de:

  • $10.000 de Protección para Lesiones Personales (PIP)
  • $10.000 de Responsabilidad por Daños a la Propiedad (PDL)

No puede comprar chapa y matrícula para un automóvil u otro vehículo de cuatro ruedas sin tener cobertura emitida en este Estado. Una vez que tenga este seguro, toda vez que lo renueve, o que no lo renueve, lo cancele, o le haya sido cancelado, la compañía de seguros debe notificar a este Departamento. El Departamento entonces le notificará a usted dándole una explicación. Si no puede mostrar pruebas de tener los seguros, su licencia de conducir y su(s) chapa(s) serán suspendidas hasta por tres años.

Deberá mantener una cobertura de seguro durante todo el tiempo que el automóvil esté registrado a su nombre. Si por alguna razón cancela el seguro, deberá entregar la chapa y la matrícula en cualquier oficina de licencias de conducir, o enviarlas por correo al Departamento.

Si se le suspenden su licencia de conducir y la(s) chapa(s) por no tener seguro según la Ley de No Culpabilidad, tendrá que pagar $150 y mostrar pruebas de que tiene los seguros para que se las devuelvan. Si ocurre dos veces dentro de un plazo de tres años, tendrá que pagar $250, y si ocurre tres veces dentro de un plazo de tres años, tendrá que pagar $500. Además, si su licencia de conducir y la(s) chapa(s) fue(ron) suspendida(s) por 30 días o más por una violación de los seguros de no culpabilidad, un policía puede confiscar su chapa en cualquier momento.

Información General

Su compañía de seguros le dará una Tarjeta de Identificación de seguros. Debe tener esta tarjeta accesible para mostrarla a cualquier policía para probar que tiene los seguros requeridos. Si no la tiene, él puede ponerle una multa por no tener pruebas de que tiene seguro.

Si le suspenden la licencia de conducir o las chapas por no obedecer cualquiera de estas leyes, no podrá obtener una licencia temporal por ninguna razón, ni siquiera a los efectos del trabajo. Cualquier persona que haga una declaración falsa o falsifique los documentos de seguros para vehículos de motor puede ser culpable de un delito menor de segundo grado.

El Departamento siempre le dará la oportunidad de probar que tiene seguro o de pedir una audiencia antes de una suspensión. Cómo cumplir:

  1. Comprar una póliza de seguros para vehículos de motor de una compañía habilitada de la Florida.
  2. Obtener un Certificado de Responsabilidad Financiera de la Oficina de Responsabilidad Financiera después de exhibir un bono de garantía satisfactoria de una compañía habilitada de la Florida.
  3. Obtener un Certificado de Seguro Propio de la Oficina de Responsabilidad Financiera, haciendo un depósito monetario o de una garantía en el Departamento.
  4. Obtener un Certificado de Seguro Propio de la Oficina de Responsabilidad Financiera proporcionando prueba satisfactoria de la responsabilidad financiera.

Recuerde: El seguro de automóvil es una parte importante de su privilegio de conducir. Protéjase a usted mismo y a otros teniendo y manteniendo la cobertura de seguro apropiada.

Accidentes de Tráfico – Sus Responsabilidades

  1. Parar. Si tiene un accidente al conducir, debe parar. Si alguien está herido, debe buscar ayuda. También tiene que estar dispuesto a dar su nombre, dirección y número de matrícula de su vehículo, así como a mostrar su licencia de conducir a los demás involucrados en el accidente.
  2. Reportar el accidente. Si el accidente causa lesiones, muertes, o daños a la propiedad, tiene que ser reportado. Llame a la policía local, la Patrulla de Carreteras de la Florida, o la Oficina del alguacil del condado. Si el accidente incluye una acusación de conducir bajo la influencia del alcohol (DUI) o resulta en una muerte, lesiones o daños a la propiedad suficientes para necesitar una grúa, un oficial de policía completará un informe. Si un policía investiga el accidente, usted (el conductor) no necesita hacer un informe escrito. Si el daño a la propiedad parece ser más de $500 y la policía no hace un informe escrito, usted debe hacer un informe escrito del accidente y presentarlo al Departamento de Seguridad de Carreteras y Vehículos Motorizados antes de transcurridos 5 días. El policía le dará una copia del formulario para su archivo personal.
  3. Mueva su automóvil si estorba el tráfico. Si su automóvil estorba el flujo del tráfico, tiene que moverlo. Si no lo puede hacer solo, deberá buscar ayuda o llamar una grúa. Esto debe ser así siempre que su automóvil estorbe el flujo del tráfico, ya sea que se haya visto involucrado en un accidente o no.
  4. Comparezca ante la corte. Si es acusado de haber tenido parte en un accidente, deberá ir a la corte. El policía que vaya al lugar de un accidente puede abrir acusaciones contra cualquier conductor que haya violado las leyes de tránsito. Quienquiera que sea acusado tendrá la oportunidad de explicar a la corte lo que pasó. La corte decidirá entonces cuál es la pena que debe aplicar. Cualquiera que no sea acusado de violar la ley probablemente tenga que comparecer ante la corte en calidad de testigo. Si se descubre que usted estaba en infracción en una colisión donde alguien resultó herido y tuvo que ser transportado a un centro de tratamiento médico, o si es su segunda colisión en dos años, se le exigirá por ley asistir a un Curso para Evitar Colisiones de Tráfico. La escuela de tránsito que da este curso puede encontrarse en las páginas amarillas de la guía telefónica de su zona bajo el título Instrucción para Conducir (Driving Instruction). A un conductor condenado por abandonar el lugar de un accidente en el que ocurrió una muerte o una lesión se le revocará su licencia. Dicho conductor también estará sujeto a penas criminales.

A un conductor condenado de abandonar el lugar de un accidente en que ocurrió una muerte o una lesión se le revocará su licencia. El conductor también estará sujeto a sanciones criminales.

Un Accidente con un Vehículo No Ocupado

Si mientras conduce usted choca con un automóvil no ocupado, o si daña cualquier cosa que pertenezca a otra persona, deberá informar al dueño. Dé al dueño su nombre, dirección y número de chapa personalmente o en una nota pegada al objeto dañado. Notifique inmediatamente del accidente a la agencia legal correspondiente.

El Echar Basura a las Carreteras

Los conductores son responsables de la basura que se tira desde sus automóviles. Use los ceniceros para cigarrillos y las papeleras para la basura mientras conduzca un vehículo. Vacíe los ceniceros y las papeleras solamente en cubos de basura.

EL ECHAR BASURA A LAS CARRETERAS ES UN CRIMEN. QUIENES TIREN BASURA A LAS CALLES Y CARRETERAS PÚBLICAS PUEDEN SER MULTADOS POR HASTA $500.00 O ENCARCELADOS HASTA POR 60 DÍAS.

La corte también puede requerirle que recoja la basura a lo largo de las carreteras.

Daños a las Carreteras

Es ilegal dañar las carreteras conduciendo con las ruedas en llanta o de cualquier otra manera.


Capítulo 3

Su Manera de Conducir

El conducir bien se basa en la práctica y en estar alerta cuando se halle al volante.

  • Los buenos conductores saben que el conducir es un trabajo de tiempo completo y le dan al mismo su máxima atención.
  • Los buenos conductores manejan a la defensiva, mirando la carretera que tienen delante, así como los objetos que se encuentran a los lados y por detrás. Esta es una buena manera de prever posibles problemas y tener suficiente tiempo para evitarlos.
  • Los buenos conductores conocen, entienden y respetan las reglas.
  • Los buenos conductores mantienen sus vehículos en condiciones seguras de funcionamiento.
  • Los buenos conductores no manejan cuando están enfermos, disgustados o enojados.

Cómo Prepararse para Conducir

Antes de arrancar el motor:

  • Asegúrese de que todas las ventanillas estén limpias. Quite cualquier cosa que le obstruya la vista de la carretera.
  • Ajuste el asiento de manera que pueda alcanzar todos los controles.
  • Ajuste el espejo retrovisor interior y exterior. No debería ser necesario inclinarse hacia adelante ni hacia atrás para usarlos.
  • Cierre con llave todas las puertas del automóvil.
  • Abróchese el cinturón de seguridad. Todos los pasajeros deberían hacer lo mismo. Todos los pasajeros menores de 18 años están obligados por ley a usar cinturón de seguridad.
  • Asegúrese de que su automóvil esté estacionado o en neutro antes de arrancar el motor.

Nunca ponga el automóvil en marcha hasta que haya mirado hacia adelante, atrás y los lados para asegurarse de que no haya peatones ni tráfico aproximándose. Luego, dé las señales correspondientes e incorpórese al tráfico cuando sea seguro.

Cómo Conducir a la Defensiva

El conducir a la defensiva significa hacer todo lo que usted pueda para evitar accidentes. Al conducir a la defensiva, usted tendrá que “ceder” un poco. Tendrá que cambiar la manera en que maneja de acuerdo con el estado del tiempo, cómo se siente y la forma de proceder de los otros conductores, ciclistas y peatones. Siga estos pasos para evitar accidentes:

  1. Esté atento a un posible peligro. Piense en lo que podría pasar. Si hay niños jugando cerca de la carretera, planee qué hará si uno de ellos corre hacia la calle.
  2. Entienda lo que puede hacerse para evitar un accidente. Lea las sugerencias para conducir a la defensiva que se dan a continuación y la sección de Emergencias.
  3. Actúe a tiempo. Una vez que haya visto una situación peligrosa, actúe enseguida para evitar un accidente.
fig6 Mire hacia arriba Vea el cuadro completo Mantenga sus ojos en movimiento Déjese una salida Asegúrse de que otros lo vean

Ponga en práctica estas sugerencias para conducir a la defensiva si cree que está a punto de estar involucrado en un accidente:

  • Es mejor desviarse hacia la derecha en vez de hacia el tráfico que viene de frente para evitar un accidente.
  • Es mejor chocar con una hilera de arbustos que chocar contra un árbol, un poste o un objeto sólido.
  • Chocar con un vehículo que se está moviendo en la misma dirección que usted es mejor que chocar de frente con un vehículo.
  • Cuando se está tratando de evitar un choque, es mejor salirse de la carretera que dar un patinaje.
  • Es mejor chocar con algo que no se está moviendo en vez de con un vehículo que viene de frente.

Para Evitar los Choques por Detrás o de Cola

Muchos accidentes ocurren porque un vehículo choca contra la parte trasera o la cola del otro. A continuación se incluye una lista de lo que puede hacer para reducir el riesgo de que alguien choque contra la cola de su vehículo. Inspeccione con frecuencia las luces de los frenos para asegurarse de que estén limpias y funcionando adecuadamente.

  • Sepa lo que está pasando a su alrededor. Use los espejos retrovisores.
  • Haga con anticipación las señales de doblar, parar y cambiar de carril.
  • Reduzca la velocidad gradualmente. Evite las acciones repentinas.
  • Conduzca junto con el movimiento del tráfico (dentro del límite de velocidad). El conducir demasiado despacio puede ser tan peligroso como conducir demasiado rápido.
  • A fin de evitar golpear al vehículo que va adelante, mantenga al menos dos segundos de distancia. Esto debe hacerse siguiendo las instrucciones que se encuentran en la sección Distancias Mínimas Seguras.

Mejoramiento de la Conducción Básica

Cualquier conductor puede tomar un curso de mejoramiento de la conducción básica. El curso le enseña diversas maneras de evitar accidentes. Un solo conductor puede inscribirse en la clase, o un grupo puede pedir la clase. Consulte las páginas amarillas bajo el subtítulo Instrucciones para Conducir (Driving Instructions), para conocer la dirección de las escuelas que dictan dichos cursos.

Cinturones de Seguridad

Las leyes de la Florida requieren que todos los ocupantes de autos, camiones pickup y camionetas, que tengan 6 años de edad o más, usen cinturones de seguridad, sin importar qué asiento ocupen. Los pasajeros de 16 años y más, pueden ser multados en forma individual por violar esta disposición. Se tendrán por responsables y se multarán a los conductores que lleven pasajeros de 15 años y menores sin estar sujetos por el cinturón de seguridad. Los niños hasta los 3 años de edad deben ir adecuadamente asegurados usando una sillita de auto para niños, a prueba contra accidentes y que cuente con la aprobación federal. Dicha sillita puede ser un artefacto separado del vehículo o que haya sido fabricada formando parte del asiento. Para los niños de 4 a 5 años, se puede usar una sillita separada, una silla que forme parte del asiento, o un cinturón de seguridad. La ley que exige el cinturón de seguridad en los asientos se aplica a los automóviles de pasajeros fabricados a comienzos de 1968 y a los camiones a partir de los modelos fabricados en 1972. Los siguientes están exentos de la ley del uso de cinturón de seguridad:

  • Cualquier persona con un certificado médico que indique que, debido a su condición física, el uso del cinturón es inapropiado o peligroso.
  • Los empleados de un servicio de periódicos a domicilio mientras estén repartiendo los periódicos de sus rutas.
  • Los autobuses escolares.
  • Los autobuses comerciales para transporte de personas.
  • La maquinaria agrícola.
  • Los camiones de un peso neto de más de 5.000 libras.
  • Las motocicletas, mopeds o bicicletas.

fig7
¡Los cinturones de seguridad salvan vidas!
En un accidente, los cinturones de seguridad:

  • Evitan que usted sea lanzado del vehículo. El riesgo de muerte es cinco veces mayor si usted es lanzado del vehículo durante un accidente.
  • Evitan que usted sea lanzado contra partes del vehículo, como por ejemplo el volante o el parabrisas.
  • Evitan que usted sea lanzado contra otras personas en el vehículo.
  • Mantienen al conductor tras el volante, desde donde él o ella puede controlar el vehículo.

¡LOS CINTURONES DE SEGURIDAD SALVAN VIDAS!

Póngase el cinturón de seguridad alrededor de las caderas, no alrededor del estómago. Hágalo de forma ajustada. Use un cinturón de hombros solamente con un cinturón de falda. No se ponga solamente el cinturón en viajes largos o en las autopistas. Más de la mitad de los accidentes que ocasionan lesiones o muertes suceden:

  • a velocidades menores de 40 mph, y
  • a una distancia de 25 millas del hogar.

Protección de los Niños

LA LEY: TODOS LOS NIÑOS QUE TENGAN 5 AÑOS DE EDAD O MENOS TIENEN QUE USAR UN DISPOSITIVO SUJETADOR CUANDO ESTÉN VIAJANDO EN UN VEHÍCULO DE MOTOR.

La ley requiere que todo conductor asegure adecuadamente a los niños de cinco años de edad o menores con un dispositivo sujetador cuando viajen en un auto de pasajeros, camioneta o camión pick-up, sin importar si el vehículo está registrado en este Estado o no. Las sillitas para niños deben usarse para niños de tres años y para los menores de esa edad. Las sillitas para niños o los cinturones de seguridad pueden usarse para los que tengan cuatro y cinco años.

Todos los portadores de bebés y las sillitas deben ser a prueba de choques y estar aprobados por el gobierno de los Estados Unidos.


Todos los niños que son transportados o andan en bicicletas deben llevar cascos para bicicletas debidamente ajustados y del tamaño correcto.

Sujetadores Recomendados para Niños

Portadores de Bebés – A partir del nacimiento hasta 9 meses meses o 20 libras. Sillitas para niños – Nueve meses a cuatro años (20-50 libras). Cinturones – Cuatro años y mayores (más de 40 libras). Cinturones de Falda y De Hombros – 55 pulgadas de estatura.

El Dejar a los Niños Solos o sin Supervisión en Vehículos de Motor

Ninguna persona responsable de un niño menor de 6 años puede dejar al niño solo o sin supervisión en un vehículo de motor por un período de más de 15 minutos. Ninguna persona puede dejar al niño solo por ningún período de tiempo si el motor del vehículo está funcionando o si la salud del niño está en peligro.

ADVERTENCIA: CUANDO HACE CALOR AFUERA, ¡NO DEJE A LOS NIÑOS SOLOS!

En un día caluroso de verano el interior de un auto puede volverse peligrosamente caliente. Se demostró a través de un estudio que con las ventanillas subidas y la temperatura exterior de 94 grados, el interior del auto podía subir a 122 grados en tan sólo media hora, o a 132 grados después de una hora.

Límites de Velocidad

La velocidad provoca muchos accidentes. La mayoría de las infracciones cometidas por los conductores son por ir a alta velocidad. Para evitar las multas o los accidentes, obedezca los límites de velocidad.

La velocidad es un factor muy importante en un choque. Si usted duplica la velocidad de un automóvil, está aumentando su fuerza del impacto cuatro veces. Si triplica la velocidad, el impacto será nueve veces mayor.

70 No Siempre Quiere Decir 70

Recuerde que el límite de velocidad indica la velocidad máxima a la que usted puede conducir en buenas condiciones. Usted es responsable de ajustar la velocidad a la que conduce a las condiciones de la carretera. Por ejemplo, si hace mal tiempo o si hay mucho tráfico, usted debe conducir más despacio que la velocidad señalada. La velocidad segura es aquella que le permite tener el control completo de su vehículo.

Límites de Velocidad en la Florida

Mopeds Todos los Demás Vehículos
Zona comercial o residencial 25 30
Carreteras rurales interestatales de acceso limitado 70*
Todos las demás calles y carreteras 25 55

 

*El límite máximo de velocidad de 55 MPH está aún en vigor en la Florida, excepto cuando se indique alguna otra cosa. El límite de velocidad es de 70 MPH en algunas carreteras interestatales rurales. Los límites de velocidad pueden cambiarse en otras carreteras de carriles múltiples. Los conductores no deben suponer que por el hecho de que la zona parezca rural, el límite de velocidad debe ser de 70 MPH. Observe y obedezca los letreros de velocidad ya que de zona a zona, a lo largo de ciertas carreteras, puede haber cambios frecuentes.

El Conducir Demasiado Despacio Es También Contra la Ley

Conduzca junto con el flujo del tráfico (dentro del límite de velocidad). No debe conducir tan despacio que bloquee a otros vehículos que se están moviendo a velocidad normal y segura. Puede recibir una multa por conducir demasiado despacio.

Siga las Instrucciones de los Policías y Bomberos

Si lo para un agente de la policía, lleve su vehículo hacia el extremo derecho de la carretera y, si es posible, fuera del tráfico. Apague el motor. De noche, cambie los faros a las luces de estacionamiento. Siéntese tranquilo y siga las instrucciones del agente. Usted debe seguir cualquier orden o instrucción que sea legal de 1) cualquier policía o 2) cualquier bombero que esté dirigiendo el tráfico en el lugar de un incendio. Si el policía está dirigiendo el tráfico donde hay un semáforo, obedezca al policía – no a las señales.

Al Cruzar una Intersección

Ocurren más accidentes en las intersecciones que en ningún otro lugar. Tenga mucho cuidado al acercarse a cualquier intersección o entrada de autos.

  • Mire hacia ambos lados y esté listo para frenar o parar.
  • Conduzca a la menor velocidad posible antes de entrar en la intersección, no mientras esté cruzando.
  • No pase ni cambie de carril.
  • Esté atento a los vehículos detrás de usted. ¿Podrán parar si es necesario?

Si lo paran:

  • Fíjese si hay ciclistas o peatones cruzando la intersección desde otra dirección.

Derecho de Vía

¿Quién tiene el derecho de vía en la Florida? La respuesta es ¡nadie! La ley solamente dice quién debe ceder el derecho de vía. Cada conductor, motociclista, operador de moped, ciclista y peatón debe hacer todo lo posible para evitar un accidente.

Las Señales para Parar (Stop)

Usted debe ceder el paso a todo el tráfico y a los peatones cuando llegue a una señal de Pare. Prosiga solamente cuando la carretera esté libre. En las paradas de cuatro vías, el primer vehículo en parar debe proseguir primero. Si dos vehículos llegan al mismo tiempo a la intersección, el conductor que está a la izquierda cede el paso al conductor que está a la derecha.

Las Intersecciones Abiertas

Una intersección abierta es aquella sin señales de tráfico. Cuando usted entre a una intersección abierta, debe ceder el paso si:

  • Un vehículo ya está en la intersección.
  • Entra o cruza una carretera estatal desde una carretera secundaria.
  • Entra a una carretera pavimentada desde una carretera sin pavimento.
  • Usted piensa doblar a la izquierda y un vehículo se acerca desde la dirección opuesta.

Cuando dos automóviles entran al mismo tiempo a una intersección abierta, el conductor que está a la izquierda debe ceder el paso al conductor que está a la derecha.

Las Rotondas

Las rotondas son un nuevo tipo de intersección que mejoran el flujo del tráfico y reducen los accidentes. La mayoría de las rotondas no requieren que se pare, lo cual permite a los vehículos moverse en forma continua a través de las intersecciones a la misma baja velocidad. Las rotondas están diseñadas para hacer mover todo el tráfico en sentido contrario a las agujas del reloj. Los vehículos que se aproximan a la rotonda ceden el paso al tráfico que está circulando; sin embargo, los conductores deben obedecer todas las señales para determinar el derecho de vía correcto en la rotonda.

Reglas de Seguridad para los Peatones

  • Mire hacia la izquierda y hacia la derecha antes de bajar del cordón de la vereda.
  • Cruce solamente en las intersecciones o en los pasos designados para peatones. Los conductores están más atentos al paso de los peatones cuando se acercan a las intersecciones.
  • Cruce con la luz verde o la señal de “WALK.” Asegúrese de que tiene suficiente tiempo para cruzar. Aunque el conductor debe ceder el paso, quizá no lo vea a tiempo.
  • Cuando camine a lo largo de una carretera, camine siempre por el andén del lado izquierdo, de frente al tráfico. Lleve ropa de colores claros, o use una linterna para hacerse más visible de noche a los conductores.

2-10

fig11

Los Peatones

El conductor es responsable de hacer todo lo posible por evitar atropellar a los peatones. Los ciclistas, patinadores, o quienes llevan patinetas son considerados peatones en un cruce de peatones o camino secundario. En los cruces señalados a mitad de cuadra, en las entradas de autos o intersecciones, los conductores que van a doblar deben ceder el paso a los peatones que van a cruzar la calle o camino secundario.

Ciclistas

En la Florida, las bicicletas se definen legalmente como vehículos. Los ciclistas que usan las carreteras públicas se consideran conductores de vehículos de motor y son responsables de observar las leyes de tránsito. Salvo pocas excepciones, hay un solo camino y depende de los conductores y ciclistas que el trato recíproco sea cuidadoso y respetuoso. La obediencia a la ley constituye el fundamento del respeto.

fig12

Las Personas Ciegas

Las ayudas principales de una persona ciega para caminar son a menudo un bastón blanco o un perro guía bien entrenado. El caminar solo conlleva algunos riesgos que pueden ser grandemente reducidos si el conductor está informado sobre el uso y el significado de un bastón blanco o un perro guía. Los conductores siempre deben ceder el paso a los peatones ciegos. Cuando un peatón esté cruzando una calle o carretera guiado por un perro o portando un bastón blanco (o un bastón blanco con la punta roja), los vehículos deben parar completamente.

Autobuses Escolares

En una calle de dos vías o en una carretera, todos los conductores que viajan en ambas direcciones deben parar cuando se encuentren con un autobús escolar parado que está recogiendo o repartiendo niños. Usted debe mantenerse parado hasta que todos los niños estén fuera de la carretera y el autobús retire la señal de parar. La violación de esta ley se considera una violación relacionada con el movimiento y está sujeta a una audiencia obligatoria. Si la carretera está dividida por una barrera elevada o por una franja no pavimentada de por lo menos cinco pies de ancho, usted no tiene que parar si está viajando en dirección contraria al autobús. Las líneas pintadas o las marcas en el pavimento no se consideran barreras. Si usted está viajando en la misma dirección que el autobús, siempre debe parar y no debe proseguir hasta que el autobús retire la señal de parar.

fig14

Cruces Escolares

En zonas donde no es seguro que los niños crucen solos se colocan oficiales de tránsito. Cuando vea un oficial de tránsito reduzca la velocidad, ya que usted debe estar cerca de una escuela y debe haber niños en la zona. Fíjese en la velocidad señalada para la zona escolar y pare si es necesario en una línea marcada para parar, pero nunca en el paso de peatones. Obedezca las señales que le haga el oficial de tránsito. Es responsabilidad del conductor el hacer todo lo posible para evitar la colisión con un peatón. Recuerde, los niños son impredecibles. Haga su parte para que cada cruce sea seguro.

Transporte Público

Todos los conductores deberían ceder el paso a los autobuses del transporte público que viajan en la misma dirección que han señalado y que están uniéndose al flujo de tráfico desde un sitio para estacionamiento designado.

Cortejos Fúnebres

Los peatones y los conductores deben ceder el paso a los cortejos fúnebres. Cuando el primer vehículo de un cortejo fúnebre entra, estando en todo derecho, a una intersección, los demás vehículos del cortejo deben tener los faros encendidos como señal a los demás conductores de que no se introduzcan entre los automóviles integrantes del mismo ni que interfieran con la marcha del cortejo, a menos que un policía se los ordene.

Caminos Privados

Los caminos privados forman una intersección con las aceras. Los conductores deben ceder el paso a los ciclistas y peatones que estén en la acera.

Los peatones y los conductores deben ceder el paso a los automóviles

Vehículos de Emergencia

Los peatones y los conductores deben ceder el paso a los automóviles de la policía, los camiones de bomberos y otros vehículos de emergencia que usen sirenas y/o luces intermitentes. Pásese enseguida para el borde más cercano de la carretera y pare hasta que el vehículo de emergencia haya pasado. No bloquee las intersecciones.

fig15

Cómo Doblar

El doblar en una esquina parece ser una operación sencilla, pero muchos accidentes de tráfico son causados por conductores que no doblan correctamente.


Hay nueve pasos para doblar correctamente:

  1. Decida si va a doblar antes de que llegue al punto de hacerlo. No decida doblar en el “último minuto”.
  2. Si tiene que cambiar de carril, mire hacia atrás y a ambos lados para ver dónde están los otros vehículos antes de doblar.
  3. Prosiga al carril correcto a medida que se acerca a la intersección. El carril correcto para doblar a la derecha es el carril próximo al borde derecho de la carretera. En una carretera de dos vías con tráfico en ambas direcciones, el acercamiento para doblar a la izquierda debe hacerse en la mitad derecha de la carretera lo más cerca posible de la línea central.
  4. Haga la señal por lo menos 100 pies antes de doblar. Hágales saber a los otros conductores lo que va a hacer.
  5. Reduzca la velocidad a una velocidad segura para doblar.
  6. Cuando esté reduciendo la velocidad para doblar a la derecha, el ciclista que usted haya pasado puede haberle alcanzado. Mire hacia atrás por sobre su hombro antes de doblar y ceda el paso a los ciclistas y peatones.
  7. Ceda el paso a los peatones que puedan estar cruzando el camino por donde usted va, antes de doblar a la izquierda. Siempre fíjese si hay peatones antes de comenzar a doblar.
  8. Doble, quedándose en el carril apropiado. Ceda el paso a cualquier vehículo (incluyendo bicicletas) que venga en dirección opuesta.
  9. Termine de doblar en el carril apropiado. Un giro a la derecha debe hacerse desde el carril derecho hacia el carril derecho de la carretera a donde haya entrado. Un giro a la izquierda puede completarse en cualquier carril que esté legalmente disponible, o que sea seguro, para la dirección en que desea viajar. Véanse los diagramas para doblar a la izquierda desde o hacia las calles de una sola vía.

Si usted llega a una intersección donde quiere doblar a la derecha o a la izquierda y no está en el carril apropiado, deberá proseguir hasta la siguiente intersección. Entonces doble desde el carril apropiado.

  1. Doblar a la izquierda o a la derecha
  2. Doblar a la izquierda desde una carretera de doble vía a una de doble vía
  3. Doblar a la izquierda desde una carretera de doble vía a una de una sola vía
  4. Doblar a la izquierda desde una carretera de doble vía a una de doble vía
  5. Doblar a la izquierda desde una carretera de doble vía a una de una sola vía

Estudie estos Diagramas que Muestran los Carriles que Debe Usar al Doblar.

fig16fig17 fig18fig19 fig20figure21_28c_29

Carriles de Bicicletas en las Intersecciones

Reduzca la velocidad y mire para ver que no vengan ciclistas. Dé la señal de que va a doblar antes de cruzar el carril de bicicletas en las líneas marcadas. Ceda el paso a cualquier ciclista. Termine de doblar desde el carril designado para doblar a la derecha. Si no hay un carril para virar a la derecha, puede entrar al carril de bicicletas en la intersección o camino, después de cerciorarse de que no haya ciclistas presentes.

Virajes (Vueltas de tres puntos)

A veces será necesario virar su automóvil en sentido contrario en un espacio muy limitado. Emplee el viraje de tres puntos sólo si la carretera es demasiado estrecha para virar en U y no puede dar la vuelta a la cuadra. Para hacer un viraje de tres puntos:

fig22

  1. Muévase hacia la extrema derecha, mire a ambos lados y dé la señal de virar a la izquierda.
  2. Vire el volante lo más que pueda hacia la izquierda y prosiga despacio hacia adelante. Pare en el andén o borde de la carretera.
  3. Cambie a marcha atrás, vire las ruedas lo más que pueda hacia la derecha, mire a ambos lados, y dé marcha atrás hasta el borde de la derecha de la carretera. Ahora podrá proseguir en la dirección opuesta. Mire a ambos lados y prosiga hacia adelante. Nunca haga un viraje de tres puntos o en forma de U en una curva o una cuesta.

Señales de Doblar y Señales de Emergencia

Usted debe hacer señales con la mano o usar los indicadores direccionales para indicar que va a doblar. Es contra la ley usar los indicadores para indicarle a los conductores detrás de usted que pueden pasar. La señal de emergencia intermitente de cuatro direcciones se puede usar solamente mientras el vehículo esté parado legalmente o averiado en la carretera o al lado de la misma.

fig23fig24fig25

Carriles de Tráfico

Siempre maneje en el lado derecho de la carretera de dos carriles, excepto al pasar. Si la carretera tiene cuatro o más carriles con tráfico en dos direcciones, maneje en el carril de la derecha excepto cuando esté pasando. Los carriles de la izquierda en algunas carreteras interestatales están reservados para vehículos con dos o más ocupantes en los mismos; esté atento a los letreros con forma de diamante en la franja del centro. El carril central de una carretera de tres o de cinco carriles sólo se usa para doblar a la izquierda. Si ve reflectores rojos frente a usted en las líneas del carril, usted está en el lado equivocado de la carretera. ¡Póngase en el carril apropiado inmediatamente! Si usted ve los reflectores rojos frente a usted en las líneas del borde del pavimento, usted va en una rampa de una sola vía equivocada. ¡Salga de allí inmediatamente! Los reflectores rojos siempre quieren decir que usted está enfrentando al tráfico por la vía incorrecta que podría tener un choque de frente.

Puntos Ciegos

fig26

Los puntos ciegos son áreas cerca de las esquinas posteriores de la derecha e izquierda de su vehículo que usted no puede ver por los espejos retrovisores. Antes de moverse hacia los lados para cambiar de carriles en una autopista o para pasar en cualquier carretera, vuelva la cabeza para asegurarse de que estas áreas estén libres. Las áreas bordeadas por las X son los puntos ciegos de un automóvil con un espejo retrovisor exterior del lado izquierdo solamente. En las carreteras con más de un carril en cada dirección, no conduzca en el punto ciego de la otra persona. Acelere o disminuya la velocidad para que el otro conductor lo pueda ver.

El Pasar A Otro Vehículo

  • Manténgase a una distancia segura detrás del vehículo al que quiere pasar. Mientras más se acerque al vehículo que quiere pasar, menos podrá ver hacia adelante. Esto es especialmente el caso cuando está pasando camiones, casas rodantes y otros vehículos grandes.
  • Antes de cambiar de carril para pasar, fíjese en los puntos ciegos y asegúrese de que tiene tiempo y espacio suficientes para pasar.
  • En una carretera de dos carriles, toque la bocina, o por la noche haga un cambio de luces con las delanteras para avisarle al otro conductor que usted va a pasar.
  • Dé la señal antes de moverse al carril izquierdo.
  • No regrese al lado derecho de la carretera hasta que pueda ver al vehículo que pasó por el espejo retrovisor.
  • Usted debe regresar al lado derecho de la carretera antes de estar a 200 pies de cualquier vehículo que se acerque desde la dirección opuesta.
  • Pasar por la derecha es solamente legal cuando hay dos o más carriles de tráfico que se mueven en la misma dirección o cuando el vehículo que usted está pasando está doblando a la izquierda. Salirse del pavimento para pasar por el lado derecho es contra la ley.
             MAL                   BIEN

fig27 fig28

Cuando Lo Pasen a Usted

  • No acelere. Mantenga la misma velocidad o reduzca la velocidad.
  • Ayude a los otros conductores a pasarlo con seguridad. Muévase hacia el lado derecho de su carril para darles más espacio y una mejor visibilidad de la carretera que está adelante.

Cuándo No Se Puede Pasar

Usted no puede pasar en una carretera de dos carriles en la cual el tráfico se mueve en direcciones opuestas, en estas condiciones:

  • Cuando vea un letrero de “DO NOT PASS” o “NO PASSING ZONE”. (No Pasar)
  • Cuando una línea amarilla sólida está pintada en su lado de la línea central.
  • En lomas o cuestas y curvas.
  • En intersecciones.
  • A menos de 100 pies de un puente, un viaducto, un túnel o un cruce de ferrocarril.

Las personas que no obedecen estas reglas pueden ser arrestadas o recibir una multa.

NO ALCANCE Y PASE EN ESTOS LUGARES fig29 LOMAS O CUESTAS Línea Rota Línea Sólida CURVAS Líneas Amarillas Sólidas y Dobles INTERSECCIONES Línea Rota Línea Sólida FERROCARRILES Línea Rota Línea Sólida

Distancia Mínima para Seguir con Seguridad

Deje amplio espacio entre usted y el automóvil que vaya adelante. Si para repentinamente, usted necesitará tiempo para ver el peligro y parar.

La Regla de los Dos Segundos

A cualquier velocidad se puede usar la regla de los dos segundos para saber si ha dejado bastante espacio entre usted y el automóvil que va delante de usted:

  • Mire cuando el vehículo delante de usted pase algún punto fijo–un paso a nivel, un letrero, el poste de una cerca, u otro marcador.
  • Cuente los segundos que le toma a usted llegar al mismo lugar en la carretera.
  • Si llega al marcador antes de que termine de contar, lo está siguiendo demasiado de cerca. Reduzca la velocidad y verifique otra vez la distancia a la que usted sigue al otro vehículo.

La regla de los dos segundos se aplica a cualquier velocidad en buen tiempo y con carreteras en buenas condiciones. Si la carretera o el tiempo no son buenos, aumente la distancia a la que sigue al otro vehículo. Véase la gráfica de la distancia total para parar.

El Estacionar

Al estacionar en una carretera pública, aléjese lo más posible del tráfico. Si la carretera tiene andenes, aléjese lo más que pueda de la carretera. Si tiene un borde, acérquese lo más que pueda al mismo- usted no debe estacionar a más de un pie de distancia. Siempre estacione sobre el lado derecho de la carretera, a no ser que sea de una sola vía. Asegúrese de que su vehículo no se puede mover. Ponga el freno de emergencia y cambie a “park” si tiene transmisión automática, o a marcha atrás si tiene transmisión manual. Apague el motor y cierre el vehículo. La ley de la Florida requiere que usted saque las llaves del vehículo antes de salir. Siempre debe mirar el tráfico que viene detrás de usted antes de salir del automóvil, o de salir del vehículo por el lado del borde. Antes de salir de cualquier posición de estacionamiento, mire hacia atrás por encima del hombro para asegurarse de que la vía está libre. Dé la señal direccional apropiada para virar si está saliendo del borde y ceda el paso al tráfico.

El Estacionar en Lomas o Cuestas

Al estacionar en las lomas o cuestas:

  • Vire las ruedas de manera que, si su automóvil comienza a moverse por sí mismo, ruede en dirección contraria al tráfico o hacia el andén. Estudie el diagrama.
  • Ponga el freno de emergencia.
  • Ponga la transmisión automática en “park.” Ponga la transmisión manual en marcha atrás (cuesta abajo) o en primera (cuesta arriba).

fig30

Al estacionar en lomas o cuestas, vire las ruedas delanteras de manera que evite que el vehículo ruede hacia la calle

El Estacionar Derecho

Las marcas traseras representan las esquinas TRASERAS del espacio para estacionar. Las marcas delanteras representan aproximadamente el CENTRO del espacio para estacionar. Cuando está debidamente estacionado, el vehículo debe estar centrado dentro del espacio sin que ninguna parte del vehículo sobresalga al carril del tráfico.

fig31

Lugar de estacionamiento 18′ X 9′ *18 pies del content o de los parachoques. Las normas de estacionamiento deben estar a una distancia de 11 1/2 pies, según se ilustra arriba Vehículo debidamente estacionado

fig32

Dónde No Se Permite Estacionar

  • Del lado de la carretera al lado de otro vehículo que esté estacionado (estacionar en doble fila).
  • En el paso de peatones.
  • En las aceras.
  • En frente de entradas a caminos privados o “driveways.”
  • A lo largo de los bordes que estén pintados de amarillo o donde haya un letrero que indique “No Parking.”
  • Dentro de las intersecciones.
  • A menos de 15 pies de una boca de agua para incendios.
  • A menos de 20 pies de una intersección.
  • A menos de 20 pies de la entrada de una estación de bomberos, de ambulancias o de una brigada de rescate.
  • A menos de 50 pies de un cruce de ferrocarril.
  • En la superficie dura de una carretera donde no hayan espacios marcados para estacionar.
  • En cualquier puente o paso superior o en cualquier túnel.
  • A menos de 30 pies de un buzón rural en una carretera estatal entre las 8 a.m. y las 6 p.m.
  • A menos de 30 pies de cualquier señal intermitente, una señal de “stop,” o una señal de tráfico.
  • De manera que bloquee o cree un peligro para otros vehículos.

Luces de Estacionamiento

Las luces de estacionamiento deben usarse de noche en cualquier vehículo que esté estacionado en una carretera o en la orilla de la misma fuera de las ciudades y los pueblos. Los indicadores direccionales no deben encenderse solamente de un solo lado en un vehículo que esté estacionado o averiado. Use las luces intermitentes de emergencia. El conducir con las luces de estacionamiento solamente (en vez de las delanteras) es contra la ley.

Los Privilegios de Estacionar para los Impedidos

Las personas impedidas no tienen que pagar costos de estacionamiento en ninguna calle o carretera pública o en espacios con parquímetros. Sus vehículos deben mostrar un permiso válido para estacionar en el espejo retrovisor o en el tablero de instrumentos. Estos permisos pueden obtenerse en la agencia de chapas o en la oficina de cobro de rentas internas y deben renovarse cada cuatro años. Los impedidos deben estacionar, cuando sea posible, en los espacios reservados para ellos. Estos espacios están marcados con el símbolo de una silla de ruedas y letreros que dicen “Parking by Disabled Permit Only” (Estacionamiento Solamente con Permiso para Impedidos). Los vehículos ilegalmente estacionados en los espacios reservados para los impedidos serán multados y sus vehículos podrán ser remolcados.

  1. Prueba de Elegibilidad: Una declaración de un médico con licencia de los Estados Unidos, del Departamento de Servicios para los Ciegos del Departamento de Educación, o de la Administración de Veteranos, atestiguando que el solicitante es una persona con un impedimento grave y que sufre de problemas de movilidad que dificultan su capacidad para caminar o que ha sido declarado legalmente ciego.
  2. Exhíbalo: Cuelgue el permiso para estacionar de personas impedidas del espejo retrovisor o del tablero de instrumentos.
  3. Costo: $15 cada uno.
  4. Procedimiento: Póngase en contacto con el cobrador de impuestos del condado o con agente que hace entrega de las etiquetas.
    1. Complete el formulario HSMV 83039 – Solicitud de permiso de estacionamiento para Personas con Impedimentos.
    2. Presente prueba de elegibilidad – Certificado Médico.
    3. Pague $15
    4. Presente la licencia de conducir válida de la Florida o la tarjeta de identificación.

Al Conducir en las Autopistas

Las autopistas–también llamadas carreteras interestatales, “expressways,” “freeways” y “turnpikes”–son carreteras de carriles múltiples sin señales de “stop” (PARE), semáforos, o cruces de ferrocarriles. Por estos motivos, las autopistas le proporcionan una forma rápida y segura de llegar a su destino. Los peatones, las personas que hacen autostop, las bicicletas, los vehículos tirados por animales, las motocicletas y los motor scooters con un desplazamiento de 150 centímetros cúbicos o menos no se permiten en las autopistas.

Al Entrar y Salir de las Autopistas

Los vehículos pueden entrar y salir de las autopistas solamente en ciertos puntos. Ya que el tráfico en las autopistas se mueve a la velocidad máxima o muy cerca de la misma, usted necesita saber cómo entrar y salir con seguridad. Todas las entradas de las autopistas tienen tres partes básicas: una rampa de entrada, un carril de aceleración y un área de convergencia o “merging.” Siga estos pasos para entrar con seguridad en una autopista:

  • En la rampa de entrada, comience a localizar un claro para incorporarse al tráfico. Dé la señal de doblar.
  • Cuando la rampa se endereza para formar el carril de aceleración, aumente la velocidad. Trate de ajustar su velocidad para que se pueda incorporar al tráfico cuando llegue al final del carril de aceleración.
  • Únase al tráfico cuando lo pueda hacer con seguridad. Usted debe ceder el paso al tráfico en la autopista. No puede contar siempre con que los conductores se pasen al otro carril para darle espacio para entrar, pero no se pare en el carril de aceleración a no ser que el tráfico sea demasiado denso y no haya espacio para entrar con seguridad.

Al salir de la autopista:

  • Póngase en el carril de salida. Los letreros de salidas le dirán cuál es. La mayoría de las salidas de las autopistas están en el carril de la derecha.
  • Dé la señal de su intención de salir de la autopista, usando sus indicadores direccionales.
  • Reduzca la velocidad tan pronto como esté fuera de la autopista. Observe la velocidad señalada para salir con seguridad de la rampa de salida.
  • No trate de virar hacia la salida en el último minuto. Si pasa la salida, debe seguir hasta la próxima.

fig35

Puntos de Seguridad en la Autopista

  • Planee su viaje. Sepa dónde debe entrar y salir.
  • Maneje en el carril derecho y pase al izquierdo. Si hay tres carriles, use el carril derecho para conducir a menor velocidad, y el izquierdo para pasar. Si usted se mantiene en el carril derecho, esté atento a los automóviles que entran a la autopista. Ajuste la velocidad o muévase al carril central para que puedan entrar con seguridad.
  • No se pare nunca en el pavimento, la orilla o las rampas de conexión de una autopista, excepto en una emergencia. Si su vehículo sufre una avería, puede estacionarlo al lado de la autopista (completamente fuera del pavimento) por no más de seis horas. Levante el capó y amarre un paño blanco a la antena o la manilla de la puerta izquierda para indicar que necesita ayuda.
  • Nunca dé marcha atrás en las rampas de entrada o de salida de una autopista. La única excepción sería si usted está tratando de entrar en una autopista por una salida. En este caso, usted vería un letrero que dice “WRONG WAY” o “DO NOT ENTER.” Entonces sí tendría que dar marcha atrás o virar.
  • No cruce, maneje ni estacione en la franja divisoria.
  • No siga demasiado de cerca. Los choques por atrás son el peligro mayor de las autopistas. Siempre deje una distancia adecuada por si tiene que parar de emergencia.
  • Deje de conducir cuando se sienta cansado. En los viajes largos el ruido del motor y la falta de movimiento lo pueden adormecer. Pare y beba una taza de café, dé una breve caminata o duerma un rato. No corra el riesgo de dormirse al volante.
  • Manténgase fuera de los puntos ciegos de los otros conductores.
  • Cuidado con la hipnosis de la carretera. El conducir de continuo en la autopista puede ser monótono. Evite mantener la vista fija. Acostúmbrese a cambiar la vista hacia la derecha e izquierda y a usar los espejos retrovisores.

Al Manejar de Noche

  • Use los faros (luces cortas o largas) entre la puesta y la salida del sol.
  • Las luces cortas sólo son eficaces para velocidades de entre 20 y 25 millas por hora. Debe tener especial cuidado al conducir a velocidades más altas, ya que no podrá detectar a peatones, ciclistas y otras personas.
  • Las luces largas pueden revelar la presencia de objetos a una distancia de por lo menos 450 pies y son más eficaces para velocidades que excedan las 25 mph.
  • No use las luces largas a una distancia de 500 pies o menos de los vehículos que se aproximan.
  • Si usted está detrás de otros vehículos, use las luces cortas cuando esté a una distancia de 300 pies del vehículo delantero.
  • Cuando salga de un lugar bien iluminado, maneje lentamente hasta que los ojos se hayan acostumbrado a la oscuridad.
  • Si un vehículo viene en dirección opuesta con las luces largas, cambie a sus luces largas momentáneamente y luego cambie otra vez a las cortas. Hágalo una sola vez.
  • No mire directamente a los faros de los vehículos que vienen en dirección opuesta. En vez de mirarlos, mire el borde derecho de su carril. Mire rápidamente de vez en cuando para asegurarse de la posición del otro vehículo.
  • Si un vehículo con una sola luz se aproxima, maneje lo más a la derecha posible.

Animales y Caballos

Los animales salvajes y domésticos pueden salir al paso o cruzar la trayectoria de un vehículo inesperadamente. Cuando vea un animal en la carretera o en la orilla de la misma, usted debe reducir la velocidad y, si es necesario, ceder el paso. Preste atención especial en las zonas rurales durante la noche. Muchas veces se verán primero los ojos del animal reflejados en las luces delanteras. Debe tener un cuidado razonable cuando se acerque a una persona que va montada a caballo o llevando un animal por la carretera o al lado de la carretera. Los caballos tienen mala vista lateral y se asustan fácilmente por los ruidos altos o los movimientos repentinos. Las luces largas pueden revelar la presencia de objetos a una distancia de por lo menos 450 pies y son más eficaces para velocidades que excedan las 25 mph. Siempre use las luces cortas cuando se aproximen otros automóviles para no cegar o deslumbrar al conductor. Use también las luces cortas cuando maneje donde hay alumbrado público, neblina o lluvia, y cuando esté siguiendo a otro automóvil a una distancia de 300 pies o menos.

fig36

Neblina o Humo

Es mejor no conducir cuando hay neblina o humo. Si tiene que hacerlo, reduzca la velocidad, encienda las luces cortas y esté listo para frenar de pronto. Use los limpiaparabrisas en neblina densa. Si la neblina o el humo se vuelve tan denso que no puede ver lo suficientemente bien para continuar manejando, sálgase del pavimento y pare. Encienda las luces intermitentes de emergencia.

Lluvia

Las primeras gotas de lluvia significan peligro. Las carreteras están más resbalosas justo cuando comienza a llover debido a que el aceite que cae de los automóviles todavía no ha sido barrido por la lluvia. Reduzca la velocidad y tenga en cuenta que será necesario por lo menos dos veces la distancia normal para parar. En un aguacero, las llantas pueden deslizarse sobre una pequeña capa de agua, como si fueran esquís. Esto se llama hidroplanear. Cuando las llantas no están tocando la carretera, usted puede perder fácilmente el control y patinar. Mantenga las llantas en la carretera reduciendo la velocidad cuando llueve y asegurándose de que las llantas tengan la presión de aire adecuada y la banda de rodadura necesaria. A menudo, los frenos se mojan después de conducir por donde el agua está profunda o durante un fuerte aguacero. Quizás tiren hacia un lado o el otro, o quizás no tenga frenos en lo absoluto. Si esto pasa, reduzca la velocidad y bombee ligeramente el pedal del freno hasta que los frenos funcionen otra vez.

Visibilidad Reducida

Debe encender las luces cortas (oscurecer) cuando maneje en cualquier momento entre la puesta y la salida del solo, incluyendo las horas de crepúsculo entre la puesta del solo y la oscuridad total de la noche, o entre la oscuridad total de la noche y la salida del sol. También debe usar estas luces cuando llueva, haya humo o niebla. Las luces de estacionamiento no llenan los requisitos de esta ley.

Emergencias

Al conducir pueden sucederle contratiempos con gran rapidez. Quizás solamente tenga una fracción de segundo para reaccionar bien. Siga las siguientes pautas en caso de una emergencia.

Averías

  • Si es posible, estacione donde el vehículo averiado pueda ser visto a 200 pies en ambas direcciones.
  • Mueva el vehículo de manera que las cuatro ruedas estén fuera del pavimento.
  • Encienda las luces intermitentes de emergencia.
  • Los pasajeros deben bajarse del lado opuesto del tráfico.
  • Amarre un paño blanco a la manilla de la puerta izquierda o a la antena.
  • Levante el capó.

Reventón de Llanta

  • No use los frenos.
  • Concéntrese en controlar el automóvil usando el volante.
  • Reduzca la velocidad gradualmente.
  • Frene suavemente cuando el automóvil esté bajo control.
  • Sálgase completamente del pavimento.

Frenos Mojados

  • Pruebe ligeramente los frenos después de conducir por agua profunda.
  • Puede que los frenos tiren hacia un lado o quizás no funcionen en lo absoluto.
  • Seque los frenos manejando despacio y aplicando los frenos.

Para Sacar las Ruedas Derechas fuera del Pavimento

  • Quite el pie del pedal del acelerador.
  • Sujete el volante con firmeza y guíe el automóvil en línea recta.
  • Frene ligeramente.
  • Espere hasta que la carretera esté libre.
  • Regrese al pavimento virando con firmeza a baja velocidad.

Cuando un Automóvil o Motocicleta Se Acerca en Su Mismo Carril

  • Toque la bocina.
  • Frene rápidamente.
  • Guíe el automóvil en dirección a la orilla de la carretera o a la zanja.

El Pedal del Acelerador Atascado

  • Mantenga la vista en la carretera.
  • Déle golpecitos al pedal con el pie.
  • Trate de levantar el pedal con la puntera del zapato.
  • Cambie a neutro.
  • Apague el motor. (No gire la llave totalmente pues se trancará el volante.)
  • Use los frenos.

Fallo Total de los Frenos

  • Bombee fuerte y rápidamente el pedal del freno.
  • Cambie a una velocidad más baja.
  • Aplique lentamente el freno de emergencia de manera que no patine.
  • Frote las llantas contra el borde para disminuir la velocidad del vehículo o sálgase de la carretera hacia un espacio abierto.

Patinazos

  • Quite el pie del pedal del acelerador.
  • No use los frenos, si es posible.
  • Bombee ligeramente los frenos si es que va a chocar con algo.
  • Maneje el automóvil en la dirección en que está patinando para poder enderezarlo. Entonces maneje en la dirección que desear ir.
  • Quite el pie del pedal del acelerador.
  • No use los frenos, si es posible.
  • Bombee ligeramente los frenos si es que va a chocar con algo.
  • Maneje el automóvil en la dirección en que está patinando para poder enderezarlo. Entonces maneje en la dirección que desear ir.

Fuego

  • Si el fuego es pequeño y tiene un extinguidor, trate de apagarlo.
  • Si no puede apagarlo y se hace más grande, salga del vehículo. Debido a la presencia de gases tóxicos y la posibilidad de una explosión, debe alejarse del vehículo lo más posible.
  • No le eche nunca agua a un fuego de gasolina o diesel.

Al Compartir la Carretera con una Bicicleta

  • Dé un espacio de tres pies cuando pase a un ciclista. Reduzca la velocidad si el camino es angosto.
  • Después de estacionar en paralelo, fíjese si hay ciclistas antes de abrir la puerta lateral del conductor.
  • Por la noche, evite usar las luces largas cuando se está aproximando un ciclista. El ciclista podría quedar cegado temporalmente.
  • No siga de cerca de un ciclista. Si usted está demasiado cerca y el ciclista debe apoyar su bicicleta en el suelo en una emergencia, usted podría atropellarlo.

Al Compartir la Carretera con un Camión

Si tiene que compartir la carretera con un automóvil, un camión, un autobús u otro vehículo grande, es importante por razones de seguridad obedecer las leyes de tránsito, cumplir con las reglas y conducir a la defensiva. ¿Hay reglas especiales para compartir la carretera con un camión? ¡Sí! A continuación se enumeran algunas recomendaciones hechas por conductores profesionales de camiones.

“Zona de Peligro”

  • Puntos ciegos laterales. Los puntos ciegos a ambos lados de los camiones y los autobuses son mucho más grandes que los de los automóviles de pasajeros. Si un conductor comercial necesita desviarse o cambiar de carril por cualquier motivo, puede ocurrir un contacto con el automóvil en dicho lugar.
  • Puntos ciegos traseros. A diferencia de los automóviles de pasajeros, los camiones y los autobuses tiene puntos ciegos profundos directamente detrás. El seguirlos muy de cerca aumenta su posibilidad de un choque por detrás con un vehículo comercial.
  • Pasar en forma poco segura. Otra zona poco segura es justo al frente de los camiones y los autobuses. Al pasar un autobús o camión, asegúrese de que puede ver el frente del vehículo en su espejo retrovisor antes de cambiar al carril en que viaja dicho vehículo.
  • Doblar a la derecha. Los conductores de camiones y autobuses a veces necesitan echarse hacia la izquierda para poder doblar a la derecha en forma segura. No pueden ver los automóviles que están directamente detrás o al lado de ellos. Tratar de pasar entre el vehículo comercial y el contén o la orilla de la carretera por el lado derecho aumenta la posibilidad de un choque.
  • Marcha atrás. Cuando un camión está dando marcha atrás, a veces tiene que bloquear la calle para maniobrar el remolque con precisión. Nunca cruce por detrás de un camión que se está preparando para dar marcha atrás o está en el proceso de hacerlo. Recuerde que la mayoría de los remolques son de ocho pies y medio de ancho y pueden ocultar completamente objetos que aparecen de repente entre ellos y las áreas de carga. Los conductores de automóviles que tratan de pasar por detrás de un camión se ponen en un punto ciego para ambos conductores.

no-zone

Pasar

  • Al pasar un camión, mire primero hacia adelante y atrás y entonces muévase al carril para pasar sólo si está libre y usted está en una zona en que puede pasar legalmente. Infórmele al conductor del camión que usted desea pasar encendiendo los faros intermitentemente, especialmente por la noche. El conductor le ayudará quedándose en el extremo derecho del carril.
  • En una carretera llana, sólo toma de tres a cinco segundos más pasar un camión que un automóvil. En una cuesta, un camión a menudo pierde velocidad, y en esa situación es más fácil pasar un camión que un automóvil. En una bajada, el ímpetu del camión causará que vaya más rápido, y usted puede tener que aumentar su velocidad.
  • Termine de pasar lo más pronto posible, y no se quede al lado del otro vehículo.
  • Si el conductor enciende intermitentemente sus luces después de que lo pasa, indica que usted puede volver al carril original. No vuelva al carril original hasta que pueda ver el frente del camión en su espejo retrovisor. Después de pasar un camión, mantenga su velocidad.
  • Cuando un camión lo pasa a usted, usted puede ayudar al conductor del camión quedándose lo más a la derecha posible de su carril. Será más fácil para el conductor del camión si usted reduce un poco la velocidad. En cualquier caso, no aumente la velocidad cuando el camión este pasando. Después de pasar, el conductor del camión le dará alguna señal para avisarle que el camión va a volver a carril original.
  • Cuando se acerque un camión en la dirección opuesta, mantégese lo más a la derecha posible del carril para evitar un accidente de costado y para reducir la turbulencia de viento entre los dos vehículos. Acuerdese que la turbulencia separa los vehículos; no hace que se acerquen el uno al otro.

Al Seguir a un Camión

  • En general, los camiones necesitan un poco más de tiempo para parar que los automóviles a causa de su tamaño más grande. Sin embargo, a las velocidades normales en las carreteras y en las carreteras mojadas, los camiones pueden tener más tracción y estabilidad que permiten que se paren más rápido. Es posible que un automóvil que está siguiéndolo demasiado cerca no pueda parar con bastante tiempo para evitar chocar con la parte trasera del camión.
  • Si está detrás de un camión, evite el “punto ciego” hacia atrás. Trate de no seguirlo demasiado cerca, y mantenga su vehículo en una posición que permita que el conductor del camión lo pueda ver en los espejos exteriores. Entonces usted también podrá ver bien la carretera frente a usted, y el conductor del camión le puede señalar con bastante tiempo que va a parar o doblar. Usted tendrá mas tiempo para reaccionar y parar con seguridad.
  • Cuando siga a un camión por la noche, siempre use las luces cortas. El reflejo de las luces largas de un vehículo que está detrás en los espejos exteriores de un camión pueden cegar al conductor del camión.
  • Si tiene que parar detrás de un camión en una cuesta, deje espacio por si acaso el camión se rueda hacia atrás cuando empiece a moverse otra vez. También quédese al extremo izquierdo de su carril para que el conductor pueda ver que esta allí parado detrás del camión.

Al Seguir a una Motocicleta

  • Cuando siga a una motocicleta, recuerde que las motocicletas pueden parar más rápidamente que otros vehículos en emergencias. Seguir demasiado cerca pone en peligro su vida y la del motociclista.

Capítulo 4

Señales, Letreros y Marcas en el Pavimento

Señales de Control del Tráfico
Los semáforos están colocados en las intersecciones para mantener el movimiento del tráfico y evitar accidentes. Los conductores, los peatones y los ciclistas deben obedecer los semáforos, excepto cuando un policía esté dirigiendo el tráfico. Pare en la línea de “stop” si su automóvil es el más cercano al semáforo. Algunos semáforos cambian sólo cuando hay un automóvil en la línea de “stop.” Si los semáforos no están funcionando, pare como si fuera una señal de “stop” de cuatro vías.

LA LUZ ROJA Pare completamente en la línea marcada “stop” o antes de entrar en el paso de peatones o la intersección. Después de parar, podrá doblar a la derecha con la luz roja en la mayoría de las intersecciones si la vía está libre. Algunas intersecciones tienen un letrero que dice “NO TURN ON RED” (no doblar cuando la luz está roja), el cual tiene que obedecer. Se permite doblar a la izquierda con la luz roja desde una calle de una sola vía hacia una calle de una sola vía. LA LUZ AMARILLA Pare si puede. Pronto la luz cambiará a rojo. LA LUZ VERDE Prosiga–pero solamente si la intersección está libre. Ceda el paso a los peatones y a los vehículos que todavía estén en la intersección. Si va a doblar a la izquierda, espere que haya un claro en el tráfico que viene en sentido contrario.

LA FLECHA ROJA Pare completamente en la línea de “stop” marcada o antes de entrar en el paso de peatones o la intersección. Después de parar, puede doblar a la derecha con una flecha roja en la mayoría de las intersecciones si la vía está libre. Algunas intersecciones tienen un letrero que dice “NO TURN ON RED” (prohibido doblar cuando esté roja), el cual usted tiene que obedecer. Se puede doblar a la izquierda con una flecha roja desde una calle de una sola vía hacia una calle de una sola vía. LA FLECHA AMARILLA Pare si puede. Pronto la luz cambiará a rojo. Una flecha amarilla tiene igual significado que la luz amarilla, pero se aplica solamente al movimiento en la dirección de la flecha. LA FLECHA VERDE Una flecha verde, que señala hacia la izquierda o derecha, significa que puede doblar en la dirección de la flecha. Si la luz roja está encendida al mismo tiempo, usted debe estar en el carril apropiado para hacer dicho viraje y deberá ceder el paso a los vehículos y a los peatones que están en la intersección.

LAS SEÑALES INTERMITENTES

Una luz roja intermitente significa lo mismo que una señal de “stop”. Se utiliza en las intersecciones peligrosas. Una luz amarilla intermitente significa que puede proseguir adelante con precaución. Se utiliza en las intersecciones peligrosas o justo antes de las mismas o para alertarlo de que viene una señal de precaución, tal como un cruce escolar o una curva pronunciada.

SEÑALES DE CARRIL

Las señales de los carril se usan:

  • Cuando la dirección del flujo del tráfico cambia durante el día, o
  • Para indicar que la caseta de peaje está abierta o cerrada.
  • Para indicar qué carriles están abiertos o cerrados.
Nunca debe manejar en un carril que tenga una señal arriba con una X roja.

Una X amarilla significa que la señal de su carril va a cambiar a rojo. Prepárese para salir del carril en forma segura.

Puede manejar en los carriles marcados con la flecha verde, pero también debe obedecer todos los demás letreros y señales.

LETREROS DE TRÁFICO – FORMAS Y COLORES TIPO ESTÁNDAR

Los letreros de tráfico se presentan en ocho formas y ocho colores. Cada forma y cada color tiene un significado exacto, así que usted debe llegar a conocerlos todos.

VERDE: Guía, información direccional.
ROJO: Parar, ceder el paso, no entrar, o vía equivocada.
AZUL: Guía de servicios para el conductor. También se usa para señalar los espacios de estacionamiento para los conductores discapacitados.
NARANJA: Advertencia de construcción y mantenimiento.
MARRÓN: Indicación de áreas públicas de recreación y de vistas panorámicas.
AMARILLO: Advertencia general.
BLANCO: Regulatorio.
NEGRO: Regulatorio.

La forma de la señal que esté en la carretera le puede decir tanto con respecto al mensaje que transmite como el color de la misma.

RECTÁNGULO HORIZONTAL: Generalmente para letreros de guía.fig59OCTÁGONO: Exclusivamente para letreros de “Stop.” TRIÁNGULO: Exclusivamente para letreros de Ceder el Paso. BANDEROLA: Advertencia de Zonas de No Pasar. DIAMANTE: Exclusivamente para advertir de la existencia o la posibilidad de peligros en las carreteras o zonas adyacentes. RECTÁNGULO VERTICAL: Generalmente para letreros regulatorios. PENTÁGONO: Letreros de proximidad de una escuela o paso escolar. REDONDO: Letreros de advertencia de proximidad de ferrocarril. fig64CRUCETA: Cruce de ferrocarril.
LOS LETREROS DE PARE O “STOP”
(PARE) son siempre octagonales (tienen 8 lados). Un letrero de “stop” significa que usted debe parar el automóvil completamente en la línea de parar marcada con “stop”.
Si no hay una línea de “stop” marcada, pare antes de entrar en el paso de peatones en el lado más cercano a la intersección. Si no hay un paso de peatones, pare en el punto más cercano a la calle dentro de la intersección de manera que pueda ver sin obstrucción el tráfico que se acerca antes de entrar en la intersección.
Un “stop” de cuatro vías significa que hay cuatro letreros de “stop” en esa intersección. El tráfico en las cuatro direcciones debe parar. El primer vehículo en llegar a la intersección debe ser el primero en proseguir. Si dos vehículos llegan a la intersección a la vez, el conductor de la izquierda debe ceder el paso al conductor de la derecha.


Triángulo: Ceda el Paso
Reduzca la velocidad y ceda el paso a los vehículos que estén cruzando su camino. Si la vía está libre, puede proseguir lentamente sin parar. Los letreros de ceder el paso se colocan generalmente donde las carreteras secundarias conducen a las carreteras principales.

Banderola: No Pasar
Está entrando en una zona de no pasar. Este letrero se coloca en el lado izquierdo de la carretera, de frente al conductor.

Diamante: Advertencia
Puente estrecho. Estos letreros le avisan de condiciones especiales o de peligros adelante. Las palabras o los símbolos del letrero indicarán por qué necesita usar precaución. Véanse los letreros de aviso más comunes.

Pentágono: Letrero de Escuela
Este letrero de cinco lados significa que está cerca de una escuela. Cuidado con los niños.

Paso Escolar
A medida que se acerque a este letrero, reduzca la velocidad, esté atento a los niños que cruzan la calle. Pare si es necesario. Obedezca las órdenes de los oficiales de tránsito.

Letreros de Advertencia

Estas son algunas de las señales de advertencia más comunes. Estos letreros advierten de los posibles peligros que haya más adelante. Maneje con precaución.

1. RESBALOSO CUANDO ESTÁ MOJADO: En tiempo lluvioso, maneje despacio. No acelere ni frene bruscamente. Tome las curvas pronunciadas muy despacio.

2. CARRETERA DIVIDIDA: La carretera adelante está dividida en dos carreteras de una sola vía. Manténgase a su derecha. 3. LA CARRETERA DIVIDIDA TERMINA: La carretera dividida en la que está viajando termina de 350 a 500 pies más adelante. Se encontrará en una carretera con tráfico en ambas direcciones. Manténgase a su derecha.

4. BAJA ALTURA: No entre si su vehículo es más alto que la altura indicada en el letrero.

5. CRUCE DE BICICLETAS: Le advierte que adelante hay una senda para bicicletas que cruza la carretera. 6. CONVERGENCIA DE TRAFICO (Merging Traffic): Está acercándose a un punto donde otro carril de tránsito se une al suyo. Esté atento al tránsito y esté listo para ceder el paso cuando sea necesario.

fig55 7. CRUCE DE PEATONES: Esté atento a las personas que estén cruzando la calle. Reduzca la velocidad si es necesario.

8. PUENTE ESTRECHO: El puente es lo suficientemente ancho para permitir dos carriles de tráfico, pero con muy poco espacio. 9. HONDONADA: Hay un lugar bajo en la carretera. Maneje despacio y esté listo para parar si la hondonada está llena de agua.

fig56 10. ORILLAS FLOJAS: La tierra al lado de la carretera es floja. No salga del pavimento excepto en caso de emergencia.

11. PUENTE DE UN SOLO CARRIL: Este puente es lo suficientemente ancho para sólo un vehículo a la vez. Asegúrese de que el puente esté libre de tráfico viniendo de frente antes de cruzar. 12. TERMINA EL PAVIMENTO: La superficie de la carretera adelante cambia de una superficie de pavimento duro a una superficie de pavimento mas blando o a una carretera de tierra.

fig57 13. CURVA A LA DERECHA: Reduzca la velocidad y manténgase bien a la izquierda. La carretera tendrá una curva hacia la derecha.

14. CURVA DOBLE: La carretera tendrá una curva hacia la derecha y luego hacia la izquierda. Reduzca la velocidad, manténgase a su derecha y no adelante. 15. CARRETERA SINUOSA: Hay muchas curvas adelante. Maneje despacio y con cuidado.

fig69 16. CRUCE DE CAMIONES: Esté atento a los camiones que entran o cruzan la carretera.

17. CRUCE DE CARRETERAS: Una carretera cruza la carretera principal. Mire el tráfico hacia la izquierda y la derecha. 18. CARRETERA LATERAL: Otra carretera entra a la carretera principal en la dirección indicada. Esté atento al tránsito en esa dirección.

fig70 19. DOBLAR A LA DERECHA: La carretera vira agudamente hacia la derecha. Reduzca la velocidad, manténgase a su derecha y no adelante a los otros vehículos.

20. REDUCCIÓN DE CARRILES: Habrá menos carriles adelante. El tráfico debe convergir a la izquierda. Los conductores en el carril de la izquierda deben permitir que los otros puedan convergir sin interferencias. El carril derecho termina. 21. LETRERO DE ADVERTENCIA DE VELOCIDAD: La velocidad máxima segura en la curva que se aproxima es de 25 millas por hora. Los letreros de advertencia de velocidad se usan con cualquiera de los letreros de advertencia en forma de diamante.

fig71 22. CUESTA ABAJO: Reduzca la velocidad y esté listo para cambiar a una velocidad más baja para controlar la velocidad y ahorrar frenos.

23. CEDA EL PASO ADELANTE: Advertencia de un letrero de ceder el paso adelante. Reduzca la velocidad y prepárese para parar en el letrero o a ajustar su velocidad a la del tráfico. 24. SEMÁFORO ADELANTE: Advertencia de semáforos en la intersección adelante. Reduzca la velocidad, posibilidad de poca visibilidad.

fig71 25. LETRERO DE “STOP” ADELANTE: Cuando se encuentre con este letrero, reduzca la velocidad y esté listo para parar en el “stop”.

26. TRAFICO EN DOS DIRECCIONES ADELANTE: La calle o carretera de una sola vía termina más adelante. Se encontrará con tráfico en dirección opuesta a la suya.

fig73 Rectángulo: Regulatorio o Informativo Estos letreros le indican la ley, así que debe seguir sus instrucciones. Recuerde que un círculo rojo con una barra inclinada significa NO. El letrero le indica lo que no está permitido.



fig74 NO VIRAR EN U. No puede virar completamente para ir en la dirección opuesta donde esté colocado este letrero.

No puede doblar a la derecha en esta intersección.



speedlimit50La velocidad máxima a la que puede conducir con seguridad en esta zona es de 50 millas por hora.

fig75No puede seguir hacia adelante. Tiene que doblar a la derecha o a la izquierda.

wrong_way Usted se dirige en la dirección equivocada en la rampa de salida de una autopista. No maneje más allá de este letrero. Vire inmediatamente.


fig76Hay una carretera dividida adelante. Manténgase al lado derecho del divisor.
fig77 Estacionamiento sólo para vehículos que muestren un permiso oficial y transporten a una persona impedida.

fig68Sólo puede proseguir en la dirección de la flecha.

fig78Este letrero recomienda la velocidad máxima segura para la entrada o salida de una autopista. Reduzca la velocidad a la velocidad que se indica.

no_turn_on_redNo puede doblar a la derecha ni a la izquierda con la luz roja. Tiene que esperar hasta que la luz cambie a verde.

restricted_lane Un letrero en forma de diamante en un carril indica que ese carril está reservado para cierto uso o ciertos vehículos. Los carriles están reservados normalmente para autobuses o automóviles que llevan más de dos personas durante las horas de mucho tránsito. Otros letreros en forma de diamante se usan para designar carriles para bicicletas.


fig79 El carril central está compartido para virar a la izquierda en ambas direcciones.

do_not_pass No debe pasar a ningún otro vehículo que vaya en la misma dirección que usted mientras esté en esta área.


pass_with_care Cuando haya pasado este letrero, está permitido pasar con cuidado a otros vehículos.

left_lane_must_turn_left El tráfico en el carril izquierdo debe virar a la izquierda en la intersección que se aproxima.

EMERGENCY_STOPPINGSe permite parar solamente en caso de emergencia.

speed_zone Se está acercando a un área donde se ha establecido una zona de velocidad reducida.

fig80En la intersección adelante el tráfico en el carril izquierdo debe doblar a la izquierda y el tráfico en el carril adyacente debe doblar a la izquierda o continuar derecho.

slower_traffic Este letrero se usa en carreteras con carriles múltiples para indicar que el tránsito que se mueve más despacio se mantenga en el carril de la derecha; y que lo haga también cuando se acercan otros vehículos por detrás aun si usted va a la velocidad máxima.



fig67Indica una carretera de una sola vía con el tránsito que se mueve hacia usted. No debe entrar a la carretera de una sola vía en este punto.

no_turns No puede doblar ni a la derecha ni a la izquierda en esta intersección.

no_parking_on Si estaciona aquí, debe estacionar siempre fuera del pavimento de la carretera.

 

bike_sign-95 Al entrar a un carril para doblar a la derecha, es posible que los conductores encuentren ciclistas en este carril, a los que siempre deben cederles el paso.

 

fig81 CRUCE DE ANIMALES. El animal que se muestra en este letrero abunda en esta área; esté atento a los animales de este tipo que cruzan la carretera, especialmente durante el atardecer y de noche.

Letreros y Señales de Cruce de Ferrocarril

fig64

Hay muchos letreros y señales que marcan los cruces de ferrocarril. Cuando vea una de ellas, reduzca la velocidad y esté listo para parar. RECUERDE: Los trenes no pueden parar con rapidez. Un tren de carga que viaja a 30 MPH necesita una distancia para parar de más de media milla. Los trenes más largos que viajan a velocidades más altas necesitan 1 1/2 millas o más para parar.

Cualquier persona que se aproxime caminando o manejando un vehículo a un cruce de vía férrea debe detenerse a 50 pies y a no menos de 15 pies de la vía férrea más cercana cuando los dispositivos de advertencia eléctricos o mecánicos estén encendidos; o la barrera del cruce esté baja o el abanderado esté advirtiendo de la proximidad de un tren; o si hay un tren aproximándose claramente visible y está peligrosamente cerca del cruce de la vía férrea. No debe emprender la marcha hasta que pueda hacerlo con seguridad.

Las señales del pavimento, consistentes en una RXR seguida por una línea de “stop” más cerca a las vías, pueden estar pintadas en el pavimento en la proximidad a un cruce. Cualquier persona que camine o maneje un vehículo y se acerque a un cruce de vía férrea debe detenerse a 50 pies y a no menos de 15 pies del cruce. Quédese detrás de la línea de “stop” mientras espera que pase un tren.

La señal de advertencia es normalmente la primera señal que usted ve al acercarse un cruce de vía férrea. La señal de advertencia aconseja disminuir la velocidad, mirar y escuchar si se percibe un tren, y prepararse para detenerse si un tren se está aproximando.

Las señales de Cruceta se encuentran en las intersecciones de la vía férrea. Estos son carteles de ceda el paso. Le exigen legalmente que ceda el paso a los trenes. Disminuya la velocidad, mire y escuche si se percibe un tren, y deténgase si un tren se acerca. Cuando el camino atraviesa más de una vía férrea, un cartel debajo de la señal de cruceta indicará el número de vías. Las señales de cruceta se encuentran en la mayoría de los cruces de ferrocarril. Si hay más de una vía, el cartel debajo de la cruceta indicará el número de vías en el cruce.

En muchos cruces de vía férrea, la señal de cruceta tiene luces rojas intermitentes y campanillas. ¡Cuando las luces se enciendan, deténgase! Un tren está acercándose. NO SE DETENGA SOBRE LAS VÍAS NI A MENOS DE 15 PIES DEL CRUCE. Si hay más de una vía, asegúrese de que todas las vías estén despejadas antes de cruzar. No avance hasta que usted pueda hacerlo con seguridad. Si hay más de una vía, asegúrese de que todas las vías están despejadas antes de cruzar. Cuando haya mucho tráfico, asegúrese que hay lugar para su vehículo en el otro lado de la vía antes de empezar a cruzar.

Muchos cruces tienen barreras con luces rojas intermitentes y campanillas. Deténgase cuando las luces se enciendan y antes de que la barrera baje en su lado del camino. Si las barreras están abajo, el camino está cerrado. Es contra la ley conducir rodeando o cruzar bajo las barreras, o cuando estas están subiendo o bajando. No avance hasta que las barreras estén levantadas y las luces dejen de encenderse ya que puede estar acercándose un tren en una vía adyacente. Aproxímese siempre a los cruces de vía férrea a una velocidad razonable – y prepárese a detenerse por si tiene que hacerlo. Esté especialmente atento si está siguiendo ómnibus o camiones, que deben detenerse en los cruces de vía férrea aun cuando no haya ninguna barrera baja y las luces de advertencia no estén encendidas. Si su automóvil se detiene en las vías no vacile. Quite a sus pasajeros y a usted mismo fuera de las vías y fuera del automóvil inmediatamente. Si es inminente una colisión, la dirección más segura es dirigirse hacia el tren pero quedándose fuera de las vías. Así usted tendrá menos probabilidad de ser golpeado por su vehículo o por cualquier otro desecho de la colisión.

Letreros de Control de Tráfico en Zonas de Construcción y en Mantenimiento

Se usan diferentes dispositivos de control de tránsito en las áreas donde se construye o se hacen trabajos de mantenimiento de la carretera para dirigir en forma segura a los conductores y peatones por las áreas de trabajo y proteger a los trabajadores de la carretera. Esté listo para reducir la velocidad y prosiga con cuidado cuando se lo indique un letrero, un abanderado y/o un policía. Los letreros de construcción y mantenimiento se usan para notificar a los conductores de condiciones poco usuales o potencialmente peligrosas en las áreas de trabajo o cerca de ellas. La mayoría de los letreros que se usan en las áreas de trabajo en las calles y carreteras tienen forma de diamante.

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Dispositivos para la Regulación

Las barricadas, los paneles verticales, los barriles y los conos son los dispositivos que más se usan para alertar a los conductores de las condiciones poco usuales o potencialmente peligrosas en las áreas de trabajo en las calles y carreteras. Estos dispositivos se usan para guiar con seguridad a los conductores por las áreas de trabajo, y durante la noche puede que estén equipados con luces de advertencia. Cuando se coloque un letrero que indique ROAD CLOSED (carretera cerrada), no maneje en esta carretera. Busque un desvío u otra ruta. Las franjas en las barricadas y paneles van hacia abajo en la dirección en que el tránsito debe viajar. Paneles de Flechas Intermitentes Los paneles de flechas intermitentes se usan durante el día y la noche para dar advertencia e información direccional a los conductores cuando sea necesario moverse a la derecha o a la izquierda a otro carril. Una barra horizontal intermitente indica una advertencia – tenga cuidado al acercarse al área de trabajo.

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Abanderados

A menudo se colocan abanderados en las áreas de trabajo en las calles y carreteras para hacer detener, reducir la velocidad o dirigir con seguridad el tránsito a través del área. Los abanderados llevan chalecos o chaquetas color naranja y usan banderas rojas o paneles de “stop”/reducir la velocidad para dirigir el tráfico a través de las áreas de trabajo.

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Letreros Especiales

fig_2093 VEHÍCULO A BAJA VELOCIDAD Los vehículos que van a menos de 25 millas por hora (tales como los equipos agrícolas) deben mostrar este letrero en la parte posterior al usar las carreteras públicas.

fig_2094LETREROS DE GUÍA VERDES Los letreros verde y blanco le dan información sobre las direcciones y distancias. Los letreros de guía en las autopistas indican qué carriles debe usar para llegar a su destino. Las rutas que corren de Este a Oeste generalmente tienen números pares y aquellas que corren de Norte a Sur tienen números impares. LETREROS DE GUÍA AZULES DE SERVICIOS Los letreros azules y blancos le dirigen a servicios tales como gasolina, comida, moteles y hospitales. Los letreros marrones y blancos le indican las vistas panorámicas y los parques.

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Marcas en el Pavimento

Las marcas en las carreteras se usan para guiar y advertir a los conductores. Las marcas pueden ser amarillas o blancas. Cada una tiene un significado diferente. La línea amarilla central separa los carriles del tráfico que se mueven en direcciones opuestas. Las líneas blancas separan los carriles del tráfico que se mueven en la misma dirección. Algunas de las reglas básicas que tiene que seguir son:

  • Una línea sólida, interrumpida o de puntos debe cruzarse con cuidado. Si es amarilla, significa pasar con cuidado y si es blanca significa cambiar de carriles con cuidado.
  • Una línea sólida y doble no debe ser cruzada. Si es amarilla, significa que no se puede pasar, y si es blanca, una línea sólida y doble significa que no debe cambiar de carril. Sin embargo, una línea amarilla, sólida y doble puede cruzarse al doblar a la izquierda.
  • Una línea de puntos se usa para guiar a los vehículos en una trayectoria particular como a través de las intersecciones donde las líneas sólidas, interrumpidas o alternadas podrían causar confusión.
  • Una línea sólida con una línea de puntos tiene varios significados. Pasar o cruzar está prohibido si la línea sólida está del lado del vehículo en el cual está viajando. Las excepciones a esta regla es cuando el vehículo está virando hacia un carril de marcha atrás o hacia un carril de virar a la izquierda de dos vías–si los hay.

Marcas de la Línea Central Amarilla

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Interrumpida Una línea amarilla interrumpida indica que puede pasar por la izquierda cuando la vía adelante esté libre. Recuerde que está de frente al tráfico que viene en la otra dirección, así que alcanzar y pasar debe hacerse con cuidado.

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Sólida e Interrumpida Una línea amarilla sólida en el lado derecho de la línea central amarilla interrumpida significa que pasar o cruzar está prohibido excepto cuando va a doblar a la izquierda.

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Amarilla Doble Las líneas sólidas amarillas y dobles indican que no se permite pasar en ninguna dirección. No puede cruzar las líneas a menos que esté doblando a la izquierda.

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Marcas de la Línea Central Blanca

Interrumpida Las líneas blancas interrumpidas separan los carriles en el tránsito que va en la misma dirección. Pueden cruzarse con cuidado.

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Sólida con Flecha para Doblar en el Carril Las líneas sólidas blancas se usan para doblar en los carriles y para evitar los cambios de carriles cerca de las intersecciones. A menudo se usan flechas con las líneas blancas para indicar qué viraje puede hacerse desde qué carril. Si está en un carril que está marcado con una flecha en curva y la palabra ONLY, hay que doblar en la dirección de la flecha. Si su carril está marcado con una flecha curva y una recta, puede doblar o seguir derecho. Blanca y doble Las líneas sólidas blancas y dobles indican que no se permite cambiar de carril.

Carriles Reversibles Algunas carreteras tienen carriles de tráfico reversibles para ayudar durante las horas de mucho tráfico. La dirección del tráfico es invertida normalmente durante ciertas horas del día. Estas marcas en el pavimento se usan con señales especiales en el carril y otros letreros y símbolos. Una línea sólida blanca marca el borde del pavimento en la mayoría de las carreteras. Las líneas de “stop”, los pasos de peatones y los espacios para estacionar también están marcados con líneas blancas. Tales símbolos como las flechas están también en blanco. Una sola línea amarilla marca el borde izquierdo de todas las carreteras divididas o de una sola vía. Muchas veces los bordes están marcados en amarillo en las zonas donde se prohibe estacionar, generalmente cerca de las bocas de agua o las intersecciones. Es contra la ley estacionar o manejar por áreas que tienen marcas en el pavimento que indican carriles de incendios o zonas de seguridad. La flecha que marca el carril central en el diagrama que aparece más abajo indica que la dirección del tráfico en este carril puede estar invertida de acuerdo con los controles locales de tránsito debido al mucho tráfico durante las horas de máximo tránsito o a otras condiciones especiales.

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En el diagrama 1, a la derecha, los conductores que van en cualquier dirección pueden usar el carril central para virar a la izquierda.

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En el diagrama 2, los conductores que manejan en cualquiera de las direcciones no pueden cruzar la línea sólida amarilla doble.

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En el diagrama 3, los conductores que manejan en cualquier dirección pueden usar el carril central sólo para doblar a la izquierda.

Carretera en Ambas Direcciones con Carril Central

Una carretera de dos vías con un carril central para doblar a la izquierda en cualquier dirección que esté viajando. Este carril central para doblar especialmente marcado está proyectado para reducir la marcha y para que los vehículos que van a doblar estén protegidos y no puede ser usado para pasar.

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Capítulo 5

Su Vehículo

Estas partes de su automóvil se inspeccionarán antes de que tome el examen de conducir para obtener su licencia. Si las llantas, las luces del freno, los indicadores direccionales, los frenos, el volante, la bocina o el espejo no están en buenas condiciones, no se le permitirá tomar su examen de conducir. Usted puede ser parado por un policía en cualquier momento para una inspección de su vehículo.

Normas para el Equipo del Automóvil

El equipo de su automóvil debe cumplir con ciertas normas mínimas. Las mismas se enumeran a continuación: Frenos: Su automóvil tiene que tener dos sistemas de frenos. Cada uno por sí solo debe tener la capacidad de parar el automóvil. El freno de emergencia o de estacionamiento tiene que ser suficientemente fuerte para detener el automóvil en una cuesta. Sus frenos tienen que tener la capacidad de parar su automóvil dentro de las distancias que aparecen en la tabla de la página siguiente.

Frenos: Su automóvil tiene que tener dos sistemas de frenos. Cada uno por sí solo debe tener la capacidad de parar el automóvil. El freno de emergencia o de estacionamiento tiene que ser suficientemente fuerte para detener el automóvil en una cuesta. Sus frenos tienen que tener la capacidad de parar su automóvil dentro de las distancias que aparecen en la tabla abaja.

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Distancia para Frenar

Tiene que poder parar su automóvil dentro de la distancia indicada por los automóviles negros al aplicar el pedal de los frenos. Para conducir con más seguridad, mantenga los frenos en buenas condiciones de manera que puede parar dentro de la distancia indicada por los automóviles blancos que se muestran en la ilustración. Es importante notar que el gráfico abajo indica la distancia de frenar DESPUÉS DE APLICAR LOS FRENOS. Hay que añadir a esta distancia la DISTANCIA DE REACCIÓN, que es la distancia que uno recorre desde que vio el peligro hasta que puso el pie en el pedal de los frenos. Puesto que 3/4 de segundo es el tiempo normal de reacción, un conductor recorrerá 11 pies por cada 10 millas por hora de velocidad antes de aplicar los frenos. A 50 millas por hora, esta distancia sería de ¡55 pies!

NOTA: el tiempo de reacción en un laboratorio es de .75 de segundo. En el entorno donde se halle manejando, su tiempo de reacción estará cercano a los 1.5 segundos y la distancia que viajaría a 50 mph sería de 110 pies.

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Luces: Su automóvil deben tener las siguientes luces:

  • Luces largas que iluminan objetos que están 450 pies delante.
  • Luces cortas que iluminan objetos que están 150 pies delante.
  • Dos luces traseras rojas, visibles desde 1.000 pies.
  • Una luz blanca que ilumina la chapa de la licencia desde 50 pies (la chapa tiene que estar limpia).
  • Dos luces rojas traseras de freno. Tienen que ser visibles a 300 pies durante el día y deben iluminarse al aplicar el freno.

Demás Equipo Estándar

Todos los vehículos, incluso vehículos tirados por animales, tienen que tener por lo menos una luz blanca que sea visible a una distancia de un mínimo de 1.000 pies hacia adelante. También tienen que tener dos luces rojas visibles a una distancia de un mínimo de 1.000 pies por detrás, o una luz roja visible por detrás a una distancia de 1.000 pies y dos reflectores rojos visibles desde todas las distancias de 600 pies a 1.000 pies. Bocina: Su vehículo tiene que tener una bocina que se pueda oír a una distancia de 200 pies. Limpiaparabrisas: Su vehículo tiene que tener un limpiaparabrisas en buenas condiciones para limpiar la lluvia, nieve u otra humedad del parabrisas. Parabrisas: Tiene que ser de cristal de seguridad y no puede estar cubierto ni tratado con materiales que hagan el parabrisas reflectivo o intransparente. Tiene que estar libre de calcomanías y etiquetas, excepto las que requiera la ley. Ventanillas Laterales: No pueden estar compuestas, cubiertas ni tratadas con ningún material que tenga una superficie muy reflectiva o una apariencia de espejo que refleje más del 35% de la luz. Ventanillas Traseras: Cuando la ventanilla trasera esté compuesta, cubierta o tratada con un material que la hace intransparente, el vehículo tiene que tener espejos retrovisores exteriores en ambos lados. Indicadores Direccionales: Tiene que tener indicadores direccionales eléctricos si su vehículo mide más de 24 pulgadas desde el centro del tope de la barra del volante hasta el extremo exterior izquierdo de la carrocería, o cuando la distancia desde la barra del volante hasta el final de la carrocería o la carga es más de 14 pies. Llantas: Las llantas deben tener una rodadura visible de por los menos 2/32 de pulgadas sobre toda la base sin partes gastadas que dejen ver la lona interior. Las llantas gastadas en carreteras mojadas contribuyen a miles de accidentes graves. Espejos: Su automóvil tiene que tener por los menos un espejo retrovisor que permita ver la carretera a un mínimo de 200 pies detrás del vehículo.

Cómo Mantener su Automóvil en Buenas Condiciones

A pesar de lo bien que conduzca, usted no está seguro si su vehículo no está en buenas condiciones. Si no lo está, podría tener un accidente grave. Frenos: Verifique que el pedal se quede lo suficientemente arriba del piso del automóvil cuando lo pisa. Si el automóvil tira hacia un lado al pisar el pedal de los frenos o si se los oye raspar o chirriar, son avisos de que los frenos necesitan repararse. Luces: Cambie las luces fundidas y limpie los cristales de las luces a menudo. Los faros sucios pueden reducir la visión nocturna por la mitad. Los indicadores direccionales o luces del freno fundidos no indicarán a los otros conductores las intenciones de usted. Mantenga las luces delanteras ajustadas para no cegar a los conductores que vienen en la dirección opuesta. Ventanillas y Parabrisas: Mantenga el cristal limpio, por dentro y por fuera, para reducir el resplandor.

Equipos No Permitidos

No se puede tener dentro ni fuera del vehículo:

  • Luces rojas o azules de emergencia. Son únicamente para los vehículos de emergencia y de policía.
  • Sirenas, campanas, o pitos.
  • Un silenciador muy ruidoso o uno que echa humo.
  • Señales, carteles ni calcomanías en el limpiaparabrisas o las ventanillas (excepto los que requiera la ley).
  • Un televisor a la vista del conductor.
  • Más de dos faros, luces en el parachoques o el capó, luces antineblina (delante), u otras luces adicionales.
  • Audífonos llevados por el conductor mientras maneja.

Requisitos sobre la Altura de los Parachoques

Los dueños de automóviles y camiones pickup tienen que tener los parachoques delanteros y traseros montados dentro de ciertas alturas. Los límites de altura se ajustan al peso del vehículo al salir de la fábrica, no el peso alterado o modificado. Las alturas máximas permitidas entre el pavimento y la parte inferior de los parachoques delanteros y traseros, estipuladas en la Sección 316.251 de los Estatutos de Florida, son:

  • Automóviles con un peso neto de menos de 2.500 libras-22 pulgadas delante y detrás;
  • Automóviles de 2.500 libras o más, pero menos de 3.500 libras-24 pulgadas delante y 26 pulgadas detrás;
  • Automóviles de 3.500 libras o más-27 pulgadas delante, 29 pulgadas detrás;
  • Camiones de menos de 2.000 libras-24 pulgadas delante, 26 pulgadas detrás;
  • Camiones de 2.000 libras o más, pero menos de 3.000 libras-27 pulgadas delante, 29 pulgadas detrás;
  • Camiones de 3.000 libras o más, pero menos de 5.000 libras-28 pulgadas delante, 30 pulgadas detrás.

Favor de No Manipular

Es ilegal manipular, quitar, o desconectar el sistema de control de contaminación de aire de su vehículo. Los que lo hacen son culpables de un delito menor de primer o segundo grado, según la ofensa.
El manipular el sistema de control de emisiones causa daños al vehículo y puede ocasionar lo siguiente:

  • Un aumento de contaminación del aire.
  • Un aumento del consumo de gasolina y menos eficiencia vehicular.
  • Más costos de mantenimiento.
  • Problemas respiratorios.

¡NO DEJE EL FUTURO DE FLORIDA SE VAYA POR EL TUBO DE ESCAPE!

Sistema de Frenos “Anti-Lock” (ABS)

Los frenos “anti-lock” impiden los patinazos y permiten a los conductores dirigir al vehículo durante una situación de emergencia y de necesidad de frenar. El ABS puede ayudar a mejorar la estabilidad del vehículo (evitando los giros), la capacidad de controlar el volante (dirigiendo el auto a donde el conductor quiere ir) y la capacidad para frenar (la distancia necesaria para detener el vehículo).

Muchos conductores aprendieron que la forma correcta de parar en una situación de emergencia donde la tracción se perdió y el vehículo se desliza es bombeando los frenos; si bien esto es correcto con los frenos convencionales, con el ABS es diferente. Todo lo que los conductores deben hacer con los vehículos que tienen ABS es presionar fuerte hacia abajo en el pedal del freno, sostenerlo y girar el volante para salir del peligro. En una situación de emergencia, el ABS bombea los frenos por el conductor y bombea los frenos a una velocidad mucho mayor de lo que podría hacerlo el conductor. Los conductores deberían saber que el quitar la presión estable del pedal del freno y el bombear los frenos desencajará o “apagará” el ABS.

Uno de los beneficios más importantes del ABS es que el conductor puede conducir el vehículo lejos de los peligros mientras frena. Los conductores no deberían dar un volantazo o hacer sacudir el vehículo hacia una dirección. Se puede mantener el control del vehículo conduciendo hacia donde el conductor quiere ir. Los conductores deben fijarse que el tráfico esté despejado cuando deciden hacia dónde conducir y siempre recordar conducir de regreso al carril original tan pronto como el peligro haya pasado.

Los vehículos pueden estar equipados con dos tipos diferentes de ABS:

  • Los vehículos de pasajeros de cuatro ruedas y algunos camiones livianos. Siempre recuerde frenar con fuerza y conducir. Es importante mantener una presión firme y constante sobre el pedal del freno mientras para.
  • Sólo en las ruedas traseras en algunos camiones livianos. Impide que las ruedas traseras se traben a fin de que la parte trasera del vehículo no patine hacia los costados. Las ruedas delanteras pueden aun así trabarse y el conductor perderá el control del volante si eso sucede. En esta situación, el conductor debería poner en el pedal del freno sólo la presión suficiente como para permitir que las ruedas delanteras comiencen a rodar nuevamente para retomar el control. Cuando el conductor sienta que ha retomado el control, el pedal del freno debería estar nuevamente firmemente encajado.

Los conductores pueden saber si sus autos tienen ABS mirando si hay un símbolo de ABS iluminado en el tablero de control justo después de arrancar el motor, fijándose en el manual del dueño o preguntándole al comerciante.

BICICLETAS

Los ciclistas recibirán multas de tráfico por las infracciones de tráfico en las que incurran. Conozca y obedezca las leyes siguientes:

  • Los ciclistas deben obedecer todos los controles y señales de tránsito.
  • Un ciclista adulto puede llevar a un niño en un bulto para la espalda, cabestrillo, asiento o remolque diseñado para llevar niños.
  • No puede permitir que un pasajero permanezca en un asiento o poratador de niño cuando usted no esté en control inmediato de la bicicleta.
  • Los ciclistas y pasajeros menores de 16 años deben usar cascos aprobados por ANSI, Snell o alguna otra norma reconocida en Florida. (Se recomienda usuar casco en todas las edades.)
  • Cada bicicleta debe estar equipada con un freno o frenos que permitan al ciclista parar a una distancia de 25 pies al viajara a una velocidad de 10 millas por hora en un pavimento seco, nivelado y limpio.
  • Un ciclista en una acera o cruce de peatones debe ceder el paso a los peatones y debe dar una señal audible antes de pasar.
  • Se debe mantener por lo menos una mano en los manubrios.
  • En la carretera, mire hacia atrás antes de cambiar de carril.
  • Para viajar desde la puesta hasta la salida del sol, la bicicleta debe estar equipada con una luz blanca al frente que sea visible desde 500 pies al frente y tanto un reflector rojo como una luz roja en la parte trasera que sea visible desde 600 pies en la parte de atrás.
  • Si no está viajando a la velocidad de los demás vehículos, manténgase en el extremo derecho de la carretera, excepto al pasar, doblar a la izquierda, evitar peligros o cuando el carril es demasiado estrecho para compartirlo en forma segura con un automóvil.
  • Al operar una bicicleta en una calle de una vía con dos o más carriles de tráfico, usted puede viajar tan cerca del border izquierdo de la calle como se práctico.
  • Nunca viaje junto a otro ciclista ya que esto impedirá el flujo del tránsito.
  • Si va a doblar a la izquierda, usted tiene derecho de usar el carril desde donde va a virar.
  • Además del viraje normal a la izquierda como lo hacen los vehículos, usted puede proceder por la nueve dirección de viaje.
  • Haga señales de su intención de doblar a otros operadores de vehículos apuntando en la dirección en que va a doblar.
  • No lleve puestos audífonos ni otros dispositivos para escuchar, excepto un aparato sordos, al viajar en bicicleta.
  • No monte en bicicleta mientras se encuentre bajo la influencia del alcohol o las drogas.

MOPEDS

Las personas que manejan mopeds tienen los mismos derechos y responsabilidades que los conductores de vehículos de motor. Los conductores de mopeds recibirán multas de tráfico por las infracciones de tránsito en que incurran. Conozca y obedezca estas leyes para mopeds:

  • Conozca y obedezca estas leyes para mopeds.
  • Tiene que tener 16 años o más de edad para conducir un moped en las vías públicas.
  • Los conductores de mopeds tienen que tener por lo menos una licencia de conducir Clase E. No se requiere la aprobación para motocicletas.
  • Hay que registrar los mopeds anualmente y comprar una chapa.
  • No se puede conducir los mopeds en las sendas para bicicletas y para caminar.
  • Los conductores de mopeds no tienen que tener seguros de PIP.
  • Los conductores de 16 años de edad o más no tienen que llevar un casco.

LICENCIAS PARA LOS VEHÍCULOS

Si usted acepta un empleo o tiene un oficio, profesión o empleo en la Florida, o si matricula a sus hijos en una escuela pública de la Florida, su vehículo necesita una matrícula de la Florida y una chapa del Estado. Tiene que obtener el certificado de matriculación y la chapa antes de transcurridos 20 días de haber empezado el empleo o de haber matriculado a sus hijos. También tiene que tener un certificado de título de la Florida para el vehículo, a menos que una institución financiera posea el título y no lo entregue a la Florida.

PRUEBAS DE TÍTULO Y DE COBERTURA DE SEGUROS

Para obtener su chapa y certificado de matriculación tiene que probar que es el dueño del vehículo y que tiene seguros de Protección para Lesiones Personales (PIP) para su vehículo. Tiene que probar que es el dueño mostrando el certificado del título. Tiene que probar que tiene cobertura PIP mostrando una tarjeta de identificación de seguros o alguna otra prueba aceptable. El número de identificación del vehículo (VIN) de un vehículo con un título o una matrícula de otro Estado tiene que ser verificado por uno de los oficiales designados antes de registrar y dar un título al vehículo en la Florida. El VIN de un vehículo nuevo comprado fuera del Estado que va a tener su primer título en la Florida necesita ser verificado también.

PARA SOLICITAR EL TÍTULO, LA CHAPA Y EL REGISTRO

Se puede solicitar el título, la chapa y la matrícula en la colecturía de rentas internas de la Florida. El costo de su chapa depende del tipo y el peso del vehículo. El vehículo siempre debe tener una chapa vigente y usted siempre tiene que llevar la matrícula consigo al conducir. Si compra un vehículo de un vendedor comercial en la Florida, el vendedor tiene que solicitarle el certificado del título, el certificado de matriculación y la chapa. Si compra un vehículo de un individuo, usted debe obtener el título de ese individuo y solicitar otro certificado del título a nombre de usted. Puede solicitar el certificado del título, el certificado de matriculación y la chapa a la vez. No puede recibir una chapa hasta que tenga un título que pruebe que usted es el dueño del vehículo.

RENOVACIÓN

Las chapas y la matrícula tienen que ser renovadas todos los años, el mismo día o antes del cumpleaños del primer dueño que aparece en el formulario de matrícula. Cada vez que usted las renueve, tiene que probar que tiene los seguros requeridos. Puede hacer las renovaciones por correo. Las matrículas expiran a la medianoche del día del cumpleaños del primer dueño que aparece en la matrícula, excepto en el caso de:

  • casas rodantes – renovar anualmente antes del 31 de enero.
  • camiones de remolque y semi-remolques – renovar anualmente antes del 31 de diciembre.
  • vehículos de compañías y corporaciones, y algunos vehículos comerciales – renovar anualmente antes del 30 de junio.

Para obtener más información o ayuda en cuanto a los títulos y las matriculaciones de vehículos de motor, comuníquese con la colecturía de rentas internas de su condado. Las chapas y el registro deben renovarse todos los años, el mismo día o antes del cumpleaños del primer dueño que aparece en el formulario de registro. Cada vez que los renueve, deberá probar que tiene los seguros requeridos. Puede hacer las renovaciones por correo.

Preguntas del Examen de Conducir para la Licencia Clase E y la Licencia de Aprendiz

En el examen sobre las reglas de la carretera hay 20 preguntas, y usted tiene que escoger la respuesta correcta para cada una. Durante el examen escrito, no puede consultar ningún libro ni apunte, ni hablar con nadie excepto con el examinador. Debe leer cada pregunta con cuidado y sus cuatro respuestas posibles y luego escoger la mejor respuesta. Una pregunta típica con la respuesta correcta es la siguiente: El motivo principal de examinar a las personas antes de otorgarles una licencia de manejar es:

( ) Para proveer rentas para el gobierno estatal. ( ) Para mantener un registro del número de conductores. ( ) Para los registros de accidentes y compañías de seguros. (X) Para determinar la capacidad, los conocimientos y la habilidad del solicitante.

Su examen escrito completo incluirá 20 señales de la carretera y 20 preguntas sobre las reglas de la carretera. Para aprobarlo, tiene que escoger las respuestas correctas de un mínimo de 15 señales de la carretera y 15 preguntas de las reglas de la carretera. A continuación se ofrecen algunas preguntas típicas, pero no son necesariamente las mismas preguntas que estarán en el examen. Las respuestas a todas estas preguntas están en este libro.

  1. ¿Cuál es la definición de un delito grave?
  2. Si usted hace a sabiendas una declaración falsa en una solicitud de una licencia de conducir o una tarjeta de identificación, ¿pueden ponerle una multa o encarcelarle al encontrarle culpable?
  3. ¿Puede uno conducir temporalmente un tractor agrícola en las carreteras sin una licencia de conducir?
  4. ¿Cuántos tipos de identificación necesita presentar al examinador al solicitar su primera licencia de conducir o tarjeta de identificación?
  5. Si usted cambia su nombre legalmente, ¿qué tiene que hacer para cambiarlo en su licencia de conducir?
  6. Al cambiar su dirección, ¿dentro de cuántos días tiene que obtener una licencia nueva con su dirección actual?
  7. Si pierde su licencia de conducir de la Florida y necesita un duplicado, ¿dónde va a solicitarlo?
  8. Si usted no se presenta a una orden de comparecer ante la corte, ¿podrá renovar su licencia?
  9. ¿Qué pasaría con la licencia de un conductor que tuviera un accidente y no parara a ayudar a los lesionados?
  10. Si recibe doce puntos dentro de doce meses, ¿por cuánto tiempo será suspendida su licencia?
  11. ¿Cuáles son las penas por conducir bajo la influencia del alcohol (DUI)?
  12. El juicio y la vista son afectados después de beber alcohol. ¿Cuál es afectado primero?
  13. ¿Cuáles son las penas por negarse a tomar una prueba para determinar si está borracho?
  14. ¿Qué tipo de seguros necesita usted para los vehículos de motor de cuatro o más ruedas?
  15. Si su licencia de conducir es revocada por DUI o es suspendida por tener demasiados puntos, ¿qué tipo de seguros tiene que comprar usted o probar que tenía en la fecha de la infracción o la fecha efectiva de la suspensión?
  16. ¿Cuáles son las penas por echar basura a la calle?
  17. Si usted choca con un automóvil estacionado y no puede localizar al dueño, ¿qué debe usted hacer?
  18. Cuando un accidente causa daños a la propiedad por cualquier cantidad, ¿tiene el conductor que notificar a la Patrulla de Carreteras de la Florida, al alguacil, o la Policía?
  19. Después de la investigación de un accidente por un policía, ¿tiene el conductor que enviar un informe escrito al Departamento de Seguridad de Carreteras y Vehículos Motorizados?
  20. ¿Quiénes necesitan llevar cinturones de seguridad en el asiento delantero de un automóvil o un camión?
  21. Si un joven de catorce años está en el asiento delantero sin haberse abrochado su cinturón de seguridad, ¿quién tiene la culpa por la infracción?
  22. ¿Cuál es la velocidad máxima para automóviles de pasajeros en una carretera de dos carriles durante el día?
  23. ¿Cuál es la velocidad máxima en una zona residencial si no hay letreros de velocidad máxima?
  24. ¿Cuál es la velocidad máxima en una carretera interestatal durante un día soleado? ¿En una zona rural?
  25. ¿Cuándo está usted manejando demasiado despacio? ¿Pueden ponerle una multa por conducir demasiado despacio?
  26. ¿Qué tiene que hacer usted al acercarse a una persona montada a caballo o con un caballo en o cerca de la carretera?
  27. ¿Qué tiene que hacer usted al ver a un peatón con un bastón blanco en la calle delante de usted?
  28. ¿Cuáles son las edades de aplicación de la ley de protección de niños?
  29. Al entrar a una carretera o calle desde una entrada privada, cuando la vía está libre, ¿puede usted entrar sin parar primero?
  30. ¿Tienen que parar los vehículos que viajan en dirección opuesta de un autobús escolar que ha parado para dejar bajar los niños en una carretera dividida con una barrera de división?
  31. Al parar un autobús escolar para dejar bajar niños en una carretera dividida, ¿tienen que parar los vehículos que van en la misma dirección que el autobús?
  32. Al parar un autobús escolar para dejar bajar niños en una carretera de cuatro carriles dividida solamente por un trozo de pavimento de cuatro pies, ¿tienen que parar los vehículos que viajan en dirección opuesta?
  33. ¿Por cuántos pies antes de empezar un viraje debe usted poner su indicador direccional al conducir en una carretera?
  34. Si usted está manejando en una carretera de cuatro carriles, ¿desde cuál de los carriles debe usted doblar? ¿A cuál de los carriles debe usted doblar?
  35. ¿Es una infracción de la ley usar los indicadores direccionales para avisar a los otros conductores que pueden pasar con seguridad?
  36. ¿Se hace la señal de un viraje a la izquierda extendiendo el brazo completamente recto por la ventanilla?
  37. ¿Cuándo se puede conducir en el carril izquierdo de una carretera con cuatro o más carriles y tráfico en ambas direcciones? 38. Después de pasar un vehículo, usted debe regresar al lado derecho de la carretera ¿antes de llegar a cuántos pies del vehículo que se aproxima?
  38. ¿En qué lugares es ilegal alcanzar y pasar otro automóvil?
  39. Se le puede poner una multa al conductor que cruce la línea sólida a la derecha de la línea central de la carretera?
  40. ¿Cuál es la distancia segura que se recomienda al seguir a otro vehículo?
  41. ¿En qué dirección se viran las ruedas al estacionar cuesta arriba cuando hay un borde? ¿Cuál es la dirección cuando no hay un borde?
  42. ¿Se puede estacionar un automóvil en la acera, dentro de una intersección, o en un paso de peatones?
  43. ¿Se puede conducir con solamente las luces de estacionamiento, en vez de las luces delanteras?
  44. ¿Se puede conducir un scooter con un motor de menos de 150 centímetros cúbicos en una autopista?
  45. ¿Qué se debe hacer si uno pasa la salida de una autopista donde uno quería salir?
  46. ¿Cuándo se deben usar las luces delanteras?
  47. Al acercarse a otro vehículo por detrás cuando es de noche, ¿dentro de cuántos pies debe uno bajar las luces delanteras?
  48. ¿Dentro de cuántos pies de un vehículo que avanza hacia usted debe usted bajar las luces delanteras?
  49. ¿En qué condiciones debe usted usar las luces delanteras durante el día?
  50. Si usted se acerca a una luz roja y un policía le indica que debe pasar por una intersección sin parar, ¿qué debe usted hacer?
  51. ¿Qué indica una flecha verde iluminada a la vez con una luz roja?
  52. Después de parar completamente ante una luz roja de tráfico, ¿puede el conductor doblar a la derecha si el paso está libre?
  53. ¿Qué indica una luz roja de tráfico? ¿Qué indica una luz roja intermitente de tráfico?
  54. ¿Se puede proseguir con precaución al acercarse a una luz amarilla intermitente?
  55. ¿Dónde se encuentran normalmente los letreros “YIELD RIGHT-OF-WAY” (CEDA EL PASO)?
  56. Si más de un vehículo se acerca a un letrero de “stop” de cuatro vías y usted llega primero y para, ¿tiene usted el derecho de proseguir primero?
  57. ¿Qué quiere decir un letrero que dice “PAVEMENT ENDS” (TERMINA EL PAVIMENTO)?
  58. ¿Qué indica una línea sólida y amarilla a la derecha de la línea central de la carretera?
  59. ¿Qué indica una línea amarilla, sólida y doble en el centro de la carretera?
  60. ¿Qué indica una línea blanca, sólida y doble en el centro de la carretera?
  61. ¿Qué indica una línea blanca interrumpida en la carretera?
  62. Al oprimir el pedal de los frenos, ¿qué luz debe encenderse?
  63. Además de todos los demás equipos, ¿tiene que llevar su vehículo una luz blanca que ilumine la chapa para hacerla visible desde 50 pies, un limpiaparabrisas y una bocina?
  64. ¿Cuál es la altura máxima permitida por ley entre el pavimento y la parte inferior de los parachoques delantero y trasero de un camión que pesa 4.000 libras?
  65. ¿Pueden los conductores llevar audífonos al conducir?
  66. ¿Cuáles son los derechos y las obligaciones de los conductores de bicicletas y mopeds?
  67. ¿Cuándo puede un conductor que va a doblar a la derecha cambiarse al carril de bicicletas?
  68. ¿Cuál es el procedimiento correcto del conductor cuando un ciclista está ocupando demasiado espacio como para que usted pueda compartir el carril?
  69. ¿Cuál es la definición legal de una bicicleta?
  70. ¿Cuál es la forma correcta de usar los frenos “anti-lock” en una situación de emergencia?
  71. ¿Qué evitan los sistemas de frenos “anti-lock” cuando se usan para parar en una situación de emergencia?

Capítulo 6

La Licencia de Clase D

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¿Quién Necesita una Licencia de Conducir Clase D?

  • Cualquier persona que maneje un camión o un camión remolque que pese 8.000 libras o más, pero menos de 26.001 libras, o que tenga más de 80 pulgadas de ancho.
  • Los granjeros y conductores de vehículos autorizados de emergencias que manejan vehículos de motor comerciales, pero que están exentos de obtener una licencia de conducir comercial, tienen que obtener una licencia Clase D.

Límites de Velocidad

Todos los vehículos de motor, con la excepción de los mopeds, deben obedecer los mismos límites de velocidad.

Distancia al Seguir a otro Vehículo

Un camión o cualquier vehículo que está remolcando otro vehículo no puede seguir a otro camión o vehículo remolcador dentro de 300 pies de los mismos. Esta ley no se aplica a alcanzar y pasar, y no se aplica dentro de las ciudades o pueblos.

Distancia para Parar

Por ley, los siguientes vehículos deben poder parar dentro de las siguientes distancias. Dentro de 30 pies a 20 mph: Los vehículos de una sola unidad que pesen 10.000 libras o menos. Dentro de 40 pies a 20 mph:

  • Los vehículos de una sola unidad que pesen más de 10.000 libras.
  • Todos los autobuses.
  • Combinación de vehículo remolcador de dos ejes (como un camión de remolque) y un remolque, con el remolque que pese 3.000 libras o menos.
  • Todas las combinaciones de vehículos en operaciones de remolque.

Dentro de 50 pies a 20 mph:

  • Todos los demás vehículos, excepto los vehículos de pasajeros con una capacidad de 10 personas o menos, incluyendo al conductor.

Todos los remolques o semi-remolques que pesen 3.000 libras o más deben tener frenos que puedan ser operados por el conductor en el vehículo remolcador. Los frenos deben estar diseñados y conectados de manera que paren automáticamente al remolque si éste se separa del vehículo remolcador.

Equipo Adicional Requerido Para Ciertos Vehículos

Los autobuses, los camiones, los camiones de remolque y los remolques deben tener el siguiente equipo:

  • Todo autobús o camión: En la parte trasera, dos reflectores, uno a cada lado; y una luz de freno.
  • Todo autobús o camión de 80 pulgadas o más de ancho: Al frente, dos luces de altura, una a cada lado. A cada lado, dos luces marcadoras laterales, una al frente o cerca del mismo y una en la parte trasera o cerca de la misma. A cada lado, 2 reflectores, uno al frente o cerca del mismo, y uno en la parte trasera o cerca de la misma. Estos vehículos deben también poseer señales direccionales eléctricas si fueron construidos después del primero de enero de 1972.
  • Todo camión de remolque: Al frente, dos luces de altura, una a cada lado. En la parte trasera, una luz de freno.
  • Todo remolque o semi-remolque que pese más de 3.000 libras: Al frente, dos luces de altura, una a cada lado. A cada lado, dos luces marcadoras laterales, una al frente o cerca del mismo y otra en la parte trasera o cerca de la misma. En la parte trasera, dos luces de altura, una a cada lado, y dos reflectores, uno al frente o cerca del mismo y uno en la parte trasera o cerca de la misma. También debe haber dos luces de freno en la parte trasera de estos vehículos. Una sola luz de freno se permite en los vehículos construidos antes del primero de enero de 1972.
  • Todo remolque de pértiga que pese más de 3.000 libras: A cada lado, una luz marcadora lateral y una luz de altura (pueden estar en combinación), para indicar el frente, el lado y la parte trasera. En la parte trasera de un remolque de pértiga o de carga, dos reflectores, uno a cada lado.
  • Todo remolque, semi-remolque y remolque de pértiga que pese 3.000 libras o menos: En la parte trasera, dos reflectores, uno a cada lado.

3_trucks Colocación Requerida

  • Los reflectores deben colocarse a una distancia no menor de 24 pulgadas ni mayor de 60 pulgadas del piso. Si la parte más alta del vehículo es menor de 24 pulgadas, el reflector debe colocarse en la parte superior del vehículo. Los reflectores traseros en un remolque de pértiga deben colocarse a ambos lados de la carga. Cualquier reflector requerido en la parte trasera del vehículo puede ser parte de la luz trasera.
  • Las luces de altura deben colocarse en la estructura permanente del vehículo para mostrar su altura y ancho máximos.
  • Las luces marcadoras laterales deben colocarse a cualquier altura, a menos que se coloquen en combinación con las luces de altura. Entonces ambas deben poderse ver desde el frente, el lado y la parte trasera.

Limitaciones Para Remolcar

Las siguientes reglas se aplican a la barra de tracción o la conexión del remolcador:

  • Debe ser lo suficientemente fuerte para tirar de todo el peso remolcado.
  • No debe tener más de 15 pies de largo, a menos que esté remolcando postes, tuberías y maquinaria u otros objetos que no pueden desarmarse con facilidad.
  • Si utiliza una cadena, una cuerda o un cable como conexión de remolque, debe amarrar a la conexión una bandera blanca de por lo menos 12 pulgadas cuadradas.

Limitaciones de Carga; Para Asegurar la Carga

  • Si la carga no está segura, no podrá conducir o mover ningún vehículo en la carretera. La carga no debe caerse, cambiar de posición, gotear, o escaparse de ninguna manera.
  • Debe usar una lona bien ajustada cuando esté transportando cargas que puedan caer o ser sopladas a la carretera. Ejemplos: tierra, arena, cal, grava, sílice o basura.
  • Todo camión que transporte leña o pulpa de madera debe usar el equipo apropiado, incluyendo cadenas de fijación que inmovilicen la carga.

Espejo Retrovisor

No importa qué tipo de carga esté transportando, debe tener un espejo retrovisor que le permita ver la carretera a una distancia de por lo menos 200 pies detrás de usted.

Carga Saliente

Cuando la carga sobresalga 4 pies o más hacia atrás fuera de la plataforma o carrocería del vehículo cargado, debe estar marcada claramente.
De noche
De noche o cuando no pueda ver con claridad a una distancia de por los menos 1000 pies hacia el frente, debe utilizar los siguientes marcadores:

  • Dos luces rojas en la parte trasera de la carga que puedan verse desde una distancia de por lo menos 500 pies hacia atrás.
  • Dos reflectores rojos en la parte trasera que se puedan ver de noche desde una distancia de entre 100 y 600 pies cuando estén directamente en frente de las luces delanteras cortas. Estos reflectores deben colocarse para indicar el ancho total de la carga.
  • Dos luces rojas, una a cada lado de la carga, que puedan verse desde una distancia de por los menos 500 pies. Estas luces deben colocarse cerca de la parte trasera de la carga saliente.

De día
De día, deben colocarse banderas rojas de por lo menos 12 pulgadas cuadradas en la carga saliente en el lugar donde se usan las luces rojas de noche (parte trasera extrema y los lados).
NOTA: Si el remolque o vehículo de motor está transportando troncos, pulpa de madera en trozos largos, palos o postes que se extienden más de 4 pies de la parte trasera de la carga, entonces usted debe tener una lámpara ámbar de tipo estroboscópica, de modo que la lámpara sea visible desde la parte trasera y desde ambos lados de la carga saliente. La lámpara debe funcionar bien y debe poder verse en cualquier hora del día o de la noche.

Requisitos de los Indicadores Direccionales

Su vehículo debe tener indicadores direccionales en las condiciones siguientes:

  • Cuando las señales con la mano del conductor no se pueden ver delante y detrás debido a la forma en que el vehículo está construido o a la carga que transporta.
  • Cuando la distancia más cercana del centro superior de la barra del volante al exterior de la cabina, carrocería o carga sea más de 24 pulgadas.
  • Cuando la distancia desde el centro superior de la barra del volante al límite trasero de la carrocería o la carga es de más de 14 pies. (Esto se aplica a los vehículos de una unidad o combinaciones de vehículos.)

Equipo de Advertencia

Los vehículos de 80 pulgadas o más de ancho o de 30 pies o más de largo deben llevar dispositivos de advertencia o aviso, cuando sean operados en cualquier carretera fuera de la ciudad o pueblo o durante la noche en cualquier carretera dividida (a partir de 1/2 hora después del atardecer hasta 1/2 hora antes del amanecer). Esta regla se aplica a vehículos tales como camiones, autobuses, camiones de remolque y los vehículos que remolquen casas rodantes.
Debe llevarse el siguiente equipo:

  • Tres luces de bengala, tres linternas eléctricas rojas, o tres reflectores rojos de emergencia.
  • Tres antorchas rojas (a menos que lleve linternas y reflectores).

Este equipo de advertencia o aviso debe colocarse cuando el vehículo haya parado por más de 10 minutos en la carretera o en la orilla de la carretera en una zona fuera de una ciudad o pueblo. Las luces intermitentes de cuatro direcciones pueden utilizarse mientras está colocando el equipo de advertencia. NINGÚN VEHÍCULO USADO PARA TRANSPORTAR LÍQUIDOS INFLAMABLES, GASES INFLAMABLES COMPRIMIDOS O EXPLOSIVOS DEBE TENER NINGUNA LUZ DE BENGALA, ANTORCHA NI OTRA SEÑAL PRODUCIDA POR LLAMA. ESTOS VEHICULOS DEBEN USAR SOLAMENTE LINTERNAS ELÉCTRICAS, REFLECTORES Y BANDERAS.

Colocación de los Dispositivos de Advertencia

Colocación del equipo de advertencia: carretera de dos vías

Todo camión, camión de remolque y autobús averiado debe mostrar las señales de advertencia de emergencia según se muestra a continuación, si está estacionado fuera de los límites de la ciudad.

fig20114 Colocación del equipo de advertencia; carretera dividida

EQUIPO DE ADVERTENCIA REQUISITOS DÍA/NOCHE COLOCACIÓN
Luces bengala Noche
  • Ser visto a 600 pies en condiciones normales durante la noche
  • Debe arder por los menos 12 horas en vientos de 5 mph.
  • Debe arder en vientos de hasta 40 mph.
  • Debe soportar golpes sin dañarse.

 

  • En una Carretera de Dos Vías
  • Una a 100 pies adelante, una a 100 pies detrás en el centro del carril donde se encuentra parado el vehículo.
  • Una en el lado del tránsito a 10 pies de la parte trasera o delantera del vehículo.

Linternas eléctricas

  • Noche
  • Ser visto a 600 pies en condiciones normales durante la noche.
  • Debe operar por lo menos durante 12 horas.
  • Debe soportar golpes sin dañarse.
  • Carretera Dividida
  • Una a 200 pies de la parte trasera, una a 100 pies de la parte trasera en el centro del carril donde se encuentra parado el vehículo.
  • Una a 10 pies de la parte trasera del lado del tráfico.
  • Igual que las luces de bengala.

Reflectores con base

  • Noche
  • Debe tener la capacidad de reflejar las luces delanteras de 100 a 600 pies de distancia.
  • Debe soportar golpes sin dañarse;
  • Igual que las luces de bengala.

Antorchas

  • Antorcha Noche
  • Capaz de arder por lo menos 15 minutos.
  • Cumplen las especificaciones del Buró de Explosivos (Nueva York).
  • En una Carretera de Dos Vías
  • Una antorcha encendida, linterna o reflector debe colocarse enseguida del lado del vehículo que da al tráfico.
  • Todas las demás señales deben colocarse antes de que se acabe la luz de la antorcha.

Banderas

  • Banderas Día
  • Una bandera roja de no menos de 12 pulgadas cuadradas.
  • A 100 pies delante y 100 pies detrás del vehículo que está parado.

 

Pesos Máximos

El peso bruto de un vehículo en la carretera proveniente de las ruedas de cualquiera de los ejes no debe ser de más de 22.000 libras. El peso total permitido sobre todos los ejes de un vehículo o combinación de vehículos lo determina el número de ejes y la distancia entre ellos. Los vehículos con bases de ruedas más grandes y 5 o más ejes pueden pesar hasta 80.000 libras incluyendo tolerancias. Para más información, véase la Sección 316.535 de los Estatutos de la Florida o póngase en contacto con el Florida Department of Transportation, Carrier Compliance Office, 1815 Thomasville Road, Tallahassee, Florida 32303-5750, o llame al (850) 488-7927.

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22,000 libras 22,000 libras

Ancho, Altura y Largo Máximos

Todos los demás vehículos:

  • La altura máxima de un vehículo incluyendo la carga: 13 pies, 6 pulgadas.
  • El ancho máximo de un vehículo incluyendo la carga: 96 pulgadas (8 pies). En las carreteras con carriles de tránsito de 12 pies de ancho o más, los vehículos pueden tener hasta 102 pulgadas (8.5 pies). El largo máximo incluyendo la carga que sobresale (la carga que sobresale del frente o del parachoques delantero no puede exceder 3 pies):
  • Una sola unidad, 2 ejes – 35 pies
  • Una sola unidad, 3 ejes – 40 pies

Licencia de Manejar Clase D

Preguntas del Examen

El examen de la licencia Clase D tiene 20 preguntas y 20 señales de la carretera. Algunas de las preguntas del examen vendrán de la lista que aparece más abajo; otras vendrán de las preguntas del examen de Clase E. Sólo se le permite fallar en no más de cinco preguntas y cinco señales de la carretera.

  1. A no ser que se indique lo contrario, ¿cuál es el límite de velocidad para los camiones en las zonas residenciales?
  2. ¿Quién necesita una licencia Clase D?
  3. ¿Debe tener una licencia Clase D el dueño registrado de un camión en el que transporta sus propios productos?
  4. A no ser al alcanzar y pasar, ¿a qué distancia puede un camión seguir a otro en la carretera?
  5. Si el remolque cubre la luz del freno del vehículo remolcador, ¿dónde más debe haber una luz de freno?
  6. ¿Dónde se deben montar los reflectores?
  7. Dé tres ejemplos de cargas que tienen que ser cubiertas debido a que se pueden caer o volar en la carretera.
  8. ¿A cuántos pies hacia atrás se deben poder ver los objetos a través del espejo retrovisor independientemente de la carga?
  9. Cuando un vehículo está remolcando a otro por medio de una cadena, ¿qué debe exhibir la cadena?
  10. ¿Qué largo puede tener la barra de tracción entre un vehículo remolcador y el vehículo remolcado?
  11. Si un conductor que transporta gases inflamables se acerca a un cruce de ferrocarril y un policía le indica que prosiga sin parar, ¿qué debe hacer el conductor?
  12. Suponga que una carga se extiende 4 o más pies más allá de la plataforma o carrocería de un vehículo que viaja en una carretera durante el día. ¿Cuántas banderas deben usarse para marcarla, y de qué color deben ser?
  13. Si un camión sufre una avería durante el día fuera de una ciudad o pueblo en una carretera de dos vías, ¿dónde deben colocarse las banderas rojas?
  14. Si un camión o autobús sufre una avería durante la noche en la carretera, ¿cuándo se utilizan las antorchas rojas?
  15. ¿La altura de cualquier vehículo no debe exceder cuántos pies?
  16. ¿Cuándo se debe colocar el equipo de advertencia?
  17. ¿Cuál es el largo máximo de los camiones no articulados con tres ejes?

Primeros Auxilios

Si se encuentra con un accidente, envíe a alguien por ayuda. Luego aplique las tres reglas de primeros auxilios:

  1. COMIENCE LA RESPIRACIÓN Si la persona herida ha dejado de respirar, comience enseguida la respiración artificial. No pare hasta que un médico le diga que pare, o hasta que la víctima comience a respirar normalmente. Siga estos pasos:
    • Use los dedos para limpiar la boca de la víctima.
    • Coloque la víctima sobre su espalda, levántele el cuello e inclínele la cabeza hacia atrás.
    • Manténgale la nariz apretada y sóplele vigorosamente por la boca para hacer que se le expanda el pecho una vez cada cinco segundos (doce veces por minuto).
    • Cuando la víctima es un niño pequeño, no le apriete la nariz. Cúbrale la nariz y la boca con su boca y sople con menos fuerza pero con más frecuencia (aproximadamente 20 veces por minuto).
  2. PARE EL SANGRADO La mayoría de los sangrados pueden pararse aplicando presión en la herida. Si es posible, debe colocar una gasa sobre la herida y luego hacer presión. Si no tiene una gasa, tendrá que usar una tela limpia o incluso sus propios dedos. El sangrado de una arteria debe pararse primero. La sangre de una arteria será roja brillante y saldrá de la herida en borbotones. Si la sangre es de color oscuro y sale uniformemente, es de una vena.
  3. TRATAMIENTO PARA EL SHOCK Las personas que han sufrido heridas pueden sufrir un shock. Cuando alguien está en shock, todas las funciones del cuerpo disminuyen. El shock puede ser muy grave. Puede causar la muerte. El shock puede manifestarse inmediatamente después de un accidente o más tarde. Las personas heridas deben recibir tratamiento para shock ya sea que parezca o no que estén en shock.
    • Tranquilice a la persona lesionada. Su confianza la animará. No le dé nada de tomar.
    • Cubra a la persona con mantas o abrigos para mantener el calor del cuerpo. Haga que la persona se quede acostada.
    • Mantenga a los curiosos alejados para que el herido tenga aire.
    • Manténgale la cabeza lo más baja posible a menos que haya una herida en la cabeza.
    • Aflójele el cuello apretado para facilitarle la respiración.

NO MUEVA A UNA PERSONA LESIONADA SI LA PERSONA NO PUEDE MOVERSE O SE QUEJA DE DOLOR EN LA ESPALDA O EL CUELLO. NO TRATE DE QUITARLE EL CASCO A UN MOTOCICLISTA HERIDO.

Criminal Defense Attorney Tampa

Tampa Florida Civil Rights and Police Misconduct Attorney/Lawyer


This may be the most stressful time of your life. Criminal charges can affect you in many areas: your personal life, your job or career, your finances, or even the time you spend with your children. These are serious charges and require a serious defense. I can help. Many cases have strict deadlines so don’t wait to find someone to help. If you, a friend, or a loved one have been criminally charged don’t wait –  a criminal defense attorney Tampa is standing by to answer any questions you have for free.


What to do after an Arrest? Answer from a Criminal Defense Attorney Tampa


You may want to contact an Attorney for a free telephone consultation. If the arrest was for a driving under the influence charge, a person cannot be released from the Hillsborough County Jail until certain Conditions for Release of Persons Arrested for DUI are met. The DUI laws in Florida require that: The person is no longer under the influence and; The person’s normal faculties are no longer impaired, The person’s blood/breath alcohol level is lower than 0.05; or Eight hours have elapsed from the time the person was arrested.

After your release, consider calling an AV rated Hillsborough DUI Lawyer who is top-rated by the Martindale-Hubbell Directory. Lawyers.com has also issued ratings. This ranking is issued by this nationally recognized lawyer rating service. An AV Rating shows that a lawyer has reached the height of professional excellence. AV rated lawyers have usually practiced law for many years, and are recognized for the highest levels of skill and integrity.


Why Get Help from an Attorney at all?


Without the help of competent counsel who knows that Judges are prohibited from deviating from the administrative suspension/revocation periods mandated by statute, you may be less likely to achieve a favorable outcome. Florida DUI laws mandate that courts are prohibited from withholding adjudication in DUI cases; or from reducing a charge if the defendant’s blood alcohol was .20 or greater. In short, if you lose, you become a convicted criminal forever.


What about License Suspensions?


First Suspension for Driving With an Unlawful Alcohol Level (.08 or above) will be 6 months. Second or Subsequent Suspensions for Driving With an Unlawful Alcohol Level (.08 or above) will be 1 year. First Suspension for Refusal to Submit to Breath, Urine or Blood Test will be 1 year. Second or Subsequent Suspensions for Refusal will be 18 months. The suspension is effective immediately – The officer will issue the driver a temporary permit valid for 10 days from the date of arrest, provided the driver is otherwise eligible.

Hi, I am Tampa Criminal Attorney / Lawyer  Casey Ebsary, I am ready to take your calls at 813-222-2220. I can help you, a friend, or a loved one with any criminal charge including drugs, DUI or grow house cases in the Greater Tampa Bay Area. I was born and raised here in Tampa. I went to school here. I live here with my family. I became an attorney so that I could help people. I have been a lawyer here for over 20 years. I worked for a private firm and the public defender’s office. I also learned about prosecution as an assistant prosecutor. I have helped hundreds of clients. Now I can use all of my experience to aid your defense.

AV Rated by Martindale Hubbell • Board Certified Criminal Trial Lawyer • Distinguished Author and Lecturer • Experienced Defense Attorney • Experienced Prosecutor • Legal Analyst on Radio and TV


Arrest Warrants

Drug Crimes

Weapons Charges

 


W.F. “Casey” Ebsary, Jr. – Quick Facts


Education:
Stetson College of Law Juris Doctor, cum laude Class Rank 17/117
University of Florida Bachelor Of Science in Business Administration, cum laude


Certification, and Recognition:
Special Magistrate – Circuit Court
Past Chairman, Criminal Law Section, Hillsborough County Bar Association
Board Certified, Florida Bar Board of Legal Specialization and Education 1997
Martindale-Hubbell Peer Rated AV
Lawyers.com highest rating
Avvo.com highest rating
Super Lawyers multi-time recipient
Florida Trend Magazine Legal Elite
Past Member of the Media and Communications Law Committee of the Florida Bar
Past Member of the Student Education and Admissions to the Bar Committee of the Florida Bar
Editorial Board Member, Stetson Law Review, 1989
Admitted Florida Bar, 1990
Admitted United States District Court for the Middle District of Florida
Recipient of James Carlisle Rogers Award for best-written criticism of a decision of the United States Supreme Court
Teaching Fellowship Stetson University College of Law
Federal Aviation Administration, Private Pilot, 1976


Reported Decisions:
In Re: Amendments to Rules Regulating the Florida Bar, 762 So.2d 392 (Fla. 1999) (striking down Bar rule restricting the use of trade names)
Freeman v. State, 611 1260 (Fla. 2d DCA 1993) (attacking constitutionality of roadside driver’s license suspensions).

W.F. ”Casey” Ebsary, Jr. , knows that people are arrested, questioned, and indicted in both Florida State and Federal Courts every day. That’s where a Florida Bar Board Certified Criminal Defense Expert, comes in. An experienced former prosecutor of both Felony and Misdemeanor charges can explain your options. Tampa Criminal Defense Lawyer, Casey Ebsary is a local defense attorney and former prosecutor. Casey is ready to help with all types of criminal charges including white collar criminal defense, criminal charges arising out of the internet, computer crime, cybercrime, computer fraud, drug charges and Driving Under the Influence DUI. Casey is Board Certified in Criminal Trial Law by the Florida Bar Board of Legal Specialization and Education. Less than 1/2 of 1 percent of Florida’s lawyers have qualified for this distinction.


Federal Criminal Defense


Casey Ebsary also is a Tampa Federal Criminal Defense Attorney in the Middle District Florida. Indictments are expected in vast array of charges that will stray away from the large-scale drug importation cases we have seen in the past decade. United States Attorney  will focus on theft and fraud charges as the financial meltdown of that past  continues. W.F. ”Casey” Ebsary, Jr. is a specialist in criminal trial law and is available to help with these types of allegations. If you need help or have questions please call a Tampa Federal Criminal Defense Attorney Middle District Florida at 813-222-2220. Tampa Criminal Defense Attorney and Board Certified Criminal Trial Lawyer, W.F. ”Casey” Ebsary, Jr. is a defense attorney, ready to help with defense of white collar criminal allegations and criminal charges arising out of the internet, computers, cybercrime, computer fraud, drug charges and DUI. Casey is an experienced Defense Attorney whose Litigation experience includes money laundering, fraud, forgery, counterfeiting, and theft in State and Federal Courts. Tampa Criminal Lawyer, W.F. ”Casey” Ebsary, Jr. William F. “Casey” Ebsary, Jr. is a Trial Lawyer. Mr. Ebsary’s practice focuses on trial practice, criminal defense, white-collar criminal defense, high tech corporate litigation and intellectual property issues arising out of the Internet and computer networking. Mr. Ebsary is a former Prosecutor and Board Certified by the Florida Bar. He has litigation experience including murder, money laundering, fraud, and forgery.


Tampa Federal Criminal Defense Attorney, Lawyer W.F. ”Casey” Ebsary, Jr. has once again been reviewed and named to the new list of Florida Super Lawyers. The final list represents no more than 5 percent of the lawyers in the state. Casey is also Board Certified by the Florida Bar. A group that comprises less than 1/2 of 1 percent of Florida Attorneys. ”It is absolutely clear from this record that [Super Lawyer does] not permit a lawyer to buy one’s way onto the list, nor is there any requirement for the purchase of any product for inclusion in the lists or any quid pro quo of any kind or nature associated with the evaluation and listing of an attorney or in the subsequent advertising of one’s inclusion in the lists.” According to one State Supreme Court.


Alternatives to Jail


Tampa Criminal Defense Attorney Casey Ebsary has noted a recent trend in Treatment alternatives to Jail. Casey Ebsary is a former Drug Court Prosecutor with experience in Court with persons facing jail from substance abuse-related incidents. Treatment is focused on legal problems due to alcohol and drug use and may be facing a 10-day jail sentence for DUI (10-Day DUI Treatment Track) .Daily attendance of AA/NA meetings is required. There is a pre-admission medical assessment that must be completed a week before entering the center. The cost is $4,000.00. The 10-Day Driver Intervention Program offers programming in a minimum-security jail environment. It is designed for male and female second-time DUI offenders to provide services aimed at reducing the likelihood of future driving under the influence of alcohol or drugs. Services provided are assessment, alcohol and drug education, counseling and referral.


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